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El Ejecutivo oficializó la ley que le permite contraer un crédito con China para realizar dos acueductos

El Ejecutivo oficializó la ley que le permite contraer un crédito con China para realizar dos acueductos

Días antes del viaje de la Presidenta Cristina Fernández a China, fue promulgada la ley que autoriza a la provincia a contraer un crédito con ese país y contratar a una empresa del gigante asiático para realizar las obras de dos acueductos para el norte entrerriano.


Bajo el número 10.352 el Poder Ejecutivo oficializó ayer la polémica ley que lo autoriza “a celebrar con China State Construction Engineering Corporation LTD un contrato de obra pública con el objeto de ejecutar las obras denominadas Acueducto del Norte Entrerriano–La Paz – Estacas y `Sistematización y distribución de agua para riego –Mandisoví Chico”. Cabe recordar que la Multisectorial en Defensa del Patrimonio de los Entrerrianos anunció acciones legales “para impedir que se consume la estafa”, según consideraron.
Pese a las objeciones de sectores sociales, ambientales y políticos, el proyecto quedó convertido en ley en una polémica sesión de Diputados el pasado 20 de enero, tras un rápido aval el 29 de diciembre por el Senado. 
La ley fue publicada ayer en el Boletín Oficial. En el Artículo 2 autoriza “al Poder Ejecutivo a realizar las operaciones de crédito por hasta la suma de u$s 430.387.551, con más los intereses necesarios para financiar la construcción de las obras referidas en el artículo primero de acuerdo al prospecto que se adjunta como Anexo I con los bancos estatales y aseguradoras de crédito de la República de China y con los organismos multilaterales y/o entidades financieras que formulen una oferta de financiamiento para la ejecución de las obras referidas en el artículo primero”, publicó Análisis Digital.
Seguidamente, faculta “al Poder Ejecutivo a afectar en garantía y/o ceder los derechos de la Provincia sobre las sumas a percibir por el régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales Ley Nº 23.548, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1, 2 y 3 del Acuerdo Nación Provincias, ratificado por Ley Nº 25.570 o el régimen que lo sustituya o modifique, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las operaciones de crédito que se autoriza por el artículo 2º”.
Otros de los artículos cuestionados había sido el 5º. El mismo reza: “El Poder Ejecutivo presentará a la Legislatura en el término de seis meses un proyecto de ley con el objeto de establecer los derechos, tasas o impuestos que resulten pertinentes a los efectos del recupero de la inversión que resulte de la ejecución de las obras aprobadas mediante la presente los que deberán disponerse para el momento en que deba comenzar a abonarse los intereses y las amortizaciones de los préstamos contraídos para la ejecución de la obra”. 
 

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