El STJ ordenó estudios por contaminación de las aguas subterráneas de Ibicuy, pero sin que se deje de producir
Ante el aumento exponencial de minerales tales como hierro y manganeso en el acuífero Delta Aluvial Formación Isla Talavera, del que se provee de agua cruda la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Ibicuy, el Juzgado Civil y Comercial de Gualeguaychú había hecho lugar a un amparo para que las autoridades gubernamentales realizaran los análisis correspondientes.
La Fiscalía de Estado de Entre Ríos –fiel a su estilo de ir contra el ambiente y el desarrollo sustentable- apeló la medida; y ahora el Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó el fallo de primera instancia, ratificó que se deben efectuar estudios hidrogeológicos, pero sin que las areneras dejen de producir. Primero la producción, después la salud es el paradigma del STJ.
Con fecha 27 de septiembre de 2022, los jueces vocales del STJ, Martín Carbonell, Jorge Alberto Pirovani y Gisela Schumacher, confirmaron con una sentencia el fallo de primera instancia que admitió un amparo que establecía efectuar estudios hidrogeológicos en el agua subterránea del acuífero Delta Aluvial Formación Isla Talavera.
En efecto, el 7 de septiembre pasado, la jueza Suplente en lo Civil y Comercial Nº 2 de Gualeguaychú, Susana Rearden, había hecho lugar parcialmente a una acción interpuesta por la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Ibicuy contra el Consejo Regulador del Uso de Fuentes de Agua (CORUFA) y el Gobierno de Entre Ríos.
En el fallo de Rearden se establecía que en un plazo de 180 días corridos se “realice a través de sus organismos competentes, los estudios hidrogeológicos a fin de conocer acabadamente las características, condiciones, calidad del agua subterránea y dimensión del acuífero Delta Aluvial Formación Isla Talavera”, recordó el portal Era Verde.
Esta cuestión por las aguas subterráneas llegó a tribunales dentro de otra causa judicial que se tramita en el Juzgado Federal de Gualeguaychú. Se comenzó a ventilar dentro de lo que se investiga por la falta de los permisos de las empresas mineras para extracción de arenas silíceas en la región.
En una audiencia llevada adelante el 29 de abril en el Juzgado Federal a cargo de Hernán Sergio Viri, el abogado litigante Ricardo José Luciano, manifestó como parte de una problemática derivada de la explotación de material para fracking, que la Cooperativa de Agua de Ibicuy había efectuado una medición del agua en crudo. Justamente, en un registro realizado en diciembre de 2021, en el caso del material hierro, se había pasado en sus valores históricos de 0,10 mg. por litro a 0,45 mg, “cuatro veces más de lo normal”. Estos valores en junio se duplicaron, contó Luciano al portal Era Verde. También se alertó del aumento en proporción de otros minerales, lo que dio la pauta de una contaminación del agua que, de no resolverse, provocará “un daño irreversible en el recurso hídrico”, y un riesgo de “degradación ambiental” y de la salud de quienes la consumen. Ante la falta de respuestas oficiales, es que se decidió llevar el caso a la Justicia.
Salud en peligro
Fue así que frente al “peligro de (contaminación del) agua y de salud” que puede afectar a los 10.000 habitantes que se provén de la red pública a través de la cooperativa potabilizadora, la jueza Suplente en lo Civil y Comercial Nº 2 de Gualeguaychú ordenó los estudios hidrogeológicos para conocer las características, condiciones y calidad del agua del acuífero, ya que comenzó a constatarse que la calidad del agua sufría modificaciones desde 2019.
Ante esta medida judicial, el fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, apeló la decisión judicial con el argumento que la sentencia en primera instancia “no valoró” que la Cooperativa tiene el poder de “continuar con el trámite administrativo que había iniciado” con la denuncia y no iniciar así una vía judicial.
Carbonell, Pirovani y Schumacher rechazaron el recurso de apelación interpuesto y señalaron que de acuerdo a las pruebas de la Cooperativa “ha existido una modificación en la composición del agua” por lo que es “imprescindible” contar con los estudios para saber la calidad del agua.
Dice Schumacher en su voto: “Solo destaco que la medida que se dispone luce razonable en tanto no conlleva la paralización de ninguna actividad productiva y se enmarca dentro de lo que la propia demandada manifestó tener en ´agenda´ al contestar la demanda. Además, aparece necesaria la realización de los estudios hidrogeológicos toda vez que puede verse comprometido el derecho humano al acceso al agua potable y la salud de una gran cantidad de personas, en tanto se pone de manifiesto que ha existido una modificación en la composición del agua subterránea y que ello -eventualmente- podría alterar el normal abastecimiento de tal recurso a la ciudad de Ibicuy”.