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Diario El Argentinojueves 18 de abril de 2024
Policiales

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Por la pandemia se demora el primer juicio por jurado en la jurisdicción

Por la pandemia se demora el primer juicio por jurado en la jurisdicción

Un gendarme marca el punto donde se encontró una vaina de la luctuosa jornada de 9 de octubre del año pasado cuando se registró el homicidio de Iván Pérez. (Foto Ricardo Santellán)


Por Nahuel Maciel

EL ARGENTINO

 

La pandemia por el coronavirus demora la aplicación del instituto del Juicio por Jurado en toda la provincia (tema que fue abordado ayer por el presidente del Superior Tribunal de Justicia, Martín Carbonell y el gobernador Gustavo Bordet), sino también en Gualeguaychú.

Lo que sí se sabe hasta el momento es que la Investigación Penal Preparatoria N° 7566/19, caratulada “Pérez, Iván S/ Homicidio simple (en su perjuicio)” fue remitida a juicio y ya se ofrecieron el pliego de pruebas por parte del fiscal coordinador general Lisandro Béhéran.

De las aproximadamente 500 personas que fueron favorablemente sorteadas para integrar hipotéticos Jurados, la Oficina de Gestión de Audiencia (OGA) de la jurisdicción los debe convocar (algo que se está haciendo con demoras por la pandemia del Covid-19), establecer un registro y de ese registro seleccionar 36 personas; que luego la defensa y la parte acusatoria deberán elegir a 24 (doce titulares y doce suplentes).

Como un agravante al contexto de pandemia, la jueza sorteada para este primer Juicio por Jurado en la jurisdicción es Alicia Vivian, quien por su edad es persona de riesgo de coronavirus.

Lo otro que es necesario establecer, es que también el Poder Judicial deberá elegir un lugar lo suficientemente amplio para llevar adelante las audiencias, presumiendo que las exigencias de distanciamiento y de prevención sanitaria así lo han de exigir.

 

El hecho

 

En esta causa está imputado el sargento de Policía Mauricio Javier Gómez; quien es defendido por el abogado particular Alfredo Vitale.

El 9 de octubre del año pasado, la Fiscalía le atribuyó al sargento de Policía Mauricio Javier Gómez cuando lo llamó a declaración indagatoria, que ese día aproximadamente a las 10:48, en el marco de un procedimiento policial efectuado a raíz de una denuncia por sustracción de efectos del interior de un domicilio del Barrio Molinari Sector 5, acudieron al lugar el Móvil Policial N° 647, perteneciente a la Comisaría Octava.

En ese patrullero iban el sargento ayudante Juan Alberto Zapata y el ya nombrado Sargento Javier Mauricio Gómez, quienes comenzaron con una persecución contra una de las personas sindicadas como posible autora del ilícito en curso.

Esta persecución se extendió por calle Los Algarrobos y siguió por calle Furquez. En un momento ambos policías detuvieron la marcha del vehículo y el sargento Gómez se bajó del rodado y con su arma reglamentaria, una pistola calibre 9 milímetros (que le fue asignada por la autoridad policial), “abusando del cargo policial -de manera injustificada y antirreglamentaria-, efectúa un disparo en dirección a la persona perseguida y que se intentaba aprehender”, a una distancia aproximada entre los 90 y 100 metros. El proyectil impactó en la víctima identificada como Iván Pérez, más precisamente en la zona posterior del cráneo, ocasionándole la muerte de manera casi instantánea.

Para la Fiscalía, esta conducta desplegada por el sargento Gómez, “encuadra en el delito de homicidio agravado por ser el autor un funcionario policial en abuso de su función”, argumento sostenido en el Artículo 80°, inciso 9 del Código Penal; además de atribuible “prima facie” al imputado en grado de autoría.

Justamente la defensa del imputado fue quien solicitó se otorgue a la causa el trámite previsto en la Ley N° 10.746 -de Juicio por Jurado-, pretensión que contó con la oposición de la Fiscalía y de la querella particular representada por el abogado Pablo Di Lollo.

A pesar de estos intereses en pugna, el juez de Garantías, Tobías Podestá, accedió que se constituyera el Juicio por Jurado; y luego por las evidentes razones que impone la pandemia del Covid-19, se ha generado un retraso en cuanto a los tiempos en que debieran realizarse los distintos actos procesales, como la selección del Jurado definitivo para el juicio, el establecimiento de fecha de inicio de las audiencias, y las instrucciones jurídicas que debe realizar la jueza Vivian a los jurados seleccionados previo a su iniciación.

Y se insiste con una cuestión de infraestructura: si en este momento se hubieran satisfecho todas las demandas, resultaría imposible su realización porque el edificio de Tribunales no garantiza las reglas de distanciamiento social sanitaria; lo que obliga a la OGA a tramitar el acceso a otro lugar sustituto.

 

 

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