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Diario El Argentinosábado 20 de abril de 2024
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Las actas de la Caru demuestran que UPM Botnia contamina

Las actas de la Caru demuestran que UPM Botnia contamina

La Comisión Administradora del Río Uruguay (Caru) eligió como organismo binacional transitar el sinuoso camino del “secretismo”, “la reserva informativa”, en definitiva “el oscurantismo medieval” y la cultura pre democrática de mantener al pueblo en la ignorancia.


Sin embargo, EL ARGENTINO intenta romper esa muralla construida con la complicidad del silencio de ambas cancillerías en un pacto implícito que favorece a todas luces a la pastera del Proyecto Orion, antes Botnia, ahora UPM. En el seno de la Caru están las actas probatorias de que la pastera no sólo contamina, sino que los responsables de ese organismo binacional están violando elementales responsabilidades como funcionarios públicos, dado que están en conocimiento de un delito ambiental y no actúan en consecuencia. Es más, esta suerte de pasividad consensuada entre las delegaciones argentina y uruguaya ante la Caru, erosiona y debilita la capacidad de tomar recaudos de la población para resguardar la salud humana y la del ambiente. Nada es casual sino todo articulado. Por eso no existe para el río Uruguay ningún plan de saneamiento ambiental, ni política de Estado en defensa de su salud ni siquiera planes para actuar ante la gravedad de la realidad. Lo único que persiste es el dejar hacer, aunque con ello se contamine todo a su alrededor. No es solamente la Caru, tampoco lo tiene la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación ni de la Provincia, menos aún la Prefectura Naval Argentina (que también debería ser tutora en la defensa del ambiente) ni las direcciones de Hidrovías y Vías Navegables. En definitiva, ningún organismo del Estado sabe realmente lo que está pasando en el río Uruguay. Pero sí saben lo que pasa con UPM Botnia y su carácter contaminador y no hacen nada. El 14 de febrero de 2005 la República Oriental del Uruguay aprobó la instalación de Botnia y con esa autorización fijó la capacidad de su producción en un millón de toneladas anuales. Incluso ese fue el parámetro que utilizó la Corte Internacional de Justicia con asiento en La Haya cuando analizó la controversia y sobre ese millón de toneladas se basó para emitir su dictamen. A propósito del dictamen de La Haya: tanto Argentina como Uruguay lo han violado de manera continua, planificada y sistemática. El gobierno uruguayo nunca adhirió al concepto de que todo cambio que realice UPM Botnia, indefectiblemente alteraría la sentencia del Alto Tribunal Internacional. Y Argentina tampoco lo hizo valer a este argumento. El triste papel de la Caru Fue la Corte Internacional la que estableció que sea la Comisión Administradora del Río Uruguay (Caru) la que debía asumir la responsabilidad del control y vigilancia de la pastera con respecto al río compartido. Esto fue ratificado incluso por ambos gobiernos cuando establecieron el procedimiento de monitoreo ambiental que iban a aplicar. Como ha sido una constante, dicho monitoreo tampoco se cumplió, dado que siempre se ha soslayado la información a la ciudadanía en tiempo y forma. En marzo de 2012 Uruguay puso en conocimiento de la Caru una solicitud para aumentar la producción de UPM Botnia. El gobierno oriental no podía oponerse en virtud de los contratos secretos que existen con la pastera. En esa presentación, debió asumir que al aumentar la producción de pasta de celulosa se iba a afectar la navegación, pero esto tampoco importó y se avanzó, por ejemplo, con el dragado del río Uruguay. Decisión que se adoptó pese a las diferencias entre ambas delegaciones. Un detalle: para informar sobre el monitoreo la Caru se escuda que ambas delegaciones no se ponen de acuerdo y eso impide dar a luz lo que está oculto. Pero el dragado se aprobó con disidencias entre ambas delegaciones, y se avanzó porque la prioridad es favorecer a la pastera UPM Botnia. Cuando Uruguay pidió el aumento de la producción anual de Botnia, también debió asumir que tanto el régimen ambiental como la calidad de las aguas del río Uruguay se iban a afectar. Pero esto tampoco importó, porque lo importante era no hacerle un daño económico financiero a la pastera. Y al hacer el planteo, el gobierno uruguayo reconoció que se requería la opinión de Argentina para decidir sobre el aumento de la producción. No obstante, avanzó pese a la documentación contraria que se le había aportado. Es más, toda decisión que se adopte sin contemplar los Artículos 7° y 8° del Estatuto del Río Uruguay es claramente violatoria del Estatuto del Río Uruguay e incluso de los acuerdos posteriores que se firmaron entre ambos Estados. Este avance violatorio es una clara demostración que los intereses de UPM Botnia, son una prioridad aunque para ello se deba promover la violación de fallos internacionales y de acuerdos entre naciones que tienen más de 200 años de hermandad. ¿Qué espíritu guía estas actitudes? No la de la integración de la Patria Grande que soñaron José Gervasio Artigas, San Martín o Bolívar; sino la del coloniaje y la del despojo. ¿Para qué está la Caru? A esta altura del conflicto ambiental, la respuesta invita más a replantear su misión y objetivo o directamente disolverla. Ni siquiera se cuenta con información pública sobre la salud del río en los 500 kilómetros que debe controlar el organismo binacional. Una barbaridad por donde se lo quiera analizar. La contaminante UPM Botnia En la Caru están las actas de los monitoreos ambientales que se efectuaron a la pastera y donde se demuestra el carácter contaminante. Llama la atención que ante un delito grave, los funcionarios públicos no actúen en consecuencia, violando elementales deberes que deben cumplir al asumir su cargo. Además de las permanentes y sistemáticas violaciones al Estatuto del Río Uruguay, aún después del fallo de La Haya, la pastera UPM contamina el ambiente del río Uruguay, especialmente a través del volcado de efluentes con alta temperatura; con los altos contenidos de fósforo que se han detectado en los monitoreos, con la presencia de pesticidas incluso prohibidos en el Uruguay (tanto en el efluente como en los pluviales), y con una preocupante presencia de cromo y fenoles, entre otros compuestos que lesionan la vida. De acuerdo a información que obra en poder de la Caru, UPM vuelca fósforo en el agua por valores de 0,9 miligramos por litro. Pero la legislación uruguaya autoriza un máximo de 0,025 miligramos por litro. Traducido, la pastera vuelca 36 veces más que el estándar establecido. Con respecto a pesticidas en el agua, se detectó endosulfán, producto que está prohibido en el Uruguay: El endosulfán fue encontrado en los efluentes y en los pluviales de la pastera. Eso no es todo. También obra en la Caru las actas por las que se encontró Cromo en el efluente. Cuando se hizo uno de los monitoreos, se detectó en el muestreo Cromo que supera en un 400 por ciento el máximo establecido. El carácter contaminante de UPM Botnia no tiene límites. Porque también en la Caru están las actas por las que se encontraron Fenoles en el efluente, en una cantidad superior al 400 por ciento del máximo permitido. Por eso se insiste en el planteo: ¿qué hacen los funcionarios públicos con esta información? ¿La pasividad no lesiona sus deberes como funcionarios públicos atento que esto afecta la salud humana y del ambiente? Más contaminación La pastera –y la Caru lo sabe a través de sus actas que no quiere difundir- vuelca materia orgánica al río Uruguay a razón de casi 690 kilos por hora, es decir, es decir, 16.590 kilos en un día. Traducido, tal como lo hace la cancillería argentina, esto equivale a una ciudad de 132.316 habitantes que tira sus efluentes sin tratamiento al río. Hay que tener en cuenta que Fray Bentos tiene alrededor de 30 mil habitantes. Vuelta a traducir: UPM Botnia vuelca todos los días al río Uruguay materia orgánica sin tratar equivalentes a una ciudad de 132 mil habitantes. Casi una Gualeguaychú y una Fray Bentos juntas. Con respecto a la temperatura del efluente, UPM Botnia arroja al río Uruguay a 32 ° o superior, cuando no debería superar el promedio de 20° grados. La temperatura en el agua es energía y la energía es contaminación, enseña cualquier manual básico primario en materia de ambiente. Se denomina DQO a la demanda química de oxígeno, que mide principalmente la materia orgánica oxidable y es un parámetro de contaminación. UPM Botnia vuelca al río 16.540 kilos diarios sin tratar, lo que equivale al volcado de una ciudad de más de 132 mil habitantes. En un año vuelca más de seis mil toneladas de materia orgánica al río sin tratar y eso además de ser contaminación es criminal. La trama Las delegaciones de Argentina y Uruguay se han entendido muy bien para otorgar un paraguas protector a la pastera UPM Botnia. En parte ya se explicó que esta información está contenida en las actas de la Caru y a pesar de ello, ningún funcionario ha actuado en consecuencia, agraviando el carácter público del cargo que se le confío. ¿Por qué no se dan a conocer las actas del monitoreo? Por la sencilla razón de que debe operar la complicidad para contaminar. Y para ello, ambas delegaciones eligieron transitar el sinuoso camino medieval, pre democrático y anti republicano de cancelar toda posibilidad de acceder a información procesada (no en bruto) que está en poder del Estado. Para distraer al ciudadano preocupado por esta situación, ambas delegaciones juegan a un entramado de mutuas acusaciones que no tienen otro destino que “distraer” y generar el “cansancio” en quien reclama algo tan elemental como acceder a la información vital para su salud y del ambiente. No hay que olvidar que la Resolución 817/06 –a la que también accedió EL ARGENTINO- la cancillería en se entonces a cargo de Jorge Taiana, otorgó carácter “reservado” a todas las actas que la Caru emitiera en relación con el conflicto por la pastera. Si bien en esa Resolución de la Cancillería argentina se argumentó que el carácter “reservado” era para “evitar que la circulación de las actas pueda poner en riesgo la posición de la Argentina” porque se estaba desarrollando la estrategia en el diferendo que se elevó a la Corte Internacional de La Haya; lo cierto es que esa “reserva” de información se mantuvo más allá del fallo de 2010 y se utiliza como excusa para impedir el acceso a las actas del monitoreo ambiental. Es más, la Resolución 817/06 es violatorio de la Ley 25.831 que regula el acceso a la información pública ambiental. Como se observa, no sólo en Uruguay se violan leyes para proteger a UPM Botnia. Más antecedentes. En junio del año pasado la Municipalidad intentó realizar gestiones para que técnicos de la Caru vengan a Gualeguaychú con el objetivo de explicar el monitoreo ambiental. No hubo éxito pese al esfuerzo realizado. Por Nahuel Maciel

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