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Diario El Argentinojueves 25 de abril de 2024
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Rechazaron recurso extraordinario de la defensa de Nahir Galarza para acudir a la Corte

Rechazaron recurso  extraordinario de la  defensa de Nahir Galarza  para acudir a la Corte

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), integrada por los vocales Miguel Ángel Giorgio, Daniel Omar Carubia y la vocal Claudia Mónica Mizawak, denegó la concesión del recurso extraordinario federal presentado por José Esteban Ostolaza, abogado de Nahir Mariana Galarza contra la sentencia de esa Sala dictada el 4 de marzo de 2020.


Por la misma, se había rechazado el recurso extraordinario a lo resuelto por la Cámara de Casación Penal, que había confirmado la sentencia del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú.

Nahir Galarza fue condenada a la pena de prisión perpetua por la comisión del delito de homicidio calificado, por ser de una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja.

De esta manera, ahora la condena ha quedado firme y Nahir Galarza deberá comenzar a cumplir la pena bajo el control del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la provincia. También la condenada puede recurrir directamente en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el plazo de diez días.

La denegación del recurso extraordinario federal tiene fecha 19 de octubre y practicado el sorteo de ley, resultó que la votación tendría lugar en el siguiente orden: Carubia, Giorgio y Mizawak.

La Sala Penal N° 1 había dictado sentencia el 4 de marzo pasado, por la cual rechazó la impugnación extraordinaria instada por la defensa técnica de Nahir Galarza, confirmando así la sentencia de la Sala II de la Cámara de Casación Penal que había rechazado el recurso de casación interpuesto por dicha parte contra la sentencia del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú, que la había condenado a la pena de prisión perpetua por la comisión del delito de homicidio calificado por ser de una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja.

Luego de analizar los argumentos de la defensa, basados esencialmente en que se habían contrariado Convenciones Internacionales; también se hizo lo propio con el Procurador General de la provincia, Jorge Amílcar Luciano García quien rechazó esa perspectiva.

Del mismo modo se analizaron los argumentos de la querella, quien advirtió que en los argumentos impugnativos no existe una genuina cuestión federal.

Luego de examinar de manera minuciosas cada postura argumental, Carubia concluye “que el recurso extraordinario bajo examen resulta palmariamente inadmisible y corresponde denegar su concesión para ante la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, debiendo la parte recurrente cargar con las costas devengadas por su articulación, no regulándose honorarios profesionales a los letrados intervinientes, en razón de no haberlo solicitado”.

A la misma cuestión adhirieron los vocales Giorgio y Mizawak.

De este modo, se denegó “la concesión del recurso extraordinario federal deducido por el Dr. José Esteban Ostolaza, defensor técnico de Nahir Mariana Galarza, contra la sentencia de esta Sala Nº 1”.

Y, en consecuencia, la condena de prisión perpetua para Nahir Galarza quedó firme para la Justicia de Entre Ríos y ahora deberá comenzar a cumplirla bajo el control del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la provincia. Como otro recurso (que no cambia la característica de condena firme) la condenada puede recurrir en queja a la Corte Suprema en el plazo de diez días.

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