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Diario El Argentinoviernes 19 de abril de 2024
Opinión

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El Concejo Deliberante de Gualeguaychú y la participación ciudadana

El Concejo Deliberante de Gualeguaychú  y la participación ciudadana

Nuestro Concejo Deliberante puede legislar obviamente, sobre cualquier tema que afecte, o que interese la preservación de la salud y el medioambiente, y esta gestión ha tomado como bandera, algunos de estos temas; no todos como nos gustaría.


Natacha Crimella

(Colaboración)

 

Lo que no puede hacer este Concejo, que representa a todos los ciudadanos de Gualeguaychú, es olvidar que debe hacer partícipes a los mismos. Con respecto a la Ordenanza aprobada sobre la “Regulación, instalación, estructura soporte de sistema de telecomunicaciones, antenas, fibra óptica e infraestructuras relacionadas a la trasmisión de datos”, hubiese sido interesante que se le dedique un capítulo especial, a la participación ciudadana, si bien la Ordenanza es superadora, se omite recordar los alcances del Art. 25° sobre “Audiencia Pública”, (Ordenanza N° 11217/2009 “De Estudio de Impacto Ambiental”).

El  artículo 5° de la nueva Ordenanza, menciona como “requisito” cumplir con lo ordenado en la 11217/2009, que regula el procedimiento de impacto ambiental (EsIA) y que cualquier entendido en la materia, sabe, que al estar mencionada dicha Ordenanza, queda “implícita” la obligación de convocar a “audiencia pública” a las personas de existencia visible o ideal, públicas o privadas, sean responsables, afectadas o interesadas en debatir aspectos que hacen al impacto ambiental de acciones un obras y a las tareas de prevención, mitigación o restauración del ambiente; siendo las recomendaciones emanadas de tal audiencia pública, de carácter no vinculante.

La autoridad ambiental es la que debe convocar a audiencia pública y presidirla, las personas que pueden acceder a este acto democrático de participación ciudadana; son los representantes del organismo, empresa o particular que dio origen al proyecto, las organizaciones intermedias, representantes de la comunidad potencialmente afectada por el proyecto, como así también toda organización o institución social que asista a las primeras nombradas, siendo “libre al público” el acceso y participación en la audiencia, también representantes del órgano de aplicación, responsable del (EsIA) y equipo profesional, autor de los Estudios en proceso de evaluación por el órgano de aplicación ambiental.

Los participantes podrán emitir opiniones, las que no serán sometidas a votación, pero sí quedarán en forma resumida asentadas en el Acta de aplicación, sin que por ello esta audiencia tenga carácter de vinculante.

La convocatoria deberá hacerse a través de los medios de comunicación con un mínimo de (30) días de anticipación a la fecha estipulada.

Los particulares podrán consultar los antecedentes que se someterán a la Audiencia a partir del momento de la convocatoria. Producida la audiencia pública, la autoridad de aplicación evaluará las observaciones e impugnaciones formuladas por escrito hasta diez (10) días hábiles de celebrada la misma, en la resolución definitiva se determinará, el otorgamiento o no de la autorización para la ejecución del proyecto de que se trate, en los términos solicitados. Lamentablemente nuestro HCD no dejó plasmado en el texto de la Ordenanza, este derecho fundamental, reconocido a nivel nacional por la Ley General de Ambiente 25.675. Y esto es grave, más cuando se trata de “Derechos de incidencia colectiva”.

La información ambiental, es un pilar fundamental para el cuidado de nuestro ambiente, todas las personas tienen derecho a ser consultadas y a opinar en procedimientos administrativos que se relacionen con la preservación y protección del ambiente, que sean de incidencia general o particular, y de alcance general.

Espero sinceramente que nuestros concejales, lo tengan en cuenta la próxima vez que legislen en materia ambiental, el derecho a la “participación ciudadana” debe quedar explícito en la normativa.

(*) La autora de este artículo es ambientalista e integrante de la Organización “Salvemos el Río Gualeguaychú”.

 

   

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