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Diario El Argentinoviernes 29 de marzo de 2024
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Conflicto en Rentas: el Ejecutivo desconoce a ATM “para negociar condiciones laborales”

Conflicto en Rentas: el Ejecutivo desconoce a  ATM “para negociar condiciones laborales”

Autoridades del gobierno local se presentaron ante la secretaría de Trabajo desconociendo la legitimación de la Asociación de Trabajadores Municipales (ATM) para impulsar medidas de acción directa y negociar condiciones laborales.


Durante la mañana de ayer –y como estaba previsto-, los trabajadores de Renta Municipal, que el martes 17 de agosto comenzaron con asamblea en el lugar de trabajo de dos horas y media en reclamo de un adicional, participaron de una audiencia virtual con la Secretaría de Trabajo de la provincia, quien media en el conflicto. 

Al mismo tiempo, la Dirección de Legales de la Municipalidad se presentó con un escrito en la delegación de Trabajo local con el objetivo de informarle que ATM no tiene personería gremial para iniciar acciones de este tipo.

Entre los puntos establecen que: -La  medida de acción directa, cuya legitimidad cuestionamos,  comenzó el día 17/08/2021 cuando se había ya  notificado  el mismo 17/08/2021 por parte de la Dirección de Personal a los  empleados y empleadas de la Dirección de Rentas que llevan adelante la medida,  la respuesta   a su pretensión, desestimando el pedido de incremento con carácter remunerativo a un cien (100%) sobre el sueldo básico del “Adicional por Función Rentas” y que el mismo sea retroactivo al mes de julio 2020.

 Que, si bien la respuesta ofrecida fue contraria a las pretensiones de los empleados de la Dirección de Rentas, lo cierto es que la misma fue notificada con anterioridad a la toma de medidas de acción directa que se habían anunciado con fundamento precisamente en la falta de respuesta de nuestra parte,  por lo que la implementación de la misma deviene absolutamente injustificada.

 II.- En cuanto a la intervención en este conflicto colectivo de naturaleza salarial,  ATM) al carecer de personería gremial en el ámbito territorial y personal de la Municipalidad de Gualeguaychú, no se encuentra habilitada legalmente para hacer este tipo de reclamos  que claramente se enmarcan  en las previsiones del artículo 31 inc c) de la ley 23.551, puesto  que se trata de negociaciones colectivas reservadas exclusivamente a las asociaciones  sindicales con personería gremial, por lo que nos vemos obligados a desconocer la legitimidad de la representación que invocan en representación de los trabajadores Municipales del área de Rentas.

 III.-Que  sin perjuicio de ello,  también debemos enfatizar, que la medida de acción directa  adoptada por parte del personal de la dirección de Rentas  “representados” por ATM  resulta ilegítima pues se ha infringido lo establecido por el artículo 2º de la Ley 14.786, en cuanto establece que: “…Suscitado un conflicto que no tenga solución entre las partes, cualquiera de éstas deberá, antes de recurrir a medidas de acción directa, comunicarlo a la autoridad administrativa, para formalizar los trámites de la instancia obligatoria de conciliación”.

“Que, tal como lo hemos expuesto en la nota que oportunamente notificamos a los trabajadores, esta administración municipal, ratifica su reconocimiento al derecho constitucional de huelga de sus trabajadores y jamás se opondría a la realización de ámbitos asamblearios de los mismos, siempre y cuando se realicen en el marco de la legalidad y no encubran otro tipo de medidas como la suspensión de actividades y la afectación directa de los servicios de la Dirección de Rentas”.

Y el escrito agrega: “Tampoco nos hemos negado a dialogar con los empleados, sino todo lo contrario. Desde la Dirección de Personal hemos mantenido reuniones con el personal de la Dirección de Rentas, siendo ese el ámbito natural para hacerlo, donde además instamos a continuarlas en el marco del respeto y de la legalidad; y entendemos los empleados han adoptado las medidas que cuestionamos, no han observado”.

 

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