Secciones
Diario El Argentino
Secciones
Diario El Argentinojueves 28 de marzo de 2024
Provinciales

La causa de los policías sediciosos llegó al STJ

La causa de los policías  sediciosos llegó al STJ

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) realizará una audiencia el 18 de octubre para tratar el caso de los policías sediciosos de Concordia.


 Es en el marco del legajo N° 8949/13, caratulado “Zaragoza, Carlos Daniel y otros s/ sedición agravada, privación ilegítima de la libertad, daño calificado, peculado, lesiones leves, robo agravado en concurso ideal, instigación a cometer delitos en concurso real”.

Este expediente se inició tras los levantamientos policiales que se dieron entre el 8 y 9 de diciembre de 2013 en Concordia, cuando los agentes reclamaban aumentos salariales. La consecuencia más visible de los acuartelamientos fueron los saqueos, graves hechos de violencia en las calles de Concordia y en las comisarías tomadas por los agentes.

También hubo acuartelamientos en otros puntos de la provincia, pero el foco del reclamo policial fue Concordia, entonces gobernada por Gustavo Bordet, hoy gobernador. Allí, los episodios más virulentos tuvieron lugar en la Jefatura de Policía Departamental, consignó Entre Ríos Ahora.

Cuando los policías cesaron con las tomas de las comisarías y departamentales, hubo un castigo interno para todos los que participaron: algunos fueron trasladados, mientras que a los cabecillas se los llevó hasta el banquillo de acusados.

El 8 julio de 2015, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia, integrado por Jorge Barbagelata, Silvina Gallo y Darío Perroud, les aplicó penas de entre tres y cuatro años de prisión a 17 policías, al encontrarlos culpables del delito de sedición agravada (por la función pública que desempeñaban).

Los condenados fueron: Carlos Daniel Zaragoza, Manuel Leando Coutinho, José María Biderbos, José Orlando Troncoso, Ricardo Hernán Paredes, Juan Pedro Lacuadra, Luis Alberto Paredes, Diego Federico Differding, Luis Alberto Gómez, Andrés Maximiliano Paredes, Alfredo Horacio Imaz, Hugo Fabricio Troncoso, Daniel Eduardo Chávez, Carlos Alcides Rosas, Luis Jesús Carlino, Romeo Fabián Valdés y Juan Manuel Rosas.

El Tribunal, en tanto, los absolvió de los delitos de privación ilegítima de la libertad e instigación a cometer delitos, por los saqueos que se produjeron como consecuencia del alzamiento.

La sentencia fue apelada tanto por el Ministerio Público Fiscal (MPF) –que pidió condenas por los delitos que no se tuvieron en cuenta-; como así también por la defensa, que solicitó la absolución de los uniformados.

El 19 de mayo de 2016, la Cámara de Casación Penal hizo lugar a los peticionado por el MPF y agravó las figuras penales que se les imputaron a los policías. También los condenó por ser coautores de los delitos de sedición agravada y privación ilegítima de la libertad, en concurso ideal. En tanto que descartaron que hayan instigados a cometer delitos.

Ante ese nuevo fallo, los abogados defensores recurrieron la nueva calificación penal mediante un recurso extraordinario ante la Sala Penal del STJ, que fijó el 18 de octubre para tratar este caso.

 


Este contenido no está abierto a comentarios