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Diario El Argentinoviernes 19 de abril de 2024
Policiales

Abuso de menores: piden 23 años para el imputado y 24 para la madre de las nenas

 Abuso de menores: piden 23 años para el imputado y 24 para la madre de las nenas

   En la sala de audiencias del palacio de Tribunales, ayer concluyeron los alegatos de clausura en el juicio oral que comenzó el lunes por el supuesto delito de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado con acceso carnal y abuso sexual simple con acceso carnal reiterados” contra dos nenitas hermanas, que al momento de los hechos tenían 9 y 13 años, respectivamente.



En esta causa está acusada la madre de las dos menores identificada con las iniciales A.E.R., quien está sindicada como partícipe necesaria y cómplice primaria, sin cuya colaboración hubiera sido imposible cometer los delitos; y un hombre identificado con las iniciales J.C.F, imputado por los hechos.
Las menores actualmente conviven con el padre, quien también se constituyó como denunciante.
El Tribunal fue integrado por los jueces Arturo Exequiel Dumón, Alicia Vivian y Mariano Martínez. Mientras que el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Lisandro Beherán y Sergio Rondoni Caffa, y se contó con la presencia del representante del Ministerio Público Pupilar, Ricardo Golly, en defensa de los intereses de las menores.
Por parte de los dos imputados, contaron con la asistencia que brinda y prevé la ley para casos en donde no hay abogados constituidos, y ese rol lo asumió el defensor oficial, Pablo Ledesma.
El fiscal Beherán solicitó una pena de 23 años de prisión para el hombre identificado como J.C.F., por encontrarlo responsable de los dos abusos de manera reiterada, con acceso carnal. Se trata del rol que el lenguaje común identifica como pedófilo, pederasta o agresor sexual. Mientras que para la madre de las dos menores, identificada con las siglas A.E.R. el fiscal solicitó una pena de 24 años de prisión, y el mayor reproche es por su vínculo de progenitora que lejos de tutelar la salvaguarda de sus hijas, las expuso y colaboró (con amenazas y agresiones) para que la accedieran carnalmente desde los 8 años de edad y hasta los trece para el caso de la hija mayor, y de al menos desde los 9 años y hasta los 10 años para su hija menor.
Por su parte, el doctor Golly –quien adhirió en un todo a la postura de la Fiscalía- le solicitó al Tribunal que la mujer pierda la potestad sobre sus hijas.
El defensor oficial reclamó la absolución para ambos imputados, al entender que no se había podido quebrar su estado de inocencia.

El caso

La denuncia se radicó el 14 octubre de 2014, gracias a una detección oportuna de la Escuela donde concurría una de las nenas, quien a su vez dio intervención al Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf); organismo que aconsejó la inmediata denuncia en sede policial; siguiendo los protocolos establecidos cuando se vulneran derechos de menores.
En la comisaría de Villa Paranacito se radicó la denuncia, que fue derivada al fiscal auxiliar de Islas del Ibicuy, Pablo Obeid (quien ayer presenció los alegatos), y fue quien a su vez giró esa denuncia a Gualeguaychú atento a la naturaleza del delito.
Las dos menores (identificadas por las iniciales M.M. y M.M.) fueron abusadas sexualmente de manera ultrajante con acceso carnal, en un hecho que conmocionó en 2014 a la comunidad de Villa Paranacito, lugar donde residían junto con su madre, quien está sindicada como partícipe necesaria y cómplice primaria. Para el fiscal Beherán, esta mujer fue quien bajo amenaza e incluso en otras oportunidades con agresión física las entregaba al abusador, de acuerdo al complejo contexto que formalizó el Ministerio Público Fiscal en su investigación penal preparatoria.
Mientras que el hombre imputado –que ejercía una suerte de curanderismo- vivía aproximadamente a pocos metros de la vivienda de la madre de las menores, más precisamente en el kilómetro 53 y medio de la ruta nacional 12, en el Paraje Puente Paranacito, el fiscal le otorgó un carácter protagónico como supuesto abusador de las nenas, siempre en connivencia con la madre de las menores.
El fiscal Beherán –tal como lo anticipó en su alegato de apertura del lunes- encuadró el caso en el Artículo 119° del Código Penal que resguarda los hechos vinculados con los delitos contra el honor.
Previamente, fundamentó la importancia de las pruebas presentadas y valoró el testimonio que se recepcionó a través del procedimiento de Cámara Gesell, donde ambas nenas relataron lo padecido. En ese marco, puso de relieve las consideraciones de los distintos profesionales que intervinieron en el caso, quienes subrayaron que el relato de las víctimas es congruente, no tuvieron contradicciones ni influencia de terceros y tiene correlato con la experiencia vivenciada de los hechos acontecidos.
La otra consideración que puso de relieve fue el informe médico ginecológico de ambas nenas que fue categórico al afirmar que hubo desfloración e incluso con un tiempo de antelación suficiente para observarse su cicatrización, lo que da cuenta de que los abusos fueron reiterados y se venían ejerciendo desde hacía años. Beherán imploró que se tenga en cuenta que estos abusos se dieron en plena etapa de la infancia de las nenas, cuando ellas ni siquiera habían ingresado a la adolescencia.

La defensa

Por su parte, el defensor oficial, insistió con la inocencia de sus defendidos y en consecuencia solicitó la absolución para ellos. En ese sentido, descalificó la Cámara Gesell por ser un método arbitrario y reflejó que el relato recogido fue “guionado” y no espontáneo. Ubicó a la denuncia el 14 de octubre de 2014 e hizo notar que la Cámara Gesell se realizó el 28 de octubre, es decir, catorce días después y cuando varios profesionales ya habían dialogado y preguntado a las víctimas. Por eso consideró que fue un relato contaminado. “La Cámara Gesell no es método infalible y tiene márgenes de error, además de no contar con la absoluta adhesión de la comunidad científica”, subrayó.
Si bien el fiscal Beherán situó los hechos en tiempo, lugar y modo (desde los 8 años para el caso de la nena mayor y desde los 9 para la hermanita menor, en la vivienda de la madre y en la del imputado y bajo amenaza y en otras ocasiones con agresiones físicas), el defensor oficial consideró que al no existir un informe ocular de los domicilios donde ocurrieron estos hechos, la imprecisión debe ser favorable para sus defendidos.

El Tribunal

Al concluir los alegatos de clausura, el doctor Dumón -que presidió el Tribunal- le dio el derecho a tener la última palabra a los imputados. En el caso del hombre, expresó: “Soy inocente de lo que se me acusa. No lo hice”. Mientras que la madre expresó algo similar: “Soy inocente de todo lo que se me acusa”.
Concluida esta etapa, Dumón estableció el 4 de mayo a las 12 como fecha para dar a conocer el adelantamiento de veredicto, y el 11 de mayo –también a las 12- para la lectura de los fundamentos.

Pedido de condena. El fiscal Beherán solicitó 23 años de prisión para el hombre identificado con las iniciales J.C.F y 24 años para la madre de las menores identificada como A.E.R. por encontrarlos responsables del “abuso sexual gravemente ultrajante agravado con acceso carnal y abuso sexual simple con acceso carnal reiterados” contra dos nenitas hermanas, que al momento de los hechos tenían 9 y 13 años, respectivamente. El defensor oficial solicitó la absolución al considerar que no fue quebrado el estado de inocencia de sus defendidos. El 4 de mayo, el Tribunal decidirá.


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