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Diario El Argentinoviernes 29 de marzo de 2024
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Las boletas electorales no mostrarán las imágenes de Kirchner, Perón o Evita

Las boletas electorales no mostrarán las imágenes de Kirchner, Perón o Evita

Las boletas para votar en las próximas elecciones podrán tener colores y fotos de los candidatos, según los decretos reglamentario de la ley de partidos políticos, que también dejaron en el pasado los históricos sellos de agua como el de Perón, Evita, Néstor Kirchner o Raúl Alfonsín.


“Sólo podrán insertarse fotografías de candidatos o candidatas, en colores o en blanco y negro” en las boletas de votación, estableció el decreto 444/11, uno de las tres normas firmadas por la presidenta Cristina Kirchner y publicada en el Boletín Oficial.
Las fotografías “se ubicarán en el tercio central de la boleta” y, según indicó la normativa “no podrán utilizarse imágenes como fondo ni sello de agua”.
Respecto del papel que deberá utilizarse para la confección de las boletas, el mismo será tipo obra, de 60 gramos o un papel sustituto de similar calidad, aunque los gramos del papel no deben diferir “en más o menos, del 15 por ciento”.
El anverso de las boletas podrá tener fondo del color asignado, para lo que los distintos partidos y alianzas podrán solicitar a las autoridades su preferencia, y en el reverso deberá ser blanco, mientras que “la tipografía será de color negro o blanco, a fin de garantizar la mejor legibilidad de la identificación partidaria y de la nómina de los candidatos”, se indicó.
Asimismo, podrá utilizarse “tipografía del color asignado sobre fondo blanco”, pero en cualquier caso “deberá asegurarse que los colores, fotografía y letras no sean visibles en el reverso de la boleta”.
La misma norma, aclara que “por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas” ante la Justicia Electoral, en caso que las boletas “no pudieran presentarse” con el color asignado “podrá utilizarse el blanco y no serán consideradas como boletas no oficializadas”.
Por otra parte, la revisión de los antecedentes penales de los precandidatos para evitar que se postulen represores fue otra de las nuevas modalidades que el Gobierno fijó por decreto para las próximas elecciones.
Así se indicó en el artículo 7, donde se dispone que la Junta Electoral de cada partido solicitare al Registro Nacional de Reincidencia “los certificados de antecedentes penales correspondientes de los precandidatos”.
Con esa medida se pone en marcha una de las modificaciones a la Ley de Partidos Políticos fijada en la última norma de Reforma Política, que determina que no pueden ser candidatos “las personas con auto de procesamiento por genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, hechos de represión ilegal constitutivos de graves violaciones de derechos humanos, torturas, desaparición forzada de personas, apropiación de niños y otras violaciones graves de derechos humanos”.



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