Provinciales

Una causa contra Montiel prescribió y en otra tampoco hubo delito

27/10/08 |Entre Ríos es una provincia apta para el funcionario que funciona de manera irregular, porque las denuncias por corrupción siempre encuentran a una Justicia lenta, que cuando actúa es para prescribir la causa y así dejar en la impunidad a los involucrados.

Ahora, la Justicia dictó la prescripción en una causa que se había iniciado en 2004 contra el ex gobernador Sergio Montiel por el delito de violación de los deberes de funcionario público. La denuncia fue formulada porque no se había publicado ?como es de rigor- en el Boletín Oficial la ley que declaró nulo el fideicomiso con el Banco de Entre Ríos para el cobro de impuestos atrasados. La demanda había sido impulsada por la Fiscalía de Estado a raíz de que la propia Legislatura consideró que dicho convenio era ?lesivo? para la Provincia. Sin embargo, la Sala I de la Cámara del Crimen compartió el criterio del fiscal Juan Carlos Almada, y dispuso la prescripción. Aquí no ha pasado nada de nada y todo sigue igual. Otro dato que es común: cuando los involucrados ?siempre altos funcionarios- deben dar explicaciones a la Justicia, se enferman. Esto pasó con el ex gobernador radical, que en los dos últimos años evitó declarar en la causa, alegando siempre problemas de salud. Y como los tiempos siguen su marcha indefectible, ahora la Justicia dispuso su prescripción. Es muy probable, como ocurre siempre, que ahora Montiel reaparezca muy sano de salud. El delito que se le imputaba a Montiel era por omisión de los deberes de funcionario público, que es un delito formal y doloso. Es delito formal porque sencillamente no estaba la ley publicada en el Boletín Oficial, caso contrario, Montiel la hubiera exhibido como prueba suficiente. Pero eso no es todo: el Artículo 248 del Código Penal establece una condena para el delito de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público. Textualmente se dice que ?será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, al funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere?. Pero como el citado Montiel nunca fue a declarar porque siempre estuvo enfermo; la Sala I de la Cámara del Crimen consideró que expiró el plazo de dos años e hizo prescribir la causa. No hay responsables. Así funciona la Justicia ante los poderosos. # No hubo delito En junio de 2005, pleno gobierno de Jorge Busti, se conoció gracias a la prensa que se habían quemado cinco toneladas de alimentos en un galpón del Ejército que usaba el área de Acción Social y que debía ser distribuido entre los más necesitados. La quema de esos alimentos fue una resolución de la ex ministra de Acción Social, Graciela López de Degani; pero la Justicia dictaminó que no hubo delito en esa quema. La notificación de la Justicia llegó al Gobierno el 14 de octubre, y el Ejecutivo está analizando qué estrategia legal seguir, aunque el camino más probable es que se inicie una demanda civil para recuperar lo perdido, y además se sustancie un sumario administrativo a los involucrados, y se les aplique una sanción disciplinaria. Lógico, que ese camino es para una provincia donde no reine la impunidad. La quema de estos alimentos se articuló porque se dejaron vencer las partidas y nunca se distribuyeron entre los más necesitados en tiempo y forma; además de otros alimentos que se estropearon porque se los había ?apilado? o estibado de manera deficiente. El depósito estaba a cargo de Hugo Alberto Musto, empleado de Acción Social. Y por este hecho, el entonces gobernador le pidió la renuncia a la ministra López de Degani y separó de sus funciones a Musto; y ordenó realizar ?una vaquita? entre sus funcionarios para reponer las pérdidas: en total recaudaron por las cinco toneladas de alimentos desperdiciadas, la módica suma de 35 mil pesos. Para la Justicia, los involucrados no son responsables y les dictó el sobreseimiento. Primero fue el juez Gustavo Maldonado, que en el 2006 firmó el sobreseimiento para López de Degani y para Musto, en la causa carataluda ?López, Graciela Delia s/Incumplimiento de los deberes de funcionario público?. Luego, la Sala I de la Cámara Primera del Crimen, en julio de 2007, convalidó el sobreseimiento de primera instancia, que luego la Oficina Anticorrupción y Etica Pública presentó en casación ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ). En octubre del año pasado, el STJ hizo lugar a esa acción, y ordenó a la Cámara revisar lo actuado. Ahora, la Sala II confirmó los sucesivos sobreseimientos (el del juez Maldonado y el de la Sala I de la Cámara del Crimen), con lo cual el escándalo por la quema de alimentos queda sin responsables. ¿Qué pasó con los involucrados? Ambos siguen ligados al Estado. López de Degani retomó su cargo de médica de planta en el Hospital San Martín de Paraná, y Musto ?mediante el decreto Nº 956- quedó adscripto a la Cámara de Diputados que preside Jorge Busti.

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