Ley de narcomenudeo
El juez federal N° 1 de Paraná, Leandro Ríos, declaró el 29 de noviembre la inconstitucionalidad de los artículos 1°, 3° y 4° de la Ley N° 10.329, conocida como “Ley de Narcomenudeo”.
Fue en el contexto de una causa que se inició el 26 de noviembre en la que fueron detenidas y procesadas tres personas. Ríos declaró “la nulidad de todo lo actuado”, particularmente lo atinente a “la autorización de allanamiento y el acta del procedimiento y secuestro”.
Así –pese a la droga encontrada- resolvió sobreseer a los tres imputados, ordenó su inmediata libertad y la destrucción de la droga incautada.
Ayer se conoció que el Superior Tribunal de Justicia (STJ), en el Punto 9º b) del Acuerdo General Nº 40/14, dispuso, por mayoría, remitir en devolución la comunicación al Juzgado Federal N° 1 de Paraná, por considerarla impropia.
Es evidente que a falta de Justicia, quien gana terreno es el narcotráfico y/o el crimen organizado en todas sus formas. Dicho esto, se puede afirmar que el común denominador de la debilidad de las instituciones tiene a la Justicia como una de sus mayores protagonistas. Y de alguna manera es la base de la “inseguridad”.
Por otro lado, lo que se ha declarado como inconstitucional ha sido un procedimiento en una causa determinada. Es un error conceptual creer que esa supuesta inconstitucionalidad marcada por un juez automáticamente hay que interpretarla como derogatoria de la ley. Una ley se deroga con otra ley. Y otra cuestión: por el volumen de la droga secuestrada, con o sin ley de narcomenudeo, ese procedimiento iba a terminar en el fuero Federal como se hizo antes, se hace ahora y se hará después. Por eso hubo una sobre actuación casi de vedetismo por parte de un juez federal que ha generado más incertidumbres que certezas.
La ley de narcomenudeo es una decisión política, adoptada en Entre Ríos por el Poder Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial y constituye una política de Estado. Esta decisión de ningún modo compite territorialmente, sino que es colaborativa con una Justicia Federal que en esta provincia ni siquiera cuenta con una Alcaidía adecuada para la detención y alojamiento de los acusados, que carece de una elemental Cámara Gesell (donde las víctimas puedan declarar frente a personal especializado) y tampoco posee básicos laboratorios para el estudio de las pruebas recolectadas, amén de la histórica falta de personal. No se trata de una crítica hacia la Justicia Federal, sino señalar una carencia del Estado nacional.
Es importante defender la Ley 10.329 porque se trata de una norma que no es excluyente de otras, además de defenderla incluso hay que fortalecerla y cuando sea necesario adecuarla a las necesidades que genera un delito en constante expansión. En este marco, la lucha contra el narcotráfico implica también combatir el narcomenudeo. Hay que recordar que esta norma no nació como una respuesta irreflexiva, sino a partir de un análisis profundo y plural y que incluso fue generado por el gobierno Nacional para que las provincias colaboren y articulen acciones concretas contra el flagelo del narcomenudeo.
Mientras la cultura de la muerte se expande entre los jóvenes, las instituciones discuten y se anulan unas a otra por cuestiones de competencia y encima generan alarmas innecesarias en la comunidad.
Así –pese a la droga encontrada- resolvió sobreseer a los tres imputados, ordenó su inmediata libertad y la destrucción de la droga incautada.
Ayer se conoció que el Superior Tribunal de Justicia (STJ), en el Punto 9º b) del Acuerdo General Nº 40/14, dispuso, por mayoría, remitir en devolución la comunicación al Juzgado Federal N° 1 de Paraná, por considerarla impropia.
Es evidente que a falta de Justicia, quien gana terreno es el narcotráfico y/o el crimen organizado en todas sus formas. Dicho esto, se puede afirmar que el común denominador de la debilidad de las instituciones tiene a la Justicia como una de sus mayores protagonistas. Y de alguna manera es la base de la “inseguridad”.
Por otro lado, lo que se ha declarado como inconstitucional ha sido un procedimiento en una causa determinada. Es un error conceptual creer que esa supuesta inconstitucionalidad marcada por un juez automáticamente hay que interpretarla como derogatoria de la ley. Una ley se deroga con otra ley. Y otra cuestión: por el volumen de la droga secuestrada, con o sin ley de narcomenudeo, ese procedimiento iba a terminar en el fuero Federal como se hizo antes, se hace ahora y se hará después. Por eso hubo una sobre actuación casi de vedetismo por parte de un juez federal que ha generado más incertidumbres que certezas.
La ley de narcomenudeo es una decisión política, adoptada en Entre Ríos por el Poder Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial y constituye una política de Estado. Esta decisión de ningún modo compite territorialmente, sino que es colaborativa con una Justicia Federal que en esta provincia ni siquiera cuenta con una Alcaidía adecuada para la detención y alojamiento de los acusados, que carece de una elemental Cámara Gesell (donde las víctimas puedan declarar frente a personal especializado) y tampoco posee básicos laboratorios para el estudio de las pruebas recolectadas, amén de la histórica falta de personal. No se trata de una crítica hacia la Justicia Federal, sino señalar una carencia del Estado nacional.
Es importante defender la Ley 10.329 porque se trata de una norma que no es excluyente de otras, además de defenderla incluso hay que fortalecerla y cuando sea necesario adecuarla a las necesidades que genera un delito en constante expansión. En este marco, la lucha contra el narcotráfico implica también combatir el narcomenudeo. Hay que recordar que esta norma no nació como una respuesta irreflexiva, sino a partir de un análisis profundo y plural y que incluso fue generado por el gobierno Nacional para que las provincias colaboren y articulen acciones concretas contra el flagelo del narcomenudeo.
Mientras la cultura de la muerte se expande entre los jóvenes, las instituciones discuten y se anulan unas a otra por cuestiones de competencia y encima generan alarmas innecesarias en la comunidad.
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