Cuidado con los viajes de egresados
Los padres de alumnos que están por egresar de la secundaria deben estar atentos, porque Defensa del Consumidor a nivel nacional advirtió que se pueden producir estafas con la comercialización de paquetes de viajes pautados para 2016.
De hecho, Defensa del Consumidor advirtió que dicha comercialización está prohibida por ley; aunque hay empresas que ofrecen ciertas promociones a dos años.
La Resolución N° 23/2014 del Ministerio de Turismo de la Nación prohíbe esta clase de ventas posteriores al 31 de enero de 2016 y esto rige para el movimiento que se gesta en las escuelas para contratar viajes, a través de agencias y otras empresas similares.
Se ha detectado que algunas empresas ofrecen esta contratación a grupos de estudiantes con dos años de anticipación, bajo la promesa de congelar precios que resultan posteriormente insostenibles. La medida adoptada es para evitar riesgos a futuro, tanto en el precio final como en la calidad y cantidad de servicios que se ofrecen.
Justamente, la medida es para evitar que los estudiantes luego se vean defraudados en su buena fe, dado que la maniobra detectada consiste en que las empresas toman una seña, pero en rigor con ello están financiando los viajes que deben realizar ahora porque realizaron mal los ajustes de aumentos de tarifas.
Por otro lado, se aclaró que la disposición nacional también tiene fundamento en que ninguna agencia de viajes tiene contrataciones con sus prestadores de servicios a más de 18 meses y que es imposible que los prestadores puedan garantizar un precio final con tanta anticipación.
Otro elemento que es de una importancia esencial es que los padres conozcan el nuevo reglamento para turismo estudiantil que fue puesto en práctica por el Gobierno Nacional en febrero pasado. Allí, entre otras exigencias, se establece que las agencias de viajes deben contratar un seguro, contar con avales bancarios reales e incluso deben suscribir un contrato de fideicomiso con el objetivo de garantizar las obligaciones frente a eventuales incumplimientos.
Se viene una época del año donde el entusiasmo e incluso las necesidades de concretar el viaje estudiantil, tan anhelado a veces pueden llevar a decisiones precipitadas. Por eso los padres deben tomar nota que no es legal acordar un contrato de viaje estudiantil posterior al 31 de enero de 2016.
Por otro lado, sería más que oportuno que Defensa del Consumidor también ejerza un rol pedagógico con respecto a la resolución 23/14 del Ministerio de Turismo de la Nación, advierta a los distintos cursos sobre su alcance y ejerza un rol más tutelar para evitar situaciones desagradables. Después de todo, se trata también de hacer prevención y tener una presencia más activa para la defensa de los derechos de todos.
La Resolución N° 23/2014 del Ministerio de Turismo de la Nación prohíbe esta clase de ventas posteriores al 31 de enero de 2016 y esto rige para el movimiento que se gesta en las escuelas para contratar viajes, a través de agencias y otras empresas similares.
Se ha detectado que algunas empresas ofrecen esta contratación a grupos de estudiantes con dos años de anticipación, bajo la promesa de congelar precios que resultan posteriormente insostenibles. La medida adoptada es para evitar riesgos a futuro, tanto en el precio final como en la calidad y cantidad de servicios que se ofrecen.
Justamente, la medida es para evitar que los estudiantes luego se vean defraudados en su buena fe, dado que la maniobra detectada consiste en que las empresas toman una seña, pero en rigor con ello están financiando los viajes que deben realizar ahora porque realizaron mal los ajustes de aumentos de tarifas.
Por otro lado, se aclaró que la disposición nacional también tiene fundamento en que ninguna agencia de viajes tiene contrataciones con sus prestadores de servicios a más de 18 meses y que es imposible que los prestadores puedan garantizar un precio final con tanta anticipación.
Otro elemento que es de una importancia esencial es que los padres conozcan el nuevo reglamento para turismo estudiantil que fue puesto en práctica por el Gobierno Nacional en febrero pasado. Allí, entre otras exigencias, se establece que las agencias de viajes deben contratar un seguro, contar con avales bancarios reales e incluso deben suscribir un contrato de fideicomiso con el objetivo de garantizar las obligaciones frente a eventuales incumplimientos.
Se viene una época del año donde el entusiasmo e incluso las necesidades de concretar el viaje estudiantil, tan anhelado a veces pueden llevar a decisiones precipitadas. Por eso los padres deben tomar nota que no es legal acordar un contrato de viaje estudiantil posterior al 31 de enero de 2016.
Por otro lado, sería más que oportuno que Defensa del Consumidor también ejerza un rol pedagógico con respecto a la resolución 23/14 del Ministerio de Turismo de la Nación, advierta a los distintos cursos sobre su alcance y ejerza un rol más tutelar para evitar situaciones desagradables. Después de todo, se trata también de hacer prevención y tener una presencia más activa para la defensa de los derechos de todos.
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