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Diario El Argentinomartes 23 de abril de 2024
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La Justicia falló a favor de la Municipalidad de Larroque en el caso del cobro de asfalto de una calle

La Justicia falló a favor de la Municipalidad de Larroque en el caso del cobro de asfalto de una calle

El Juez en lo Civil y Comercial Nº 2 de Gualeguaychú, Dr. Marcelo Arnolfi, falló a favor de la Municipalidad de Larroque ante la acción de inconstitucionalidad que se llevaba adelante contra el Municipio.


 La acción fue planteada por vecinos de la calle Tomás Pauletti y se refería al cobro del asfalto de esta arteria -como lo estipula la Ordenanza N° 022/2012, que fue sancionada el 28 de noviembre de 2012 y publicada en el Boletín Oficial el 28 de diciembre de 2012.
Según lo informado ayer por el municipio de Larroque, en el fallo del Dr. Marcelo Arnolfi -fechado el 20 de abril de 2015- “dispuso rechazar las demandas interpuestas por los vecinos de inconstitucionalidad de la ordenanza 022/2012 del Municipio de Larroque”.
En parte de sus fundamentos, el Dr. Marcelo Arnolfi señala “no encuentro una explicación por la cual las normas de la Constitución Nacional se encuentren clara y concretamente violadas. Entiendo también que la cuestión a dirimir parte de analizar atribuciones o competencias del poder Legislativo y Ejecutivo Municipal de la ciudad de Larroque. Forma parte de atribuciones políticas o de división de poderes, entendidas como el modo en que discrecionalmente entienden que puede realizarse una mejor gestión para mejorar la calidad de vida de las personas”.
En otro fragmento de la fundamentación, el Juez destaca “ahora bien, no observo en el caso ninguno de los requisitos por los cuales la norma atacada podría ser revisada desde una perspectiva constitucional. Se trata de una neta decisión de orden e inversión del Estado en su conjunto, que para mí no es un comportamiento estanco en cada una de sus orbitas (Nacional, provincial o Municipal), sino una sumatoria de funciones y de quehaceres, dentro de sus respectivas orbitas, para intentar mejorar la vida de los ciudadanos, o al menos para no tornárselas mas difícil”.
“La justicia no puede inmiscuirse en la oportunidad o en el modo en que se presenta la utilización de los recursos y su recupero en tanto sea razonable y racional”, añade el magistrado en otro de los párrafos.
Cabe destacar que la Ordenanza N° 022/2012, fue redactada y fundamentada por el Secretario de Gobierno, Leonardo Hassell y por el Director de Asuntos Legales de la Municipalidad, Dr. Matías Heit, siendo éste último el abogado que representó al Municipio en las tres demandas arriba mencionadas.


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