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Diario El Argentinosábado 20 de abril de 2024
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Juicio por corrupción: el juez Bonazzola resolverá pedidos de incompetencia

Juicio por corrupción: el juez Bonazzola  resolverá pedidos de incompetencia

El juez Ricardo Bonazzola dispuso un cuarto intermedio en la audiencia de remisión a juicio enmarcada en el proceso abierto por el presunto delito de peculado contra el ex intendente de Seguí, Cristian Treppo, quien está imputado junto a profesionales y empresarios que participaron de la obra de pavimentación de 16 cuadras de esa localidad entrerriana.


A Treppo se lo acusa de haber establecido y pagado sobreprecios en el marco de un programa nacional dependiente de la secretaría a cargo de José López, el hombre de los bolsos.

La jornada comenzó con la lectura de la imputación del Ministerio Público Fiscal (MPF) a cargo de Franco Bongiovanni y Gonzalo Badano. Los fiscales acusan de peculado a Treppo; al contador municipal Darío Monzón; a la asesora municipal Sara Zapata; a los propietarios de la empresa OIC SA Darío y Hernán Hereñú; al contador de esa empresa Daniel Barrera; y al empresario Néstor Iván Szczech, en roles distintos en la comisión del delito, publicó el portal de internet Análisis.

Pero, el juez Ricardo Bonazzola, a pedido de las partes, resolverá sobre los planteos de competencia y nulidad realizados por el defensor de los empresarios Miguel Cullen, acompañado por el defensor de Treppo, Germán Coronel.

Cullen explicó que la Justicia entrerriana no es competente para determinar si hubo o no delito, por ser el gobierno nacional el propietario de los fondos originales previstos para la obra. “Nación nunca pierde la propiedad del bien, el dinero tenía un fin determinado y si no se realizaba, debía ser reintegrado”, explicó. Para el abogado defensor de los empresarios, el ámbito de investigación de probables delitos en esta obra es el de la Justicia Federal.

Además, Cullen señaló que en este caso “hay una víctima o un responsable” en el gobierno nacional porque desde un Ministerio se aprobó una obra, presuntamente con sobreprecios y sin ningún tipo de control. “En el expediente están las certificaciones de obra enviadas a Nación, respecto a la cuenta específica que se abrió por este programa”, acotó el abogado Coronel para explicitar que el control estaba en manos del gobierno nacional.

El abogado también pidió la nulidad de las imputaciones porque no fue debidamente detallada por parte del MPF. “Pareciera ser que las causas complejas son la excusa para que no se detalle una imputación y las personas tienen el derecho a defenderse de una imputación detallada independientemente de la complejidad”.

La defensa de Treppo no había planteado anteriormente la incompetencia, pero decidió acompañar tras escuchar el alegato de Cullen.

Por su parte, la fiscalía alega el rechazo al planteo y pide que el magistrado se encuentre competente y se eleve a juicio la causa. Badano aseguró que el delito investigado fue cometido en territorio provincial y por personas que son habitantes locales: “Tanto los funcionarios como los empresarios son de acá”, describió.

Además, comenzó a enumerar una serie de fallos de Corte Suprema de Justicia para demostrar, a través de puntos de contacto con este hecho, que la existencia y el marco de un programa federal que se financie con fondos de Nación no implica que sea la Justicia nacional la que intervenga, sino que es jurisdicción cada una de las provincias. “El punto de contacto es si los fondos fueron transferidos o no a la provincia o al municipio. En este caso, los fondos fueron transferidos a la cuenta del Municipio de Seguí”, explicó.

El MPF citó sentencias de Juzgados de Garantía de la provincia, respecto a causas similares como la del asfaltado en Santa Elena, enmarcadas en el mismo programa nacional. Allí, el Poder Judicial entrerriano se declaró competente a la hora de dirimir sobre la presunta comisión de delitos cometidos con fondos nacionales.

“El análisis del hecho se hace de manera global, el objetivo de la maniobra era apartar los fondos públicos del Municipio de Seguí que era el que había recibido el dinero. Por lo tanto, entendemos que habiéndose acreditado que los fondos de Nación fueron transferidos al Municipio, es la municipalidad la perjudicada por el hecho imputado, sin perjuicio que existan instancias de contralor de Nación”, señaló.

Por su parte, Bogiovanni se refirió a los pedidos de nulidad de las defensas y solicitó a Bonazzola el rechazo de dichos planteos: “Limitar la validez o no de una imputación a la terminología utilizada es arbitrario”.

“Aún para el caso de que se considere que una imputación es defectuosa, el Código Procesal Penal prevé una solución específica que no es la nulidad, sino que se debe designar detalladamente cuales son los defectos que se advierten en una acusación, disponiendo un plazo razonable para realizar la corrección”, explicó el fiscal. 

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