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Diario El Argentinoviernes 19 de abril de 2024
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La Sala Penal del STJ confirmó la condena de Canosa por negociaciones incompatibles

La Sala Penal del STJ confirmó la condena de Canosa por negociaciones incompatibles

Juan José Canosa ayer en la audiencia donde se confirmó su condena por corrupción. (Foto: Gentileza Análisis).


La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ), rechazó ayer el recurso de queja articulado por los abogados José Pérez y Raúl Barrandeguy, en carácter de defensores técnicos del ex titular de Sidecreer, Juan José Canosa.

 

La resolución fue en el marco de la causa “Canosa, Juan José - Negociaciones Incompatibles con la Función Pública S / Recurso de queja”. 

El fallo de la Sala Penal, conformada por Miguel Ángel Giorgio, Claudia Mizawak y Martín Carbonell, confirma la resolución de la Cámara de Casación Penal, que denegó la impugnación extraordinaria oportunamente deducida contra la resolución del mismo Tribunal que rechazó el Recurso de Casación interpuesto contra la sentencia del 12 de setiembre de 2018 dictada por el Tribunal de juicio y Apelaciones, integrado por los vocales Alejandro Grippo, Alejandro Cánepa y Gustavo Pimentel.

Canosa fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento condicional con más inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la función pública.

 

Fundamentos de sentencia

 

En el análisis del planteo realizado por la defensa de Canosa, el vocal Miguel Ángel Giorgio concluyó que “la decisión contra la cual se deduce el recurso cuya denegatoria se intenta revertir, resulta ajustada a la norma de rito específica que establece las condiciones de admisibilidad del recurso intentado, por lo que se constata así correctamente denegada la impugnación extraordinaria interpuesta por la defensa. Por consiguiente, la queja articulada se revela como manifiestamente improcedente y debe ser rechazada”.

En su voto, Mizawak entendió que los abogados de Canosa “no formulan una crítica de aquellos fundamentos en que se apoya el pronunciamiento denegatorio de la impugnación extraordinaria que se pretende revertir y se limitan a exponer sus propias convicciones acerca de cómo debió resolverse la cuestión y reiteran los planteos que sustentan su teoría del caso, pero no aportan argumentos susceptibles de descalificar las razones invocadas por la Cámara de Casación para decidir, demostrando el error de la denegatoria en crisis, lo que implica un insalvable obstáculo para abordarla por esta Alzada”.

En tanto Martín Carbonell manifestó su adhesión a la solución propuesta por Giorgio y Mizawak.

 

La condena                               

 

El ex presidente de Sidecreer fue condenado en septiembre de 2018 a tres años de prisión, de cumplimiento condicional. También fue inhabilitado especialmente para ejercer cargos públicos, de manera perpetua.

El tribunal que arribó a la sentencia en primer término estuvo compuesto por Alejandro Grippo, Gustavo Pimentel y Alejandro Cánepa. Los jueces de primera instancia, coincidieron con la hipótesis fiscal en cuanto a la condición de Canosa como funcionario público. Ese fue un punto clave de discusión en el debate, porque Canosa terminó condenado por negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.

La Fiscalía había pedido 5 años y medio de prisión al entender que mientras fue presidente de la tarjeta con participación mayoritaria de dos empresas del Estado provincial (Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social -IAFAS- e Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos -IAPSER-), Canosa incurrió en un delito por beneficiar con contratos a empresas de familiares y amigos.

Puntualmente, la acusación pública le achacó al abogado tres hechos:

1) Desde el 21 de diciembre de 2007 hasta el 10 de diciembre de 2015, siendo presidente del Sistema de Crédito de Entre Ríos (Sidecreer SA), Canosa compró insumos informáticos a su cuñada Alicia Susana Cuestas (pareja de Carlos Alberto Canosa); la hermana de ésta, María José Cuestas; y a su esposo, Diego Aníbal Urba, a través de la firma Excelcom S.A.

2) Desde el 21 de diciembre de 2007 hasta el 10 de diciembre de 2015 Canosa dispuso la compra de indumentaria a Mirta Graciela Gueler, suegra de su hermano, Carlos Alberto Canosa, a través de la firma Texmer.

3) Desde el 21 de diciembre de 2007 hasta el 10 de diciembre de 2015 Canosa contrató con la empresa constructora “JDR Construcciones”, de José Daniel Romero quien se encuentra casado con María del Carmen Paul, hermana de la madre del ex titular de Sidecreer, a fin de realizar distintas obras de construcción, electricidad, pintura y/o carpintería.

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