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Diario El Argentinomartes 23 de abril de 2024
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Diálogo con el doctor Miguel Augusto Carlín

Diálogo con el doctor Miguel Augusto Carlín

“En la actualidad hace falta un juez activo y eso implica que debe ser oidor de las partes” Por Nahuel Maciel EL ARGENTINO


 

Miguel Augusto Carlín tiene 75 años. Nació el 1° de octubre de 1942 en Concepción del Uruguay, aunque toda la vida su familia vivió en Basavilbaso. “Pero esto no significa que dejé de amar a Concepción del Uruguay, todo lo contrario, porque en la ciudad ejercí la magistratura casi por un cuarto de siglo y aún hoy tengo grandes amigos”, reconocerá él mismo a manera de presentación.

 

Miguel Carlín fue juez y luego senador provincial por el justicialismo. Más tarde fue Procurador General de la Provincia e integró el Superior Tribunal de Justicia, cargo al que renunció para ser convencional constituyente en 2008.

 

Ya jubilado, se dedica a la docencia en diferentes cátedras de universidades e institutos. El viernes visitó Gualeguaychú para disertar en el marco del posgrado que se dicta en la ciudad sobre Especialización en Justicia Constitucional y es organizada de manera conjunta por la Universidad de Bologna (Italia) y la Asociación Argentina de Justicia Constitucional (AAJC) y la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Entre Ríos.

 

En diálogo con EL ARGENTINO, Carlín repasó la importancia de haber logrado una reforma constitucional que fue votada por unanimidad y a la que define por ese logro de diálogo y consenso, pero también advierte la necesidad de que se reglamenten –nueve años después- varios de sus institutos que por el momento no pueden crearse como los diseñó el convencional.

 

En ese marco, también advierte que en los tiempos actuales no hay lugar para un juez que decida en soledad “en su recoleto” despacho, sino que se necesitan magistrados valientes y activos, que sepan oír a las partes.

 

 
-Usted ejerció muchos cargos públicos y todos relevantes… incluso en la actualidad ya jubilado tiene una dedicación intensa en la docencia universitaria. ¿Si tuviera que elegir uno de esos cargos que ocupó, cuál sería?

 

-Es que no es un problema de elección, sino de momentos en la vida de una persona. En la época en que fui legislador, era mucho más joven. Posteriormente, al estar al frente del Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos me encontró con una edad más aplacada. Los años en que integré el Superior Tribunal de Justicia representaron otra etapa de la vida. Y lo mismo sentí cuando ejercí el rol de convencional constituyente.

 

Y a medida que avanzan los años, uno va teniendo expectativas distintas; y va analizando de otra manera y con otros elementos el devenir de los acontecimientos. Por eso no cabe que yo elija uno de esos cargos, porque cada uno respondió a expectativas de ese momento histórico determinado. Y a medida que van pasando los años, uno va modificando sus apetencias, modificando sus necesidades y modificando su impresión del mundo que lo rodea.

 

 
-Su rol en la Convención Constituyente fue esencial para que los entrerrianos ingresaran a la modernidad con una Constitución acorde a los tiempos… por su participación vertebral en el trabajo de las comisiones y en las sesiones…

 

-Creo que la Constitución de Entre Ríos es una Constitución muy buena… que logró tomar para la entrerrianía los mejores institutos que existían en ese momento. Y tuvo otra peculiaridad: la reforma entrerriana quiso ser la reforma de los consensos. Es decir, se evitó que sea una reforma propia de una parcialidad o el ejercicio del número sobre el total de convencionales, diciendo somos la mayoría y por lo tanto el peso del voto es éste

 

. Y no fueron pocos, sino muchos los consensos logrados. A tal punto que cuando debió resolverse la aprobación de la Constitución entrerriana y se la sometió a votación, fue votada por unanimidad. Si se observan los debates que se dieron en otras provincias e incluso a nivel nacional, podemos decir que se ha logrado un objetivo que fue que la Constitución no sea el producto de una determinada parcialidad, sino el fruto de toda la entrerrianía representada en los distintos bloques y distintas concepciones que formaron parte de la Convención Constituyente.

 

En ese sentido nos encontramos satisfechos, sin perjuicio de ver la necesidad que no pocas disposiciones necesitan ser reglamentadas para ser puestas en funcionamiento.
 

 

-Justamente, pese a esos consensos y la votación por unanimidad; nueve años después quedan muchos institutos de la Constitución por reglamentarse… Y esto deja un sabor amargo.

 

-Es cierto. Pero no a pocas disposiciones de la Constitución Nacional reformada en 1994 aún le faltan reglamentaciones y otras se han demorado en demasía. Y enfocándonos en la Constitución de la provincia, podría citar a manera de ejemplo, la falta de reglamentación del funcionamiento de las comunas, es decir, a aquellos organismos poblacionales inferiores a 1.500 habitantes. O establecer algunas normas destinadas a regular, más allá de la Ley de Procedimientos Constitucionales N° 8369, que por omisión en ese sentido se ha vuelto obsoleta en varios de sus dispositivos.

 

Entonces, todo esto está marcando la necesidad de que se dicten normas regulatorias tanto en el funcionamiento de organismos tales como el Consejo Económico Social, como el sistema de concurso para la cobertura de los cargos de los integrantes del Tribunal de Cuentas, tesorero y contador general de la provincia, la posibilidad de ampliar como corresponde a nueve miembros el Jurado de Enjuiciamiento… en fin… una serie de normas –que así como se regularon otras y bien- de no menor entidad puedan ponerse en movimiento.

 

 
-Usted ha tenido una extensa experiencia en la Justicia. ¿El rol que debe tener hoy un juez es el mismo que en su época?

 

-No, de ninguna manera. En otras épocas podía admitirse el juez recoleto, que estuviera encapsulado en su despacho, dictando en la soledad la sentencia a su leal entender y saber y ajustado a derecho. En la actualidad hace falta un juez activo y eso implica que debe ser “oidor” de las partes. Ya no el juez de puertas cerradas sino de puertas abiertas. Se necesita un juez activo, incluso frente a la gran copiosidad de causas que tiene.

 

Se requiere de un juez que trate de hablar con los litigantes, de intervenir de forma activa en los procesos, para ir depurando aquellos elementos innecesarios y hacer del proceso algo más dinámico, que le dé una mayor rapidez, una mayor celeridad. Fíjese cómo se agilizaron las causas con el nuevo sistema penal en la provincia. Lo mismo hace falta en materia Civil y Laboral. Se necesita encontrar formas más ágiles de funcionamiento y que impliquen menos sacrificios para los litigantes que tienen que aguantar y aguardar un proceso.

 

 
-¿Eso quiere decir que usted está de acuerdo que la oralidad sea introducida en los fueros Civil y Laboral tal como se hizo en lo Penal?

 

-Por supuesto y sobre todo en algunos fueros que son necesarios y diría casi imprescindibles como es en Familia y Minoridad. Insisto en el concepto: el juez oyendo, captando, aprehendiendo la situación concreta de tipo familiar o de minoridad que es llevado a su conocimiento pueda resolverlo de una manera ágil y rápida… y que de la mera lectura del papel no emerge el conflicto social que debe dilucidar y debe dirimir. Eso es lo más importante.

 

 
-Doctor lo invitamos a reflexionar ¿es necesario tener un Poder Judicial que sea más valiente al actual?

 

-Es posible. La valentía que debe tener el Poder Judicial, no implica que deba dejar de ser cauto. Y no pocas veces la cautela, entendida como una virtud, exige frente a una determinada situación ir analizándola con cierta frialdad y objetividad. Para decirlo de otra manera: no decir el impacto social me exige que yo resuelva así… o para tranquilidad de quienes reclaman. De ninguna manera. A las causas hay que resolverlas como corresponde. Por supuesto, con mayor dinamismo, con mayor actividad en lo que hace a la resolución de los conflictos.
 

 

-El Código Procesal Penal en la provincia es relativamente nuevo si se lo contextualiza en el marco de la historia de Entre Ríos. Y su aplicación ha sido evaluada como exitosa. Pero a poco de andar, ya se lo quiere modificar de nuevo: por ejemplo, incorporar el Tribunal Popular…

 

-Lo que ocurre es que no siempre la estructura organizativa y el funcionamiento (especialmente en materia de controversias) satisfacen a todas las apetencias. En un juicio de divorcio una parte tiene un reclamo en cuanto a los bienes y la otra, otro tanto. En un juicio de desalojo, el inquilino no quiere desocupar la propiedad y el locador que dice que la tiene que desocupar.

 

En materia Penal, el Ministerio Público Fiscal o el querellante reclaman la punición del imputado y éste expresa su inocencia. Con esto quiero decir que siempre hay un sistema adversarial. Y cuando estas situaciones se producen, indudablemente, tenemos a quienes apoyan la actitud que se adopta por parte de los Tribunales respecto de una determinada situación, y quienes están en contra.

 

Creo que nunca va a existir una satisfacción plena de todos, porque no se compadecen con la conflictividad que es llevada a Tribunales. Pero sí podemos lograr que exista un mayor dinamismo, una mayor rapidez, mayor urgencia en la resolución de las causas. Porque con la rapidez que se vaya resolviendo, responden en parte al clamor existente de que haya Justicia.
 

 

-¿Puede citar un ejemplo de la actualidad?

 

-Dos hechos notorios fueron resueltos por la Cámara de Gualeguay (los casos del cura Juan Diego Escobar Gaviria condenado por abusos a menores y el femicidio de Micaela García) disminuye el reclamo “quiero Justicia”, porque ya está resuelto por la decisión de los Tribunales. Eso no significa que la resolución sea definitiva. Entonces, a medida que haya menos Tribunales y exista una mayor conflictividad, la demora será inevitable.

 

 
-¿Considera que hay que delimitar mejor las causales para abrir un Jury de Enjuiciamiento? Se lo preguntamos porque algunos fueron muy veloces, otros carretearon pero no tomaron vuelo y hay otros que están siendo dilatados en el tiempo y eso genera preocupación.

 

-El Jury, que durante muchos años he integrado no sólo por ser parte del STJ sino cuatro años como legislador e incluso lo he presidido, es una tarea muy compleja y hasta diría desagradable… porque implica tener a un funcionario o a un magistrado como acusado dentro de un Tribunal. Y esto exige que haya una actitud muy puntillosa, muy cuidadosa, muy delicada a afrontar por parte del jurado. Y no puede ser ni rápida ni tampoco excesivamente lenta… sino ponderada con tranquilidad a los efectos de resolver lo que corresponda con absoluta objetividad.

 

Hay que tener en cuenta que deben respetarse una serie de reglas y principios, que hacen no sólo a la estructura organizativa que tiene la provincia con el Jurado de
 

 

Enjuiciamiento; sino, conforme lo tiene dicho de manera reiterada la Corte Suprema de Justicia de la Nación, hay que respetar en orden a la audiencia, a la prueba, etcétera… es decir, darle al imputado todas las posibilidades más amplias para su defensa. Y esto es así, porque la decisión que adopte el Jury, que es revisable por el STJ, puede ser descalificada; e incluso abrirse la instancia ante la Corte Nacional.

 

En definitiva, no estoy diciendo que el Jury debe actuar con lentitud, sino con el suficiente cuidado para ponderar adecuadamente las causales, las pruebas y todos los elementos para resolver en el caso concreto. Otra vez la cautela como virtud.

 

 
-La ley se da por sabida, independientemente del nivel de instrucción de cada persona. ¿Es esto justo?

 

-Las personas saben o intuyen cuál debe ser la forma de actuar. Y le diría algo más: el nivel de delincuencia frente a todos los habitantes, los 40 millones de personas, es mínimo quiénes infringen la ley. Le pondrá otro ejemplo: mi padre llegó hasta cuarto grado, porque en mi pueblo –Basavilbaso- no había más que hasta cuarto grado y eso no le impidió ser un padre al que sigo admirando y respetando por su modo de actuar en la vida y todo su amor que nos dio para enseñarnos la hombría de bien. Ignoro si en lo personal lo he cumplido, pero todos los días tengo en cuenta las enseñanzas en ese sentido muy intensa y fecunda de mis padres.
 

 

-Existe en la actualidad una gran desconfianza de la ciudadanía hacia el Superior Tribunal de Justicia, que describe un malestar social importante…

 

-Debo reconocer, ya no solo hacia el Superior Tribunal sino hacia toda la judicatura, que existe ese descreimiento. Un descreimiento que tiene varios ingredientes: el primero hace al formalismo de la norma y al de la actuación. Y volvemos a lo que ya dijimos. No podemos tener un juez que en su recoleto despacho, piense en soledad cómo resolverá el conflicto. Los ciudadanos quieren ver al juez activo, porque quiere que le resuelvan el conflicto.

 

Y si para resolver el conflicto hace falta ajustar normas procesales, establecer un desacartonamiento del sistema… entonces debe hacerse. Ya no es la época donde el juez podía estar almidonadamente trabajando en un proceso; sino que hay que buscar las vías para que la dinámica permita resolverlo de una manera más ágil y especialmente cara a cara con el litigante.
 
-Si bien todos los artículos de la Constitución Nacional son importantes, si usted tuviera que recomendar solo uno para que se sepa de memoria, ¿cuál sería?
-Hay varios. El Artículo 19° es uno de ellos. Dice así: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados

 

Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”. Es decir, el principio de reserva y el principio de legalidad son cardinales. Y le marco este Artículo porque ya la Constitución de Entre Ríos de 1822, en los Artículos 98° y 99° lo establecían, mucho antes de la Constitución Nacional de 1853 y 1860.

 


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