Se cobrará contribución por mejoras a los vecinos de calle Perigán y Ayacucho
El HCD sancionó una ordenanza para autorizar a Rentas de la Municipalidad a cobrar contribución por mejoras a los frentista de calle Pedro Perigán desde Boulevard Daneri hasta Boulevard de María y calle Ayacucho, desde Asisclo Méndez hasta Guillermo Saraví, una vez que estén terminadas las obras de pavimentación y habilitadas al tránsito.
De acuerdo a lo informado por la Secretaria de Servicios Públicos y Obras Publicas, en el transcurso de este mes se dio comienzo a la pavimentación de calles Ayacucho y Pedro Perigán.
El HCD declaró mediante ordenanza de “utilidad pública” el cobro del valor de metro lineal a cada vecino frentista beneficiado por la obra, como así también el prorrateo de las bocacalles que correspondan.
También se tiene en cuenta los costos del movimiento de suelo como base y pavimentación de calles; la instalación de agua potable y de redes cloacales; cordón cuneta. Entre las siguientes zonas: calle Pedro Perigán desde Boulevard Daneri hasta Boulevard de María y calle Ayacucho, desde Asisclo Méndez hasta Guillermo Saravi.
El cobro recaerá sobre los frentistas cuyas propiedades estén frente a calles donde se ejecuten las obras, aún cuando no posean entrada o acceso al inmueble.
Los sometidos al régimen de propiedad horizontal de la ley N° 13.512, que tengan frente a las calles donde se ejecuten las obras, aún aquellas unidades funcionales o complementarias que no posean entrada o acceso directo por tales calles.
Los ubicados frente a pasillos o calles, privados con salida a calles públicas donde se ejecuten las obras.
Quedaran excluidos del cobro: Las viviendas únicas; los inmuebles cuya superficie sea inferior a quinientos metros cuadrados (500 m2), siempre y cuando dicho propietario no sea titular de más de un lote dentro del éjido de la ciudad.
Los terrenos o propiedades que sin encontrarse alcanzadas por las condiciones estipuladas en los incisos previos, sean parte de convenios en los que intervengan clubes o entidades de bien público, hasta tanto se encuentre vigente el mismo.
Jubilados y Pensionados que posean vivienda única y cuyos ingresos personales y/o del grupo familiar no superen dos salarios mínimos vital y móvil.
Beneficiarios de obras que sean declaradas de interés público pero ejecutadas por el sistema de consorcios vecinales.
El HCD declaró mediante ordenanza de “utilidad pública” el cobro del valor de metro lineal a cada vecino frentista beneficiado por la obra, como así también el prorrateo de las bocacalles que correspondan.
También se tiene en cuenta los costos del movimiento de suelo como base y pavimentación de calles; la instalación de agua potable y de redes cloacales; cordón cuneta. Entre las siguientes zonas: calle Pedro Perigán desde Boulevard Daneri hasta Boulevard de María y calle Ayacucho, desde Asisclo Méndez hasta Guillermo Saravi.
El cobro recaerá sobre los frentistas cuyas propiedades estén frente a calles donde se ejecuten las obras, aún cuando no posean entrada o acceso al inmueble.
Los sometidos al régimen de propiedad horizontal de la ley N° 13.512, que tengan frente a las calles donde se ejecuten las obras, aún aquellas unidades funcionales o complementarias que no posean entrada o acceso directo por tales calles.
Los ubicados frente a pasillos o calles, privados con salida a calles públicas donde se ejecuten las obras.
Quedaran excluidos del cobro: Las viviendas únicas; los inmuebles cuya superficie sea inferior a quinientos metros cuadrados (500 m2), siempre y cuando dicho propietario no sea titular de más de un lote dentro del éjido de la ciudad.
Los terrenos o propiedades que sin encontrarse alcanzadas por las condiciones estipuladas en los incisos previos, sean parte de convenios en los que intervengan clubes o entidades de bien público, hasta tanto se encuentre vigente el mismo.
Jubilados y Pensionados que posean vivienda única y cuyos ingresos personales y/o del grupo familiar no superen dos salarios mínimos vital y móvil.
Beneficiarios de obras que sean declaradas de interés público pero ejecutadas por el sistema de consorcios vecinales.
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