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Diario El Argentinoviernes 29 de marzo de 2024
Provinciales

Buscarán adecuar la legislación que regula el transporte de maquinarias agrícolas

Buscarán adecuar la legislación que regula el transporte de maquinarias agrícolas

El Consejo Vial Federal evaluará cambios en la Ley Nacional de Tránsito 24.449 que regula el tamaño y la circulación de las máquinas agrícolas. Se pretende agilizar el transporte sin poner en riesgo la seguridad en las vías de comunicación de todo el país.


El director provincial de Vialidad y presidente del Consejo Vial Federal, Jorge Rodríguez, presentará a legisladores nacionales la iniciativa para modificar el decreto reglamentario 79/98 de Ley Nacional de Tránsito 24.449 que establece las condiciones para la circulación de grandes maquinarias por las rutas argentinas.
El desarrollo constante del sector agropecuario en los últimos años y el crecimiento de los volúmenes de cosecha tienen su correlato en la fabricación de máquinas agrícolas cada vez más grandes y versátiles, que son parte de todo el proceso productivo el tamaño y la circulación de las máquinas agrícolas.
La solicitud surgió luego de una reunión del titular de Vialidad Provincial y el directivo de Federación Agraria Argentina (FAA), seccional Paraná, Alfredo Bell.
En ese sentido, el representante de la entidad agropecuaria señaló la problemática que significa el tránsito de las máquinas por las rutas provinciales y nacionales: “Hay una legislación que establece un ancho de la maquinarias sobre el cual se otorgan los permisos para poder circular. Pero la realidad es que hoy se fabrican máquinas de mayor tamaño”, indicó Bell.
La intención, luego del encuentro, es plantear en el seno del Consejo Vial Federal la idea de reformar la legislación, que permita conciliar los cambios producidos en la fabricación de las maquinarias con la necesaria seguridad para quienes circulan por caminos, rutas y autovías del territorio provincial y nacional.

Norma vigente

El decreto 79/98 que establece las condiciones para la circulación, define a la maquinaria agrícola como “todos aquellos equipos utilizados en las tareas agrarias, incluyendo accesorios, acoplados, trailers y carretones específicamente diseñados para el transporte de maquinarias agrícolas o partes de ellas”.
En cuanto a las medidas, se establece que “el ancho máximo para esta modalidad de transporte es de 3,50 metros. La maquinaria agrícola que supere este ancho deberá ser transportada en carretones de 4,30 metros, y será considerada como una carga de dimensiones excepcionales. Deberá cumplir para su traslado con las condiciones de seguridad que determine la autoridad competente”.
Respecto de los permisos para el transporte de maquinaria agrícola sobre carretón (para maquinaria de entre 3,50 metros y 4,30 metros de ancho), “tendrá una validez de tres meses y podrá ser renovado una sola vez, por igual período, debiendo coincidir con la vigencia de los seguros de responsabilidad civil de cada uno de los elementos que compongan el transporte”, expresa la norma.
La autoridad competente para la autorización de permisos en las rutas provinciales es la Dirección Provincial de Vialidad (DPV).
Sobre las condiciones generales para circular, la norma aclara que se realizará exclusivamente durante las horas de luz solar. Desde la hora "sol sale", hasta la hora "sol se pone", que figura en el diario local.
En el permiso deberán figurar la totalidad de rutas y tramos para las que se autoriza la circulación durante el período de validez del mismo.



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