Gobierno oficializó medida que exigen a comercios diferenciar precios
El Gobierno oficializó hoy su decisión de "transparentar" los precios, al obligar a comercios a exhibir el valor de los productos en efectivo y el financiado con tarjeta, desde el primero de febrero próximo.
Así quedó establecido a través de una resolución de la Secretaría de Comercio, publicada en el Boletín Oficial.
La Casa Rosada estimó que, a partir de esta medida, habrá rebajas de entre 15% y 20% en los precios.
Según el texto, "la prohibición de efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta, refiere a operaciones que se realizan en un único pago".
"En consecuencia, quienes comercialicen productos y/o servicios no podrán efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado o efectivo, o en un solo pago con tarjeta de débito, de compra, de crédito u otros medios electrónicos de pago", de acuerdo con la resolución.
En tanto, cuando los precios se exhiban financiados, "deberá indicarse el precio de contado, el precio total financiado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual aplicada y el costo financiero total", aclaró el Poder Ejecutivo.
También, explicó que "quienes comercialicen productos y/o servicios bajo la modalidad de venta financiada en cuotas no podrán incluir en sus anuncios, publicidades o mensajes, bajo cualquier forma de difusión (oral o escrita, radial, televisiva o por internet, entre otras) la frase sin interés, cuando el costo de financiación del producto o servicio sea trasladado al precio de venta al consumidor".
El Gobierno justificó esta medida al señalar que "resulta imprescindible perfeccionar los mecanismos que garanticen el derecho de los consumidores a recibir la más completa información acerca de los precios de los bienes y servicios que les son ofrecidos".
Además, indicó que "en la actualidad es frecuente la publicidad de venta de productos bajo la modalidad de cuotas sin interés, siendo esta modalidad especialmente atractiva para los consumidores".
"El hecho de que no se diferencie el valor total de la suma de las cuotas del precio ofrecido por compra al contado no implica que el costo de la financiación sea nulo", añadió.
Y señaló que "en la estructura actual de financiamiento en cuotas, el costo financiero está implícito en el precio de los productos y servicios".
En ese sentido, advirtió que "tal modalidad impide la transparencia, dificulta la competencia en precios y perjudica a los consumidores con menor acceso a medios de pago electrónicos, que en general son los consumidores de menores recursos, lo cual implica un impacto distributivo regresivo".
"En consecuencia, se advierte la necesidad de adoptar la presente medida, a fin de garantizar la transparencia y el correcto suministro de información a los consumidores en relación con la operatoria de pago mediante cuotas", subrayó.
La Casa Rosada estimó que, a partir de esta medida, habrá rebajas de entre 15% y 20% en los precios.
Según el texto, "la prohibición de efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta, refiere a operaciones que se realizan en un único pago".
"En consecuencia, quienes comercialicen productos y/o servicios no podrán efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado o efectivo, o en un solo pago con tarjeta de débito, de compra, de crédito u otros medios electrónicos de pago", de acuerdo con la resolución.
En tanto, cuando los precios se exhiban financiados, "deberá indicarse el precio de contado, el precio total financiado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual aplicada y el costo financiero total", aclaró el Poder Ejecutivo.
También, explicó que "quienes comercialicen productos y/o servicios bajo la modalidad de venta financiada en cuotas no podrán incluir en sus anuncios, publicidades o mensajes, bajo cualquier forma de difusión (oral o escrita, radial, televisiva o por internet, entre otras) la frase sin interés, cuando el costo de financiación del producto o servicio sea trasladado al precio de venta al consumidor".
El Gobierno justificó esta medida al señalar que "resulta imprescindible perfeccionar los mecanismos que garanticen el derecho de los consumidores a recibir la más completa información acerca de los precios de los bienes y servicios que les son ofrecidos".
Además, indicó que "en la actualidad es frecuente la publicidad de venta de productos bajo la modalidad de cuotas sin interés, siendo esta modalidad especialmente atractiva para los consumidores".
"El hecho de que no se diferencie el valor total de la suma de las cuotas del precio ofrecido por compra al contado no implica que el costo de la financiación sea nulo", añadió.
Y señaló que "en la estructura actual de financiamiento en cuotas, el costo financiero está implícito en el precio de los productos y servicios".
En ese sentido, advirtió que "tal modalidad impide la transparencia, dificulta la competencia en precios y perjudica a los consumidores con menor acceso a medios de pago electrónicos, que en general son los consumidores de menores recursos, lo cual implica un impacto distributivo regresivo".
"En consecuencia, se advierte la necesidad de adoptar la presente medida, a fin de garantizar la transparencia y el correcto suministro de información a los consumidores en relación con la operatoria de pago mediante cuotas", subrayó.
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