El domingo restringirán la circulación de camiones
Debido a la finalización de las vacaciones de invierno en Buenos Aires y en otras provincias, se dispuso una restricción en la circulación de camiones en varias rutas nacionales.
El objetivo de la medida, que en Entre Ríos afectará a las rutas 12, 14, 127 y 174, es facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito durante el regreso de las vacaciones de invierno.
Trabajan en conjunto la Dirección Nacional de Vialidad, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Secretaría de Transporte, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), Gendarmería Nacional, gobiernos provinciales y cámaras empresarias del transporte automotor de cargas.
La veda regirá en sentido descendente (regreso) el día domingo 3 de agosto de 18 a 23:59.
Quedan exceptuados: Transportes de: leche cruda -sus productos derivados y envases asociados-, animales vivos, productos frutihortícolas en tránsito, exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, atención de emergencias, asistencia de vehículos averiados o accidentados, cisterna de traslado de combustibles, Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo, gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, medicinas y de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos, gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, medicinas a disposición final de residuos sólidos urbanos deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
Trabajan en conjunto la Dirección Nacional de Vialidad, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Secretaría de Transporte, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), Gendarmería Nacional, gobiernos provinciales y cámaras empresarias del transporte automotor de cargas.
La veda regirá en sentido descendente (regreso) el día domingo 3 de agosto de 18 a 23:59.
Quedan exceptuados: Transportes de: leche cruda -sus productos derivados y envases asociados-, animales vivos, productos frutihortícolas en tránsito, exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, atención de emergencias, asistencia de vehículos averiados o accidentados, cisterna de traslado de combustibles, Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo, gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, medicinas y de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos, gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, medicinas a disposición final de residuos sólidos urbanos deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
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