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Gualeguaychú adhirió a la rehabilitación de actividades deportivas y culturales

Gualeguaychú adhirió a la rehabilitación  de actividades deportivas y culturales

En la tarde de ayer, el Departamento Ejecutivo Municipal recibió dos resoluciones mediante las que el intendente Esteban Martín Piaggio dispuso que vuelvan a trabajar los comercios alcanzados por ellas.


La resolución del Ministerio de la Producción establece que se vuelva a habilitar la práctica de deportes en gimnasios y clubes cumpliendo determinados requisitos, así como la realización de talleres y academias de danzas con máximo de personas en espacios cerrados y abiertos.

Desde el Municipio se informó que el intendente ya dispuso su aplicación para que se pueda retomar el trabajo de estos sectores cuánto antes.

 

Deportes

 

La Resolución 1261 indica que “resulta adecuado que estén habilitados los entrenamientos en los distintos clubes e instituciones, siempre y cuando los mismos se realicen en forma institucionalizada y con un instructor a cargo del cumplimiento de los protocolos; y riesgo epidemiológico de propagación del virus, es necesario establecer un tope horario, de personas que desarrollen la actividad deportiva y porcentaje de aforo de ocupación en espacios cerrados.

También considera la necesidad de “reducir la circulación y el contacto de personas”, oportunamente se decidió “suspender las competencias deportivas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, entre deportistas y equipos de distintas instituciones, salvo las habilitadas a nivel nacional”.

En ese marco, ahora se resolvió en el Artículo 1°, lo siguiente: “Suspéndase la competencia deportiva, tanto en espacios cerrados como al aire libre, entre deportistas y equipos de distintos clubes e instituciones, hasta el día 21 de mayo del 2021, inclusive, salvo las habilitadas por organismos u organizaciones nacionales”.

Artículo 2°: Permítase el entrenamiento y práctica deportiva en clubes y espacios a fines con un tope máximo de quince (15) personas en espacios cerrados y de treinta (30) en espacios abiertos.

En el Artículo 3° se indica: “El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas y de los espacios cerrados de gimnasios se reduce a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada. debiendo estar adecuadamente y dando cumplimiento a correspondientes protocolos, ventilados en forma constante las exigencias previstas”.

Y en el Artículo 4° se indica que “la actividad deportiva podrá desarrollarse en clubes,

instituciones y espacios afines, entre las 6 y 23 horas de cada día”.

 

La Resolución 1262

 

Por su parte, en la Resolución 1262 refiere a que “los servicios que brindan los cines, teatros, centros culturales y otros establecimientos afines, son actividades a su vez económicas y comerciales, por lo que tendrán que funcionar bajos los respectivos protocolos aprobados y restringiendo el uso de las superficies cerradas, como máximo, al treinta por ciento (30 %) de su capacidad”.

“Que cuanto a la realización de manifestaciones culturales en espacios al aire libre, las mismas podrán llevarse a cabo con un máximo de veinte (20) personas, con tope horario de las 20 horas en espacios públicos y de las 23 horas en espacios privados”.

 

Así ahora se autoriza “la realización de talleres artísticos y academias de danzas con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 en espacios abiertos, cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados”.

Se establece que “el coeficiente de ocupación de las superficies cerradas y los espacios cerrados de cines, teatros, centres culturales y otros establecimientos afines se reduce a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada”.

Por último, se establece que “las actividades culturales podrán desarrollarse entre las 6

y 23 horas de cada día, a excepción de las que se lleven a cabo en paseos públicos que tendrán la limitante de las 20 horas”.

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