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Diario El Argentinoviernes 29 de marzo de 2024
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La Legislatura no avanzó en crear un banco provincial

La Legislatura no avanzó en crear un banco provincial

La Constitución Provincial de 2008 manda en el Artículo 74° al Estado a crear “un Banco de la Provincia para contribuir al desarrollo de sus sectores productivos y canalizar el ahorro público y privado, por medio de una política crediticia que aumente el potencial económico de la Provincia y de sus habitantes, con sentido de justicia social”.


Según continúa el artículo, esta institución “será el banco oficial y agente financiero del Estado, en la medida que su desarrollo lo permita y podrá serlo de los municipios que lo requieran. La Ley fijará su carta orgánica, garantizando en sus órganos directivos la participación democrática de los sectores de la producción, de los sectores sociales y de sus trabajadores”. Además, “el Estado será siempre el accionista mayoritario, sin perjuicio de la participación privada en la formación del capital. En ningún caso se podrá disponer la privatización de sus acciones”.
Sin embargo, la Legislatura entrerrianA no avanzó desde 2008 a la fecha para aprobar una ley en este sentido, mientras que acordó que actualmente el agente financiero provincial sea el Nuevo Banco de Entre Ríos SA. Este contrato cae el año que viene.
Un solo proyecto de ley en la Legislatura intentó reglamentar el Artículo 74 de la Constitución entrerriana. La iniciativa fue impulsada en 2011 por la entonces diputada Ana D´Angelo (GEN), pero nunca avanzó en las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Hacienda, tal cual la información del expediente al que accedió el sitio digital Recintonet.
El texto autorizaba al Poder Ejecutivo a crear una entidad financiera de economía mixta que se denominará “Banco de la Provincia de Entre Ríos SA”, en concordancia con lo establecido en el Artículo 74 de la Constitución. Dicha entidad, indica la propuesta, “será el banco oficial y agente financiero de la provincia, y su funcionamiento se regirá por las disposiciones de la ley de entidades financieras, las normas dictadas por el Banco Central de la República Argentina en ejercicio de sus atribuciones y lo dispuesto en la ley”, en caso de sancionarse.
El 15 de septiembre de 2005 la Legislatura aprobó el Modelo de Contrato de Agente Financiero a celebrar entre el Gobierno y el Nuevo Banco de Entre Ríos SA (BERSA).
En la cláusula vigésimo tercera del contrato, se establece que “el plazo de vigencia del presente Convenio se establece en diez años contados a partir de su firma”.
Por lo tanto, a menos que se solicite la prórroga, el convenio vencería en 2015. En ese sentido, en 2011 los entonces diputados radicales Marcelo López y José María Miser habían presentado un proyecto de resolución en la que solicitaron al Ejecutivo provincial “se abstenga de realizar la renovación del contrato otorgada al grupo Eskenazi respecto de su calidad como Banco Oficial y Agente Financiero del Estado Provincial”, en reclamo de la creación de una entidad mixta con mayoría estatal, a raíz de la propuesta de D´Angelo.


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