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Diario El Argentinojueves 25 de abril de 2024
Policiales

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Dos condenas por hechos de violencia, pero con prisión de ejecución condicional

Dos condenas por hechos de   violencia, pero con prisión  de ejecución condicional

El 3 de septiembre fue condenó a Marcos Ricardo García (de 25 años, con domicilio en Ceibas y sin antecedentes), a la pena de nueve meses de prisión de ejecución condicional, por los delitos de desobediencia judicial, y lesiones leves agravadas por el vínculo y por violencia de género.


García reconoció su participación en los hechos imputados, y tanto el fiscal Gastón Popelka como el defensor Eduardo Sánchez Elgue le comunicaron al juez de Garantías N° 1, Tobías Podestá, que renunciaron a los plazos de impugnación, la sentencia quedó automáticamente firme.

eEl 17 de diciembre de 2020, minutos antes de las 8:30, García envió mensajes de WhatsApp a una joven con la que había mantenido una relación de pareja, desobedeciendo de esa manera las órdenes de restricción de acercamiento y comunicación que le habían sido impuestas como medidas excepcionales el 7 de septiembre del año pasado por el Juzgado Multi Fuero de Villa Paranacito.

A su vez, el 22 de diciembre de 2020, siendo aproximadamente las 16:45, mientras caminaba por la colectora Los Laureles de Ceibas, en una zona despoblada, acompañado por su novia (no la joven del primer hecho), comenzaron a discutir y García la agarró de los pelos y le pegó una trompada en la nariz, lo que la hizo caer al suelo. La tomó del cuello y continuó pegándole patadas en los tobillos, provocándole traumatismo contuso en región nasal con epistaxis y hematomas en ambas rodillas, lesiones que fueron constatadas por la doctora María Alejandra Suhr ese mismo día a las 17 horas.

Además de la condena de ejecución condicional, García deberá observar una serie de reglas de conducta por dos años y seis meses, pese a su antecedente de haber desobedecido restricciones impuesta por la Justicia.

Y lo otro que es necesario aclarar, es que para que se tenga por “no pronunciada” su condena, el condenado no deberá cometer delitos por cuatro años. Si comete un nuevo delito, cumplirá los nueve meses de prisión de manera efectiva, más el tiempo que se fije por el nuevo hecho delictivo, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 27° del Código Penal.

Por último, con esta condena se registra en la jurisdicción la número 23 en lo que va del año por hechos de violencia de género.

 

Segunda condena

 

La segunda condena se registró el 1° de septiembre y también es de ejecución condicional (aunque en este caso no se consignó el tiempo de la misma) contra un hombre domiciliado en Ibicuy, de 39 años y sin antecedentes, por el delito de lesiones leves.

Tanto el fiscal Gastón Popelka como el defensor Eduardo Sánchez Elgue renunciaron a los plazos de impugnación y, en consecuencia, la sentencia firmada por el juez Podestá quedó firme.

El 7 de diciembre de 2020, siendo alrededor de las 21:50, en las afueras de la verdulería que gira bajo la razón comercial “Las 4 Esquinas”, ubicada en la intersección de avenida Manuel Belgrano y San Martín, de Ibicuy, comenzó una riña entre el imputado, su hermano y el dueño del local.

En ese momento se intervino la hija del comerciante, con el fin de separarlos, quien es agredida por el condenado. El agresor le propinó un golpe de puño en la cara, con el que cayó al suelo, quedó tirada en la vereda y en esa situación le pegó patadas en el cuerpo, causándole las siguientes lesiones: “céfalo hematoma en región temporal derecha y occipital izquierda, y excoriaciones en cara interna del labio superior”, de acuerdo al parte médico oficial.

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