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Diario El Argentinojueves 28 de marzo de 2024
Policiales

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CAUCE y FARN se presentaron como “Amigos del Tribunal” en la causa por quemas en el Delta

CAUCE y FARN se presentaron como “Amigos  del Tribunal” en la causa por quemas en el Delta

Avanza la causa por los incendios intencionales en zona de islas del Delta entrerriano.


La Fundación CAUCE: Cultura Ambiental - Causa Ecologista, y Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) presentaron al juez Federal de Paraná un escrito bajo la figura de “Amigo del Tribunal” (Amicus curiae), en la causa por la quema en las islas del Delta entrerriano en la que se investiga la responsabilidad de propietarios y arrendatarios de los campos quemados.

 

Entre los argumentos del pedido, ambas organizaciones, fundamentaron que han trabajado en forma individual y colectiva, en forma extensa, la problemática de la subsistencia tanto de los bosques nativos como de los humedales y poseen un interés directo en las distintas cuestiones relacionadas con la preservación del ambiente, el desarrollo sustentable, y las graves consecuencias que puedan derivarse de una mala gestión de los recursos, lo que las motiva a emitir opinión al respecto.

CAUCE y FARN señalaron que la finalidad de esta presentación -que cuenta con 43 fojas en las que se brindan consideraciones de hecho y de derecho- es la de brindar elementos de jurídicos útiles, que serán trascendentales para la decisión del caso en el que se debaten asuntos que resultan de relevancia institucional y de interés público.

La acción preventiva de daño ambiental de incidencia colectiva, a la que refieren CAUCE y FARN, fue interpuesta por la Asociación Civil Cuenca Río Paraná contra: Baggio, Rubino Pablo; Vignale, Enzo Federico; Vicenti José María; Mariani, Enzo Rómulo; Bema Agri BV Sucursal Argentina y Jorge R. Casals Sociedad en Comandita por Acciones; Croatto, Marco Antonio, Muro, Eduardo Luis y Stenner, Martín Esteban, todos ellos en su calidad de propietarios o arrendatarios de los campos quemados y por la responsabilidad sobre sus dependientes, y/o contra las personas que resulten responsables de la acción de quema de las islas del Delta del Paraná y/o los propietarios de los campos quemados y/o endicados, todo ello con fundamento en el daño ambiental generado y el que se pretende prevenir.

Se planteó también la necesidad de diseñar y ejecutar un plan de recomposición ambiental cuya ejecución deberá contar con un estricto control judicial. Asimismo, se solicitó se condene a los demandados al pago de la indemnización sustitutiva prevista en el Artículo 28° de la Ley N° 25.675 y al pago de indemnización por daño punitivo, conforme consolidada jurisprudencia.

Además, la cautelar presentada para que se suspendan y cesen todas las actividades de quema y/o endicamientos en las zonas de islas del Delta del Paraná, tuvo resolución favorable a partir de la providencia del 1° de julio de 2020.

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