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Diario El Argentinosábado 20 de abril de 2024
Provinciales

Abogados de Paraná buscan implementar el juicio por jurados

Abogados de Paraná buscan implementar el juicio por jurados

La seccional Paraná del Colegio de Abogados impulsa un proyecto para implementar en la provincia el juicio por jurados, de autoría del penalista del foro local y ex convencional constituyente Julio Federik


Se trata de la figura que fue noticia en los últimos días luego que, mediante este mecanismo, se condenó a cadena perpetua al empresario Fernando Farré, por el femicidio de su esposa, Claudia Schaefer.
El mecanismo ya se aplica en las provincias de Buenos Aires, Neuquén y Córdoba. En Entre Ríos, se contempla que continúe vigente el mecanismo tradicional y el juicio por jurados sea una opción del imputado, reservada solo a los casos graves.
Federik, que participó en la redacción del Código Procesal Penal de Entre Ríos y del proyecto del Código Procesal Penal de la Nación, disertó sobre el tema días atrás y explicó que el juicio por jurados está contemplado en los Artículos 24°, 75° y 118° de la Constitución Nacional y en los Artículos 186° y 122° de la Constitución provincial. “No hay ningún argumento válido para impedirlo”, señaló el letrado en una disertación que tuvo lugar la semana pasada en el Colegio de Abogados de Paraná, donde se debatió el procedimiento penal en la provincia, con la participación de Marciano Martínez, Raúl Barrandeguy, Miguel Cullen, Guillermo Vartorelli, Sandra Sánchez y Victoria Cargnel, consignó Análisis Digital.
Según el texto difundido desde el Colegio de Abogados de Paraná, el juicio por jurados que se pretende implementar en Entre Ríos no sería obligatorio, sino que quien sea llevado a juicio oral y prefiera un juicio con jueces profesionales, tal como funciona en la actualidad, bastará con que lo solicite. Caso contrario, se conformará un jurado para juzgar su caso. 
En razón del operativo que implica la conformación de un jurado, la figura se reservará para los casos graves, cuando la acusación por el hecho atribuido pueda implicar una pena de prisión muy importante.
En el proyecto de Federik, se prevé que el jurado se componga con 12 ciudadanos que hayan concluido al menos la educación primaria, que no pueden ser abogados, escribanos, procuradores, policías, ni empleados o funcionarios de la Justicia, ni del Poder Ejecutivo, ni de la Legislatura ni de los municipios. También se especifica que no deben tener relación con los tres Poderes del Estado, ni con los partidos políticos, ni con la actividad de la seguridad privada, las ONG, ni las organizaciones religiosas, entre otros ámbitos.

El proyecto

Para seleccionar a quienes estén en condiciones de desempeñar lo que sería una carga pública, se sortearían del padrón, por medio del Tribunal Electoral, las personas aptas de cada jurisdicción, en igual número de hombres y mujeres.
Una vez que se convoque al jurado para un caso, por sorteo serán elegidos 36 de 300 nombres y, de ellos, la acusación y la defensa podrán recusar con y sin causa aquellos a los que no consideren aptos o convenientes. Luego, de los que queden aprobados por las partes, se sortearán los 12 titulares y los seis  suplentes que conformarán el jurado.

En las audiencias, será un juez quien dirija la actuación de las partes y el debate. El jurado recibirá instrucciones precisas sobre la manera en que deberá considerar la prueba y las declaraciones del juicio, en el que no podrá interrogar ni expresarse de ningún modo. Concluido el debate, en presencia de la acusación y la defensa, el juez impartirá las instrucciones sobre lo que deberán deliberar antes de llegar al veredicto. 
Los miembros del jurado pasarán a un recinto cerrado donde solo ellos expresarán y discutirán sus posiciones, sin que quede constancia alguna de lo que cada uno exprese. Luego, también en secreto, votarán por inocente o culpable. Dictado el veredicto se disolverá el jurado. 
Si declararon culpable al acusado, las cuestiones jurídicas y la aplicación de la pena se resolverán en una audiencia inmediata por el juez, en consonancia con la decisión del jurado.
La sentencia podrá ser recurrida por la indebida incorporación de prueba, por discordancia expresa de las partes con las instrucciones impartidas o por notoria incongruencia del veredicto con la prueba rendida en el debate. El juez también puede decretar la nulidad y ordenar la convocatoria a otro jurado cuando aparezca una grosera conclusión condenatoria sobre la prueba que él también haya podido apreciar en el debate. Los recursos tramitarán ante la Cámara de Casación Penal.

MICROTEXTO EN FOCO
El proyecto. El proyecto cuenta con 37 artículos que se pueden analizar en el siguiente link: http://www.caerparana.org.ar/sitio/userfiles/files/PROYECTO_JULIO_Junio.pdf. “La polémica sobre la conveniencia o no, sobre sus ventajas y desventajas, sobre su aporte al mejoramiento de la justicia y a su independencia, sobre la permeabilidad o no de las presiones sociales, sobre la democratización de la justicia, queda expresamente abierta y seguramente habrá muchísimas opiniones”, expuso Federik en su disertación en el Colegio de Abogados. 


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