Secciones
Diario El Argentino
Secciones
Diario El Argentinoviernes 29 de marzo de 2024
Nacionales

.

El gobierno oficializó la ley de alivio fiscal

El gobierno oficializó la ley de alivio fiscal

La ley incluye beneficios para contribuyentes cumplidores.


El Gobierno promulgó ayer la Ley de Alivio Fiscal, destinada a fortalecer la recuperación económica y social, a través de su publicación en el Boletín Oficial.

El proyecto había sido sancionado en forma unánime por los bloques mayoritarios del Congreso el 28 de octubre último.

Ahora la AFIP tiene tiempo para reglamentarla hasta el 21 de noviembre próximo.

La iniciativa busca fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el Covid-19.

Con ese propósito ofrece políticas de alivio en materia fiscal para entidades sin fines de lucro, micro y pequeñas empresas y personas humanas consideradas pequeños contribuyentes.

La Ley 27.653 establece la condonación total de deudas vencidas hasta agosto último, por un monto total inferior a $100.000, para entidades religiosas, cooperativas de trabajo y escolares, incluyendo las inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.

También alcanza a entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV) previsto por la ley 25.054, a bibliotecas populares, clubes de barrio y entidades civiles de asistencia social, caridad, beneficencia, literarias y artística, así como aquellas organizaciones y asociaciones sin fines de lucro de pueblos originarios y las relacionadas con el fomento rural.

De igual manera, condona deudas de micro, pequeñas y medianas empresas y contribuyentes pequeños que deban menos de 100.000 pesos.

En otro punto se destaca la rehabilitación y ampliación de la moratoria para la salida del anterior plan de facilidades, tomando en cuenta la deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020, al tiempo que se incluyen las deudas al 31 de agosto último.

Además, como incentivo para que los contribuyentes accedan a esta iniciativa se suspenden las acciones penales tributarias y penales aduaneras en curso, al tiempo que se interrumpe la prescripción penal en determinados casos.

La norma prevé planes de pago que tendrán un plazo de hasta 36, 60 y 120 cuotas, según el tipo de deuda o contribuyente.

 

 

    ComentariosDebés iniciar sesión para poder comentar