Bromatología realizó controles al transporte de sustancias alimenticias
La Municipalidad viene realizando periódicos operativos de control al transporte de sustancias alimenticias, y del mismo participaron personal técnico de las áreas de Bromatología e Inspección General.
En los controles de transportes se constata que los vehículos reúnan las condiciones exigidas por la normativa vigente; verificando que los alimentos, al momento del transporte, cumplan con las medidas adecuadas para impedir su contaminación y/o adulteración; y la unidad de transporte de alimentos, debe ser cerrada o protegida por algún material adecuado que impida el ingreso de algún contaminante que pueda afectar la carga.
Desde la Municipalidad se destacó que la unidad de transporte de alimentos debe estar debidamente habilitada por los organismos competentes; y en su distribución física, debe estar separada por algún medio físico la cabina de los conductores; asimismo el personal afectado al transporte tiene que contar con la Carnet de Manipulador de Alimentos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 del Código Alimentario Argentino.
La Municipalidad de Gualeguaychú está adherida a la Legislación Nacional en materia de alimentos, a través de la Ordenanza Nº 8001/85; que dispone la vigencia del Código Alimentario Argentino (CAA) en el ejido de la Municipalidad de Gualeguaychú y de las modificaciones que permanentemente se van incorporando en el mismo. Dicho Código Alimentario en su Artículo 154 bis, define a Vehículo o Medio de Transporte de alimentos, a todo sistema utilizado para el traslado de alimentos (productos, subproductos, derivados) fuera de los establecimientos donde se realiza la manipulación y hasta su llegada a los consumidores; siendo la UTA, el o los receptáculos o recipientes (contenedores, carrocerías o cajas, cisternas, etc.) con que cuentan los medios de transporte para el traslado de productos alimenticios.
Los transportistas (persona física o jurídica, que será el receptor transitorio y, distribuidor de alimentos en vehículos) son responsables de la habilitación del medio de transporte, siendo ésta una obligación para poder circular y distribuir alimentos en nuestro ejido municipal. Si bien el trámite de habilitación de un transporte de sustancias alimenticias se inicia en la dirección de Habilitaciones Municipales, son los Inspectores de Bromatología quienes realizan el control condiciones Higiénico Sanitarias del vehículo.
Tal como lo establece la reglamentación vigente en la materia, la habilitación de los medios de transporte tendrá una validez de 1 año, la cual podrá ser revocada por la autoridad competente cuando las condiciones del mismo no sean las reglamentarias. Una vez vencido el permiso, el transporte será nuevamente inspeccionado por los inspectores del Área de Bromatología a fin de renovarlo un año más.
A su vez, en la normativa se establecen distintas exigencias de acuerdo a la naturaleza de los alimentos transportados; así por ejemplo los alimentos que deben conservarse y expenderse congelados, supercongelados o refrigerados deberán transportarse en vehículos provistos de sistemas de conservación con equipos mecánicos de frio y estar provisto de un sistema de lectura de la temperatura interior, que sea preferentemente visible desde fuera; como así también poseer puertas y cerraduras herméticas. Quedando prohibido transportar, conjuntamente con alimentos, todo producto o sustancia que pueda producir un riesgo para la salud, tales como materiales tóxicos o infecciosos, materiales y sustancias corrosivas, productos de limpieza, etcétera.
En ese marco se destacaron dos cuestiones: por un lado, el trabajo diario que es desarrollado en los operativos en distintos lugares, como así también en los puestos sanitarios de ingreso a la ciudad, velando por la inocuidad de los alimentos que ingresan y se distribuyen dentro la misma. Y, por el otro, se solicita a todos los transportistas que no hayan renovado su permiso, que regularicen la situación; a fin de evitar intimaciones y posibles sanciones durante los operativos de transportes.
Asimismo, se recordó la importancia de gestionar la habilitación pertinente a aquellos transportistas que aún no lo hayan realizado, como así también a aquellos que vienen desde otras ciudades vecinas. Quienes tendrán que cumplimentar con lo solicitado por el Código Alimentario Argentino en sus municipios o bien a nivel provincial ante el ICAB (Instituto de Control de Alimentación y Bromatología) dependiente del Ministerio de Producción del Gobierno de Entre Ríos.
Información. Por mayor información comunicarse al teléfono 03446-423399.
Correo electrónico: bromatologia@gualeguaychu.gov.ar, o dirigirse personalmente a la Subdirección de Inspección General (España 423).