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Opinión

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La consagración de las PASO

La consagración de las PASO

Desde el 8 de agosto los partidos políticos tiene publicidad en TV y radio.


El 14 de agosto de 2011 tuvieron lugar, por primera vez, las primarias abiertas, Simultáneas y obligatorias (PASO) establecidas por la Ley 26.571, sancionada el 2 de diciembre y promulgada el 11 de diciembre de 2009.

 

Por Alejandro Tullio (*)

 

Durante estos diez años muchas voces se alzaron para cuestionar este procedimiento de selección de candidaturas y habilitación de agrupaciones políticas. Tantas como las que este año se escandalizaron ante la posibilidad de su supresión.

Se las descalificó con una severidad que revelaba una carga subjetiva contra el gobierno que las propuso y las mayorías que las votaron.

Si bien su utilización por las agrupaciones políticas para seleccionar candidaturas fue escasa, cuando se las uso, se lo hizo estratégicamente. La izquierda, caracterizada por una tradición centrífuga, logró resolver las formas de agruparse en frentes que les dieron mayor visibilidad y finalmente, mayor presencia legislativa. La oposición al gobierno de entonces, en 2013 formó la alianza UNEN en CABA y fue el ensayo de lo que sería Cambiemos en 2015.

Por otro lado, las PASO actuaron como eficiente ordenador de la oferta electoral, reduciendo un nivel de fragmentación que atentaba contra la racionalidad de las contiendas electorales.

Pero como uno de los involucrados en la organización de aquellas elecciones, debo señalar que una lección importante que ha pasado desapercibida.

En los 20 meses entre la sanción de la Ley y su implementación hubo que generar procedimientos, calcular recursos, capacitar personas y adecuar estructuras institucionales; además de diseñar y sancionar una serie de reglamentos como los Decretos 938 de 2010, 443, 445 y 492 de 2011 relacionadas con muchos aspectos de le nueva Ley.

Hay que recordar que no hubiera sido éticamente correcto ni políticamente viable haber establecido la obligatoriedad de una elección preparatoria, como son las PASO, para agrupaciones y ciudadanos sin resolver los obstáculos que la contratación de espacios en medios de comunicación constituía para todas las formaciones políticas, pero especialmente para aquellas con menor capacidad de recaudación financiera privada.

Por esa razón la Ley 26.571 incrementa los aportes financieros de campaña, establece un aporte específico para la impresión de boletas de votación y el mencionado Régimen Público de Publicidad Electoral.

La Ley y estas normas no se limitan a las PASO sino que regulan desde la manera de reincorporar a los detenidos desaparecidos al padrón electoral, como testimonio de una ausencia consecuencia de crímenes de Estado; la transmisión electrónica de datos entre Renaper y la Justicia Nacional Electoral; las normas para la confección de boletas electorales en las PASO y las Generales, con la incorporación de colores y fotografías de los candidatos; el formato de los nuevos padrones con fotografía, espacio para firmar y un comprobante de votación individualizado o, como dijimos, la reglamentación del Régimen Público de Publicidad Electoral.

 

(*) El autor de este artículo es abogado, profesor de Derecho Electoral y titular de la Dirección Nacional Electoral entre 2001 y 2016.

 

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