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Diario El Argentinosábado 20 de abril de 2024
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Senado nacional: dictamen favorable para prohibir las carreras con perros

 Senado nacional: dictamen favorable para prohibir las carreras con perros

La Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado Nacional –que preside Pedro Guillermo Guastavino-, dio dictamen favorable al proyecto que prohíbe la realización de carreras de perros de cualquier raza en el ámbito de todo el territorio nacional. 


En el artículo segundo de la iniciativa se establece la sanción de prisión de tres meses a cuatro años y multas que van desde cuatro mil pesos a ochenta mil pesos para quienes por cualquier título organicen, promuevan, faciliten o realicen una carrera de perros sin importar la raza.
“Con este proyecto estamos visibilizando y poniendo en discusión esta absoluta actividad ilegal, de maltrato y tortura a los perros como son estas carreras, que son sometidos a tratamientos e inyecciones con drogas y estimulantes químicos, promoviendo las apuestas ilegales y la evasión fiscal”, consideró Guastavino.
“Los galgos se han convertido en el símbolo de la impune tortura de animales y esperamos prontamente avanzar contra esta problemática”, enfatizó el senador nacional.
El propio senador recomendó leer las conclusiones de la jornada realizada el 11 de septiembre del año pasado en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, que se tituló: “Galgos: su explotación y muerte. Otra forma de violencia social”.
Allí se aprecia las consideraciones de la medicina veterinaria sobre la explotación de los galgos y se asevera que esa raza tiene desde el corazón y bazo hasta los parámetros bioquímicos, hemograma, niveles hormonales y parámetros cardíacos distintos.
Las carreras de galgos encierran distintos aspectos médicos, que en todos los casos tipifican en el artículo 3 inciso 7 de la Ley 14.346 y en algunos –estimulación sin fines terapéuticos en el artículo 2 inciso 5 de la Ley 14.346 y en  la ley 24.819.
Desde un punto de vista médico veterinario, como consecuencia de las carreras, los galgos sufren: ceguera bilateral; enfermedad cardíaca, lesiones musculares, desgarros  musculares, esguinces y rupturas tendinosas y ligamentosas; fracturas múltiples de todo el esqueleto, tanto de miembros como columna vertebral, cráneo y  tórax; lesiones en órganos internos mortales como consecuencia de esas fracturas (como ser pulmones por fracturas de costillas, médula a consecuencia de fractura de columna vertebral); lesiones en órganos internos por las rodadas, contusiones, hemorragias, desprendimientos de órganos.
En dicha jornada también se indicó que los animales son sometidos a las crueldades más aberrantes, a saber: colocación de capas con púas como forma de “enseñanza” de correr sin chocarse con el animal cercano. 
En esas jornadas también se denunció que la Provincia de Santa Fe “se caracteriza por ser la gran proveedora de galgos” al resto del país. 
En Córdoba las carreras de galgos no están prohibidas e incluso esa provincia cuenta con la “Meca” galguera que son las carreras en Marcos Juárez.
Y en la Provincia de Buenos Aires, las carreras de perros de cualquier raza, están prohibidas por imperio de la Ley 12.449, con excepción de aquellas que se realizaran en canódromos creados y habilitados por ley. En ese distrito, el único canódromo creado por ley es el de la localidad de Villa Gesell, el cual no se utiliza.
Y en Entre Ríos las carreras de perros de cualquier raza están prohibidas.
Hoy, el Derecho Animal obliga a un cambio de paradigma jurídico, en donde el bien jurídico “animal no humano”, hace que se privilegie su protección por sobre toda otra cuestión.
Por eso se consideró valioso este avance en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado Nacional que busca prohibir la realización de carreras de perros de cualquier raza en todo el país. 

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