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La Municipalidad pidió que se revoque Aptitud Ambiental por el impacto negativo de Amarras

 La Municipalidad pidió que se revoque Aptitud Ambiental por el impacto negativo de Amarras

 La Municipalidad de Gualeguaychú solicitó a la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos que se revoque la Resolución N° 340 que en su momento otorgó la Aptitud Ambiental al barrio fluvial Amarras, emprendimiento inmobiliario que impulsa la empresa Altos de Unzué SA con el apoyo de la Municipalidad de Pueblo General Belgrano.


La Resolución N° 340 fue suspendida vía decreto por el gobernador Gustavo Bordet en diciembre del año pasado, luego de evaluar los argumentos del recurso de apelación jerárquico que había interpuesto la Municipalidad de Gualeguaychú. Pero además, el gobernador –en ese mismo decreto- ordenó paralizar las obras de Amarras (darle un corte final a la política de los hechos consumados) hasta tanto se resuelva la cuestión y dispuso que sea la Universidad Nacional de La Plata la que realice el estudio ambiental, para luego adoptar una decisión final.
Una vez conocido el informe de la Universidad Nacional de La Plata (cuya síntesis publicó ayer EL ARGENTINO) la Municipalidad ahora solicitó que se revoque directamente la Aptitud Ambiental que en su momento había firmado el secretario de Ambiente en la gestión anterior, Fernando Raffo.
Ese pedido, elevado a la Secretaría de Ambiente de la provincia, fue conjuntamente con la entrega del estudio multidisciplinario relativo a los impactos hidrológicos y potencial riesgo socioambiental en el área de influencia del emprendimiento Amarras realizado por la Fundación Facultad de Ingeniería para la transferencia de tecnología y la promoción de empresas de bienes y servicios de la UNLP, tal como había sido designada por la Resolución Nº 32 de la Secretaría de Ambiente Entre Ríos 5 de abril pasado.
Es oportuno contextualizar que el estudio de modelación del río Gualeguaychú fue realizado por el equipo coordinado por Pablo Romanazzi y Patricio Narodowski.
Tal como adelantó ayer EL ARGENTINO, el estudio de la UNLP quedó claro que la documental de Amarras tiene muchos problemas de enfoque, modelación y medición lo que demuestra, que ni el estudio de impacto ambiental ni el hidráulico presentado por Altos de Unzué pueden tomarse como válidos. En consecuencia, no pueden ser utilizados como sustento para el otorgamiento de la Aptitud Ambiental del proyecto Amarras, tal lo ha sostenido la Municipalidad de Gualeguaychú en el recurso de Apelación Jerárquica; y que ahora está plenamente corroborada por el estudio de la UNLP; que además es el único estudio válido para esta instancia.

Críticas

En el pedido de revocatoria de la Aptitud Ambiental, la Municipalidad se sostiene en todo momento en el estudio de la UNLP. Especialmente, indica que el bioma (cada unidad ecológica en que se divide la biosfera atendiendo a un conjunto de factores climáticos y geológicos que determinan el tipo de vegetación y fauna) y Amarras lo ha minimizado.
Y se subraya que “las diferencias metodológicas respecto a la línea de base de Amarras son enormes”.
Plantean los autores de la UNLP las limitaciones de este tipo de estudios, si se aplican esas consideraciones al Estudio presentado por la Consultora de Amarras, donde surgen por ejemplo:
1) Las confusiones teóricas o planteos antiguos, que desconocen el punto de vista ecológico, el enfoque sistémico y la complejidad ambiental.
2) Usan promedios que en la bibliografía aparecen en función de la producción agropecuaria.
3) Confunden el medio original bajo análisis con los cambios antrópicos sucedidos. Se da más importancia a la existencia de especies exóticas que a la preservación de las nativas. Para eso subestiman la complejidad ambiental y la riqueza ecológica, con el objeto de minimizar los potenciales impactos de la intervención antrópica.
También se advierte el “desinterés de Amarras por el valle de inundación”. El estudio es taxativo cuando dice que “el humedal bajo análisis es un ambiente dinámico, rico en especies e interacciones, en el que el agua es un elemento central. Es que la idea de ecosistema no es abstracta, el valle de inundación del río Gualeguaychú dispone de una morfología, hidrología, estructura del suelo adyacente, vegetación y fauna que se conecta para su reproducción, generando un paisaje visualmente llamativo con una diversidad que tiene varios usos humanos. “El sistema funciona como en cualquier curso de agua como filtro de los escurrimientos (por lo cual no debería ocuparse), pero además reduciendo el ingreso de sedimentos durante las tormentas y esta lógica sólo es posible respetando el equilibro natural todo lo posible, modificarlo a menos que sea imprescindible”, resaltó la UNLP para concluir que “su ocupación irregular impide sostener el equilibro y que las funciones ecológicas sean cumplidas. El peligro es grave y no puede pensarse sólo en el corto plazo”. Además, tampoco quedó claro cómo Amarras hizo una evaluación del impacto económico y local sin una línea base. Y esto es así, porque de haber hecho la línea base hubiera entrado en contradicción la proliferación de la actividad inmobiliaria sobre la costa con el desarrollo turístico.
En el estudio de la UNLP también surgen una serie de exigencias generales, lógicas en el marco del modelo que plantean, para ambos municipios, por ejemplo, “el río debe ser preservado, y para ello impedirse toda elevación de la cota, frenarse la erosión y los procesos que la generan, ya que las inundaciones afectan a los residentes, y las actividades turísticas, sustento de una parte de la población; por lo que implican un alto costo social y público”.

Debilidades e inconsistencia

La UNLP demuestra que el estudio de Impacto de Amarras tiene muchas debilidades y demasiadas inconsistencias.
La consultora de Amarras plantea el proyecto para el corto plazo y lo dividió en etapas. “No sólo se deja de lado el efecto dominó, sino que ni siquiera se considera el impacto de la etapa sucesiva, ya planeada”, se criticó.
Pero tampoco explicita el criterio de evaluación del impacto, “el mismo no es objetivo, menos aún están en línea con los criterios de la experiencia mundial y la bibliografía”, se criticó. “El propio modelo exhibe su simplicidad”, se indicó.
Tampoco Amarras aborda los factores ambientales como servicios ecológicos, los mismos se analizan por separado sin sus interacciones.
Mucho menos se analizan los efectos que los impactos ambientales y otros impactos tienen sobre los aspectos socio-económicos en función del modelo de desarrollo del territorio. Ni siquiera han hecho una línea de base. No establecen relación entre líneas de base ambiental, socioeconómica y espacial y la valoración del impacto, de modo explícito; el capítulo respectivo queda como un antecedente general, estático. El impacto en la economía local se limita a la etapa constructiva porque es cuando se demanda más personal. No se plantean alternativas ni constructivas ni socio-económicas.
La nota de la Municipalidad también advierte que “el estudio de la UNLP exhibe claramente que se está ante un emprendimiento que afecta y altera derechos sobre bienes de incidencia colectiva (Artículo 240° del Código Civil y Comercial); que no cumple con los principios de prevención y precautorio establecidos por la Ley 25.675; que –vale recordar- Altos de Unzué ha avanzado y causado daños irreparables sobre la flora autóctona, como lo señalamos en el recurso de apelación jerárquica, sin poseer el certificado de aptitud habilitante que inexorablemente impone el Decreto 4977/09, como recaudo para que se pueda iniciar cualquier obra sobre un curso de agua común; y que los estudios presentados por la interesada son insuficientes y carecen de la idoneidad técnica imprescindible para descartar impactos negativos que hemos denunciado y ahora se ven confirmados por la UNLP”.
“Como corolario de lo expuesto –dice el Municipio-, del estudio que acompañamos desarrollado por la UNLP, único estudio válido en el presente recurso, autorizado por esa Secretaría mediante Resolución Nº 32, emerge en forma clara y contundente la debilidad e inconsistencia del Estudio de Impacto de la consultora contratada por la empresa Altos de Unzué y el efecto negativo del emprendimiento Amarras del Gualeguaychú respecto del cual hemos planteado nuestra enfática oposición a su construcción, por lo que solicitamos se revoque la Resolución 340, tal como ha sido peticionado al interponer el recurso de Apelación Jerárquica”.

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