Elecciones:
¿Qué deben hacer los ciudadanos que no pudieron votar?
Aquellas personas que se vieron impedidas de participar de los comicios realizados el domingo en el país deben justificar la no emisión del voto. En la ciudad, el trámite comenzará a realizarse a partir del 1 de noviembre, de 7 a 13, en el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad.
Así lo informó a EL ARGENTINO el secretario de la Junta Electoral de Gualeguaychú, Jeremías Irigoytía, quien detalló que “a partir del martes 1 de noviembre, en el HCD –en el horario de 7 a 13- recibiremos los justificativos por no haber participado en las elecciones generales del pasado domingo”.
Los motivos más comunes que impidieron a algunos ciudadanos emitir su voto fueron cuestiones de salud, haber estado a más de 500 kilómetros de la ciudad o bien por no figurar en el padrón.
Pero más allá de las causas, todos los ciudadanos que no votaron deben dirigirse -con la constancia que justifique su ausencia- a la Secretaría Electoral de su distrito, que en este caso funciona en el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad.
La Cámara Electoral emitió un comunicado al respecto en el que señala que si no se realiza dicho trámite “estará inhabilitado para ejercer cargos públicos por el término de tres años e imposibilitado de realizar trámites ante organismos públicos, como por ejemplo renovar el pasaporte”.
El secretario de la Junta Electoral de Gualeguaychú, Jeremías Irigoytía, señaló que quienes deban hacer el trámite para justificar su ausencia en los sufragios del pasado domingo deben hacerlo a partir del 1º de noviembre. Para esto deben dirigirse al HCD con DNI y la constancia que justifique el hecho de no haber podido ir a votar.
“Las constancias pueden ser un certificado médico, en caso de haber estado enfermo, o en el caso de no haber estado en el padrón la exposición policial”, indicó Irigoytía.
“También, puede ser una fotocopia del Pasaporte que acredite la salida y el retorno del país en caso de haber estado en el exterior”, detalló.
Asimismo, Jeremías Irigoytía explicó que “en realidad hubo flexibilidad en las causales para justificar la no votación. Hubo gente que explicó que los hijos estudiaban fuera de la ciudad y los pasajes eran muy costosos, por lo que estas personas deben acreditar que sus hijos estudien a más de 500 kilómetros -certificado de alumno regular, o en curso. Este trámite lo pueden hacer los padres con el DNI de sus hijos”, añadió.
En caso de que las personas no hayan estado en el padrón deben dirigirse a la Jefatura de Policía a hacer la exposición y con esto, más del DNI deben dirigirse al HCD, a partir del 1 de noviembre.
Es importante recordar, que más allá de que los vecinos tengan la constancia que justifique la ausencia si no realizan el trámite “estarán inhabilitados para ejercer cargos públicos por el término de tres años e imposibilitado de realizar trámites ante organismos públicos, como por ejemplo renovar el pasaporte”, indica la Cámara Electoral.
Otros casos
*En caso de no haber tenido su DNI el día de los comicios el ciudadano debe realizar la denuncia de extravío correspondiente y luego ir al HCD con el comprobante.
*Si un ciudadano fue a votar, pero no le sellaron el documento, deberá presentarse en el HCD para regularizar su situación.
El dato
En la Jefatura Departamental de Policía realizan exposiciones de lunes a viernes, entre las 8 y las 18.
Los motivos más comunes que impidieron a algunos ciudadanos emitir su voto fueron cuestiones de salud, haber estado a más de 500 kilómetros de la ciudad o bien por no figurar en el padrón.
Pero más allá de las causas, todos los ciudadanos que no votaron deben dirigirse -con la constancia que justifique su ausencia- a la Secretaría Electoral de su distrito, que en este caso funciona en el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad.
La Cámara Electoral emitió un comunicado al respecto en el que señala que si no se realiza dicho trámite “estará inhabilitado para ejercer cargos públicos por el término de tres años e imposibilitado de realizar trámites ante organismos públicos, como por ejemplo renovar el pasaporte”.
El secretario de la Junta Electoral de Gualeguaychú, Jeremías Irigoytía, señaló que quienes deban hacer el trámite para justificar su ausencia en los sufragios del pasado domingo deben hacerlo a partir del 1º de noviembre. Para esto deben dirigirse al HCD con DNI y la constancia que justifique el hecho de no haber podido ir a votar.
“Las constancias pueden ser un certificado médico, en caso de haber estado enfermo, o en el caso de no haber estado en el padrón la exposición policial”, indicó Irigoytía.
“También, puede ser una fotocopia del Pasaporte que acredite la salida y el retorno del país en caso de haber estado en el exterior”, detalló.
Asimismo, Jeremías Irigoytía explicó que “en realidad hubo flexibilidad en las causales para justificar la no votación. Hubo gente que explicó que los hijos estudiaban fuera de la ciudad y los pasajes eran muy costosos, por lo que estas personas deben acreditar que sus hijos estudien a más de 500 kilómetros -certificado de alumno regular, o en curso. Este trámite lo pueden hacer los padres con el DNI de sus hijos”, añadió.
En caso de que las personas no hayan estado en el padrón deben dirigirse a la Jefatura de Policía a hacer la exposición y con esto, más del DNI deben dirigirse al HCD, a partir del 1 de noviembre.
Es importante recordar, que más allá de que los vecinos tengan la constancia que justifique la ausencia si no realizan el trámite “estarán inhabilitados para ejercer cargos públicos por el término de tres años e imposibilitado de realizar trámites ante organismos públicos, como por ejemplo renovar el pasaporte”, indica la Cámara Electoral.
Otros casos
*En caso de no haber tenido su DNI el día de los comicios el ciudadano debe realizar la denuncia de extravío correspondiente y luego ir al HCD con el comprobante.
*Si un ciudadano fue a votar, pero no le sellaron el documento, deberá presentarse en el HCD para regularizar su situación.
El dato
En la Jefatura Departamental de Policía realizan exposiciones de lunes a viernes, entre las 8 y las 18.
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