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Diario El Argentinosábado 20 de abril de 2024
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Rechazaron por abstracto el Habeas Corpus porque la Nación respaldó recién el miércoles la fase 1  

Rechazaron por abstracto el Habeas Corpus porque la Nación respaldó recién el miércoles la fase 1  

El sector mercantil ayer realizó una caravana automovilística para protestar por el aislamiento social preventivo y obligatorio.


 

Decisión adoptada con “papeles flojos”; mal implementada y peor comunicada, así puede definirse la decisión (en su momento unilateral) que adoptó el sábado 22 de agosto el Municipio de Gualeguaychú para que se tomen medidas preventivas frente al Covid-19 y retornar a Fase 1 del sistema de aislamiento social preventivo y obligatorio.

 

“Sin papeles” respaldatorios por parte del Municipio, el Centro de Defensa Comercial e Industrial recurrió el miércoles pasado a la justicia y promovió un Habeas Corpus, indicando que, pese al estado de libertad, la misma podría correr riesgos por parte del Estado; cuyas decisiones no las podía justificar a través de normas vigentes en ese preciso momento.

Así, el juez Federal de Primera Instancia, Hernán Viri, comenzó en la tarde noche del miércoles 26 a recibir algunos decretos a través de las autoridades correspondientes, pero fechados –como no se puede alterar- ayer mismos y en la hora en que se iban recepcionando.

Sostiene el propio juez: “desde el 22 de agosto hasta las 19:25 del día de la fecha (por el miércoles 26) no se había publicado alguna normativa que incluyera a Gualeguaychú en el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio”.

Pero, como a partir de las 19:25 del 26 de agosto comenzó el magistrado a recibir esa documentación e incluso minutos después de las 22 recepcionó la que provenía del Gobierno Nacional, el juez declaró en abstracto la pretensión del Habeas Corpus presentado por el sector mercantil.

Es decir, fue una victoria a lo Pirro por parte del Municipio. Gracias a que el miércoles pasado, Adolfo Solari, presidente del Centro Comercial e Industrial de Gualeguaychú, presentó su Habeas Corpus, se pudo poner en evidencia que la Municipalidad había adoptado medidas en su momento sin respaldo normativo, comunicando de manera engañosa a la comunidad y que sólo pudo subsanar anoche, a las apuradas y enmendando errores de origen.

Ahora sí se puede decir que el Departamento Gualeguaychú está alcanzada por el DNU 677/20 que establece las condiciones de aislamiento social preventivo y obligatorio, al ser reclasificada de circulación comunitaria sostenida para el virus Covid-19.

 

La causa

 

El legajo en la Justicia Federal se inició el miércoles 26 y fue caratulada como “Habeas Corpus – Solicitante Centro de Defensa Comercial e Industrial de Gualeguaychú”, impulsado por su presidente Adolfo Solari ante la Secretaría Correccional y Criminal del Juzgado de Primera Instancia cuyo titular es el juez Hernán Viri.

El 25 de agosto a las 16:20, Solari hizo saber que su presentación la hacía en nombre del Centro mercantil y manifestó que “necesitaba que se aclare la situación por la cual el Municipio había dicho por todos lados que esta ciudad se encontraba en aislamiento por la situación epidemiológica del Covid-19, lo cual lo perjudicaba en su actividad física y económica, siendo que en la página de internet ´Mi Argentina´ aparecían las ciudades que estaban en aislamiento total y Gualeguaychú allí no aparecía”, sostiene el escrito al que accedió EL ARGENTINO.

“En tal sentido, esgrimió que desde el sábado se lo estaba restringiendo en su actividad ambulatoria. Agregó que hubo inspectores de la Municipalidad que desde el domingo (23 de agosto) decían que no se podían abrir los negocios y que no se podía salir a la calle”.

Al conceder el Habeas Corpus preventivo, el juez citó al intendente Esteban Martín Piaggio, de acuerdo a las previsiones contempladas en el Artículo 14° de la Ley N° 23.080.

“En lo que corresponde en particular el remedio procesal en análisis –Habeas Corpus- manifestó que la Jefatura de Gabinete, ante la solicitud del Gobernador, tomando claros elementos del DNU N° 677/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, lo que a su entender no dejaban ningún lugar a duda en términos sanitarios y sanitarios qué ciudad puede y debe estar en distanciamiento social preventivo y obligatorio y qué ciudad deja de reunir las condiciones para estarlo y evidentemente pasar a la situación de aislamiento, porque es una cuestión de criterios sanitarios y específica”, se describe en el texto judicial.

Y agregó que la Municipalidad no tiene Fuerzas de Seguridad, ni fuerzas policiales, y que no tiene competencias para restringir la libertad física de una persona. Y específicamente Piaggio confirmó “que no existe ninguna normativa que prohíba o restrinja la libertad de las personas por parte de la Municipalidad de Gualeguaychú”.

También explicó “que el DNU 677/2020 ya configuraba, aunque no se enumere ciudad por ciudad, en sus considerandos, cuáles eran los elementos por los cuales determinadas ciudades de la Argentina estaban en una situación y otras en otra. Por eso ya estaba en vigencia”.

También la Municipalidad argumentó que. si bien se podía entender cierta incertidumbre normativa, la misma era subsanable, “porque la propia comunicación del gobierno nacional en la página argentina.gob.ar había incluido a Gualeguaychú dentro del aislamiento social preventivo obligatorio de manera que eso brindaba un indicio. La propia provincia lo había publicado así también y el propio municipio dictó un acto administrativo haciendo saber a la población tal circunstancia”, se resaltó en el escrito.

El juez aclaró que a pedido de la Municipalidad, se solicitó a la Gobernación, a la Fiscalía de Estado de la Provincia y a la Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo de la Nación, “que informaran si existía alguna norma vigente, que hubiera incluido a la ciudad de Gualeguaychú en el aislamiento social, preventivo y obligatorio, de conformidad al DNU 677/2020 del Poder Ejecutivo Nacional”.

 

Confusas comunicaciones

 

En el escrito judicial al que accedió EL ARGENTINO, el juez Viri se ciñe a la cronología de las actuaciones.

Así, señala que el gobernador Gustavo Bordet, “puso en conocimiento que no existe norma vigente que haya incluido a la ciudad de Gualeguaychú en aislamiento social, preventivo y obligatorio” de conformidad al DNU 677/20.

A su vez el Fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, “informó que todas las ciudades de Entre Ríos en encuentran encuadradas en el Capítulo Primero del DNU 677/2020 hasta el 30 de agosto del año en curso”.

“Se desprende de dicha contestación que el encuadramiento de cualquier población de Argentina en situación de aislamiento o distanciamiento debe ser definido por el Poder Ejecutivo Nacional o por la autoridad delegada a tal efecto”, sostiene el escrito.

Por otro lado, el juez Viri revisó el Boletín Oficial de la República Argentina y constató que desde el 22 de agosto hasta las 19:15 (del miércoles 25 de agosto) no se había publicado alguna normativa que incluyera expresamente a Gualeguaychú. Y que tampoco estaba incluida la ciudad en el portal www.argentina.gob.ar.

A las 21:35 del miércoles 26 de agosto, el juez Viri recibió una copia de la Resolución N° 3120 de la Ministra de Salud de la Provincia, Sonia Velázquez, “en la que se declaró a la ciudad de Gualeguaychú como zona comprendida dentro del aislamiento social, preventivo y obligatorio mientras y hasta tanto la situación epidemiológica se mantenga conforme lo dispone el Artículo 10° y siguientes del DNU 6777/20 del PEN y la autoridad Municipal y sanitaria así lo requieran, debiendo dicha situación ser específicamente monitoreada por el Nodo local y mantener informado al COES Provincial”.

También se dejó establecido en esa Resolución de Salud de la provincia que el Municipio, “en base a sus facultades constitucionales y legales autónomas que le caben, deberá disponer las modalidades de su ejecución conforme a las normas vigentes y al estado sanitario de la población en relación a la enfermedad del Covid-19, manteniendo las excepciones establecidas en el Artículo 12°” del DNU 677/20.

Finalmente, a las 22:15 (siempre del miércoles 26), el juez Viri recepcionó el decreto presidencial N° DCTO-2020-700-APN-PTA en el cual se establece que el Departamento Gualeguaychú “se encontrará alcanzado por las disposiciones del aislamiento social, preventivo y obligatorio previstas en el Capítulo Dos del Decreto N° 677/2020 a partir del dictado de la presente medida y hasta el día 30 de agosto inclusive, entrando en vigencia desde el día de su dictado”.

Más allá de todo el enredo de las constancias documentales y oficios recibidos por la Justicia, el juez Viri tuvo muy en cuenta el decreto firmado por el Presidente Alberto Fernández a última hora del miércoles 26.

“Desde esa perspectiva –aclara el juez para dar a conocer su temperamento- debo poner de relieve que la cuestión abstracta aparece cuando la situación litigiosa, por un acontecer sobreviniente carece de interés jurídico actual, situación –que reitero- en atención al reciente dictado del Decreto Presidencial N° DCTO-2020-700-APN-PTA, en donde se establece que se considera al Departamento Gualeguaychú se encontrará alcanzado por las disposiciones del aislamiento social, preventivo y obligatorio previstas en el Capítulo Dos del Decreto N° 677/2020 a partir del dictado de la presente medida y hasta el día 30 de agosto inclusive”.

En ese marco, el juez Federal Hernán Viri, resolvió declarar en abstracto el planteo efectuado por Solari en cuanto al Habeas Corpus preventivo.

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