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Diario El Argentinojueves 25 de abril de 2024
Policiales

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Condenan a una persona a seis meses de prisión condicional por el delito de violencia de género

Condenan a una  persona a seis  meses de prisión  condicional por el delito  de violencia de género

El juez Arturo Exequiel Dumón convalidó la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional para una persona de 21 años (oriunda de Urdinarrain y sin antecedentes) a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional, por los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja y por violencia de género (dos hechos) y desobediencia judicial.


El condenado admitió su responsabilidad en los hechos imputados, y tanto la fiscal Carolina Costa como el defensor Juan Ignacio Lazzaneo renunciaron a los plazos de impugnación; la sentencia quedó firme.

El 21 de diciembre de 2017, siendo aproximadamente las 7:30, el ahora condenado se hizo presente en el domicilio de su ex pareja, ubicado en calle Esteban Podestá S/N de Urdinarrain, donde ella se encontraba descansando junto con sus hijos.

Ingresó sin autorización expresa ni presunta de la mujer y le pidió dialogar. Ella le expresó que regrese más tarde, pero el imputado se alteró y mediando violencia de género le propinó un golpe de puño en el labio superior.

A esta agresión, le siguió otra porque la tomó del cuello y de las manos, accionar con el que le causó lesiones a la víctima.

El segundo hecho se registró el 3 de marzo de 2018 a las 16 aproximadamente. El ahora condenado, se encontraba en calle 1º de Mayo, entre Alvear y Domínguez, de Urdinarrain, y comenzó a discutir con su ex pareja.

La discusión siguió con insultos y le reprochó que lo había denunciado. Se retiró del lugar, pero volvió a los cinco minutos y mediando violencia de género la tomó fuertemente de ambos brazos, siendo que en su mano izquierda tenía un portalámparas, produciéndole un pequeño corte en el antebrazo derecho, luego la soltó y le propinó un golpe de puño en la parte del labio inferior izquierdo, causándole lesiones.

Además de las lesiones, con ello quebrantó la orden de abstención impuesta el 21 de diciembre de 2017 por el juez de Garantías, Guillermo Biré, de la que estaba debidamente notificado.

Además de la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional, se le impusieron una serie reglas de conducta por el término de dos años, entre las que se encuentra la obligación de someterse a un tratamiento psicológico destinado a atender problemas conductuales relacionados con violencia de género y violencia en general, a realizarse en alguna institución pública o privada (en caso de poder costearla) de Urdinarrain, o tiempo menor en el caso de contar con el alta de los profesionales de la salud mental intervinientes; cumplimiento que deberá acreditar personalmente de manera semestral en la oficina de Control de Pruebas y Penas Condicionales; además de prohibirle realizar cualquier tipo de acto molesto o perturbador de la tranquilidad de la víctima y de su grupo familiar conviviente.

Por último, es oportuno recordar que para que se tenga por “no pronunciada” la condena, el agresor no deberá cometer delitos por cuatro años. Si comete un nuevo delito, cumplirá los seis meses de prisión de manera efectiva, más el tiempo que se fije por el nuevo hecho, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27° del Código Penal.

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