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Diario El Argentinoviernes 19 de abril de 2024
Policiales

Rechazaron la recusación del juez García Jurado

Rechazaron la recusación del juez García Jurado

Había sido planteada por el abogado Pablo DiLollo, quien alegaba enemistad del vocal del Tribunal en causas en las que el letrado es defensor de imputados por delitos diversos. Además de disponer que García Jurado continúe en las causas, se le imponen las costas a Di Lollo.


El Tribunal de Juicios y Apelaciones, conformado en esta ocasión por los doctores Arturo Exequiel Dumón, como presidente, Mariano López y Mario Figueroa, como vocales, dio a conocer su resolución en la causa: J/120 - “Herrera Nicolás Eduardo S/ Robo agravado por efracción en grado de tentativa - Incidente de Recusación".
En cuanto al mismo dispuso RECHAZAR el incidente de recusación formulado por el doctor Pablo Di Lollo, con costas, opuesto contra el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de la jurisdicción Gualeguaychú e Islas del Ibicuy, doctor Eduardo García Jurado, quien continuará en el caso.
Dichas actuaciones habían cobrado estado público en los últimos días y en fecha 15 del corriente se había realizado la audiencia prevista por el artículo 46 del Código Procesal Penal (P.P.P), a la que asistieron las partes del incidente, quienes ratificaron sus presentaciones introductorias e informaron sus posiciones.
En esa ocasión el doctor García Jurado solicitó el rechazo del planteo del recusante por infundado, expresando en primer lugar, que no ha demostrado "comportamiento equiparable a la enemistad" contra el letrado doctor Pablo Di Lollo, haciendo hincapié en una errada apreciación subjetiva del mencionado defensor, y que los cuestionamientos realizados por el doctor Di Lollo, tenían como objetivo afectar el principio del “juez natural”, eligiendo juez.
Ello, ante cuatro condenas anteriores impuesta contra los intereses de la defensa (citados en la recusación planteada por el abogado Di Lollo) , dos de las cuales ya fueron revisadas en Casación confirmando las condenas-pendiente resolver recurso extraordinario (Herrera Daniel- por unanimidad y Juan M. Moscardini- mayoría por condena García Jurado- Rojas de Di Pretoro, con el voto en disidencia por absolución por la doctora Alicia Vivian); una quedó firme (Facundo Ocampo- hoy prófugo con pedido de captura) por no haber impugnado el defensor Di Lo Lollo, y la cuarta condena por ‘Homicidio’ contra Osvaldo Andrés Roldán, en perjuicio de Julia Flammini, aún no está firme. Los tres miembros del Tribunal lo encontraron a Roldán penalmente responsable: García Jurado y-López impusieron mayoría con una pena de 17 años de prisión efectiva, la vocal Alicia Vivian votó en disidencia por una pena de 12 años de prisión efectiva.
El Tribunal, entendió que no surge ni se infiere que en el espíritu del doctor Eduardo García Jurado se encuentre sentimiento hacia la persona del doctor Pablo Di Lollo; entendido el sentimiento como "impresión que causan en el alma las cosas espirituales o "estado del ánimo, especialmente el afligido por un suceso triste".
El Tribunal dispuso también imponer las costas del presente incidente al doctor Di Lollo, y declarar inadmisible las reservas recursivas formuladas.



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