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Diario El Argentinoviernes 29 de marzo de 2024
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Caso Gustavo Rivas: La Sala Penal del STJ rechazó la impugnación extraordinaria

Caso Gustavo Rivas: La Sala Penal del STJ  rechazó la impugnación extraordinaria

    


La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió rechazar la impugnación extraordinaria interpuesta por Gustavo Rivas contra la sentencia de la Sala N°2 de la Cámara de Casación Penal dictada el 18 de noviembre de 2021 y ordenó que se lo condene por otros 7 hechos más.

De tal manera el  máximo organismo judicial de Entre Ríos falló en contra de Gustavo Rivas y la causa quedó a un paso de llegar a la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

La resolución conocida es el resultado de la audiencia realizada ante la Sala Penal en abril pasado, que fuera  presidida por la vocal Claudia Mizawak y los vocales Daniel Carubia y Bernardo Salduna, participando presencialmente de la misma  el defensor de Rivas, el abogado Raúl Jurado, y virtualmente lo hicieron el fiscal de Gualeguaychú Lisandro Beherán, y las partes querellantes, los abogados María Estela Esnaola y Alfredo Vitale.

Los votos mayoritarios fueron de la vocal Claudia Mizawak y el vocal Bernardo Salduna quienes entendieron que en este caso se está ante la comisión de hechos extraordinariamente graves, recaídos sobre víctimas menores de manera sistemática, y que los mismos no encontraron el cuidado y la respuesta que por tal condición merecían de parte de las autoridades estatales que los tenían a su cargo (en algunos de los casos) o por parte de los padres (en otros de los supuestos), viéndose afectada la tutela judicial efectiva que establecen las Convenciones protectoras de la minoridad.

El voto en disidencia parcial, fue el del vocal Daniel Carubia que postuló confirmar el fallo en lo que respecta a la condena por el primer hecho, y revocarlo en relación a lo dispuesto en relación a los otros siete hechos, sobre los cuales entendió que cabía dictar el sobreseimiento por prescripción de los mismos.

 

Nuevos pasos judiciales

 

Eso significa que "ahora habrá que fijar una nueva pena para esas 7 denuncias porque el Tribunal de Gualeguaychú consideró probados esos hechos y por ende hay que disponer la cantidad de pena", puntualizó a R2820 el fiscal coordinador Lisandro Beherán.

Por su parte, el querellante en la causa, el abogado Alfredo Vitale, señaló que "si el acusado no interpone un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de la Nación quedará firme esta sentencia y se deberá conformar un Tribunal para determinar la pena en conjunto por 8 hechos".

Se suma a esto lo manifestado por la doctora Estela Esnaola, otra de las abogadas representante de las víctimas de los delitos de abuso sexual, promoción a la prostitución y corrupción de menores, quien precisó que "al rechazarse la impugnación extraordinaria presentada por Gustavo Rivas quiere decir que sigue firme la sentencia de la Cámara de Casación de Concordia".

Estimó también la letrada que el condenado "seguramente apelará este fallo para ir a la Corte, pero este fallo vuelve a refrendar lo que planteamos en el juicio", en referencia a que tanto la Fiscalía como los querellantes siempre alegaron que los delitos de índole sexual no prescriben a pesar del paso del tiempo.

 

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