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Diario El Argentinosábado 20 de abril de 2024
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El intendente de Gilbert está imputado “de abuso sexual simple agravado por violencia laboral”

El intendente de Gilbert está  imputado “de abuso sexual simple  agravado por violencia laboral”

La Justicia imputó al intendente de Gilbert, Ángel Fabián Constantino, por hechos de abuso sexual más violencia laboral como agravante, y fue denunciados por tres mujeres. Además, el jefe comunal violó la restricción perimetral contra una víctima, pero igualmente sigue en libertad y trabajando en el Municipio de Gilbert.


El intendente de Gilbert, Ángel Fabián Constantino, está acusado de abuso sexual por tres hechos y de lesiones leves por golpear a un empleado municipal.

Una de las víctimas es una empleada municipal de Gilbert. La mujer debió pedir licencia de trabajo, mientras el intendente sigue en libertad y en funciones en esa comuna municipal.

La fiscal a cargo de la investigación, Martina Cedrés, expresó que “en el caso que la víctima volviera a trabajar vamos a solicitar que se garantice el derecho laboral”.

Además, recordó que “Constantino también le exhibió su miembro a otra señora, pero no se pudo iniciar una causa porque el acoso no está tipificado en el Código Penal”.

La primera denuncia por abuso fue radicada en 2018, las otras dos se concretaron este año. Del testimonio de las víctimas se desprende que los hechos se dieron en lugares y momentos diferentes, publicó El Diario de Paraná.

El 10 de noviembre se le imputaron tres hechos de violación con acceso carnal y se le tomó declaración. “Realizó un descargo manteniendo su inocencia en relación con los hechos que se le atribuyen”, aclaró la fiscal Cedrés.

El intendente fue detenido por 24 horas el jueves 26 de agosto, luego de violar medidas de restricción. Según trascendió se acercó a una de las víctimas y circuló a menos de 200 metros, lo que tenía prohibido previamente.

Luego de ese hecho, Constantino volvió a quedar en libertad, con restricciones hacia la víctima, pero autorizado para salir del país y sin la necesidad de presentarse a la Justicia para justificar que salió de su localidad.

Cedrés aclaró que “no es una agravante que sea intendente y viole una medida de restricción, durante la investigación sólo podemos pedir la prisión preventiva si está latente el peligro de fuga y el riesgo de entorpecimiento”.

La fiscal reiteró que “necesitamos un riesgo concreto y verificado, hasta el momento entiendo que no se ha presentado. No podemos pedir una medida irracional al juez, porque no va a dar lugar”, acotó.

 

Pruebas

 

En el marco de la investigación por “abuso sexual simple agravado por violencia laboral”, y las de violencia de género, se logró obtener el testimonio de seis personas.

“Hay testigos que exponen situaciones que no están tipificadas dentro del Código Penal, pero sí se sostiene una mayor similitud y refuerzan el relato de las víctimas”, dijo la fiscal en declaraciones publicadas por El Diario de Paraná. Y aclaró que “no tenemos ninguna evidencia de que las denunciantes hayan mentido o fabulado el relato”.

Cedrés aclaró que no se realizó ninguna constatación médica sobre las víctimas, porque “sólo se solicitan en hechos agudos no en casos donde las denuncias se radicaron después de las 72 horas”. Pese a ello, restan conocer resultados de pericias psicológicas y psiquiátricas que pueden dar pautas del daño que pudo o no haber quedado en las víctimas.

 

Pericias

 

La localidad de Gilbert, ubicada al Norte del Departamento Gualeguaychú, tiene 1.097 habitantes, según el último censo realizado en 2010. Con los pocos habitantes que hay en el lugar, hay probabilidades que el acusado viole las medidas de restricciones nuevamente.

Al respecto, la fiscal aseguró que “en ese caso no habrá ninguna consideración y se lo detendrá con prisión preventiva”. Y agregó que “hay un volumen de causas importante en donde los acusados están en libertad, por eso amerita que nosotros pidamos fundadamente una prisión preventiva domiciliaria o efectiva”.

Los delitos que se le endilgan al jefe comunal tienen una pena de prisión efectiva de prisión, con una mínima de diez años y una máxima de quince años. El avance de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) dependerá ahora de las pericias pendientes.

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