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Diario El Argentinoviernes 29 de marzo de 2024
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Femicidio de Susana Villarruel: el fiscal pidió perpetua para Ortiz y la defensa la absolución por el beneficio de la duda

Femicidio de Susana Villarruel: el fiscal pidió perpetua para Ortiz y la defensa la absolución por el beneficio de la duda

Por Nahuel Maciel EL ARGENTINO Se realizó ayer los alegatos de clausura en el juicio oral y público que se sigue por la muerte violenta que sufrió Susana Villarruel en la mañana del 10 de julio y cuyo único imputado es su esposo Ramón de la Cruz Ortiz.


 

Para el Ministerio Público Fiscal no hubo dudas: Ortiz es responsable por este homicidio triplemente calificado por el vínculo, la alevosía y por mediar violencia de género y en consecuencia solicitó al Tribunal integrado por los doctores Mauricio Derudi, Arturo Exequiel Dumón y Guillermo Biré, la prisión perpetua. Mientras que el defensor oficial del imputado, doctor Martín Clappier, requirió la absolución por el beneficio de la duda.

 

El adelanto de veredicto se conocerá el martes 21 de noviembre a las 11:30 y la lectura de los fundamentos de la sentencia se realizará el martes 28 de noviembre a la misma hora.

 

La audiencia de ayer –fue la séptima- comenzó pasadas las 10:30 y finalizó pasadas las 14, en una sala que además de varios familiares y allegados a la víctima, también contó entre su público a diferentes operadores judiciales que siguieron con atención los argumentos de cada parte.
 

 

La fiscalía

 

 
El fiscal coordinador general Lisandro Béhéran fue el primero en hacer uso de la palabra, reconociendo la tarea del fiscal Martín Gil, quien llevó adelante la Investigación Penal Preparatoria de este legajo.

 

La exposición de Béhéran duró poco más de una hora y media, donde pormenorizó sobre la materialidad del hecho, la autoría material y la valorización de pruebas documentales como el secuestro del celular de la víctima, la tarjeta de cobro de la Asignación Universal por Hijos de Villarruel, la filmación del banco Galicia que ubica a Ortiz dos horas más tarde de la data de muerte de la mujer extrayendo dinero de esa cuenta bancaria y cinco testigos que escucharon en distintos lugares (pero coincidentes en el horario) los gritos de auxilio de una mujer y que provenían de las inmediaciones de calle Irazusta al Sur y el puente sobre el Arroyo El Cura: lugar donde apareció el cuerpo sin vida de la víctima.

 

Así, el fiscal justificó por qué este hecho fue considerado como un homicidio triplemente calificado por el vínculo (Villarruel era la esposa de Ortiz, aunque estaban separados); la alevosía (el ataque se produjo sin riesgo para el agresor) y en un contexto de violencia de género (más allá de la inexistencia de denuncias previas, pero por diferentes conductas del imputado que quedaron acreditadas por diversos testimonios, entre ellos el de su propia madre).

 

Béhéran realizó una cronología en base a diferentes testigos que hicieron sus aportes en las audiencias previas. En ese marco, fue esencial el testimonio de la hija mayor de la víctima, quien contó al Tribunal que Ortiz llegó minutos antes de las 7 al domicilio de Susana para buscarla y urgido para salir a realizar unos trámites porque un supuesto remis los estaba aguardando en calle Tropas e Irazusta para ir al centro.

 

En el trayecto entre el barrio Toto Irigoyen y el puente sobre el Arroyo El Cura, Susana recibió la mortal agresión, que consistió en varias heridas corto-punzantes, especialmente en la mama derecha, dos heridas en el cuello y una en la sien derecha, que le produjo la muerte. Luego, explicó Béhéran, Ortiz la arrastró varios metros desde calle Irazusta por un sendero peatonal ubicado en el cardinal Oeste, para ocultar el cuerpo entre las ramas y huir de la escena.

 

También ubicó a Ortiz no sólo en la coordenada del espacio (en la escena del crimen) sino también en las coordenadas del tiempo. Para ello tuvo en cuenta varios testigos que aseguraron que antes de las 7:30 habían escuchado gritos desgarradores de una mujer e incluso enfatizó que una lugareña realizó un llamado telefónico al Comando Radioeléctrico y que quedó registrado a las 7:27 de ese lunes 10 de julio. La policía nunca respondió ese llamado y eso habilitó una investigación que está en curso para averiguar si se está frente al incumplimiento de los deberes de funcionario público de quien recepcionó dicho llamado de auxilio.

 

Otro testimonio que el fiscal consideró valioso fue el de una mujer que pasó por el lugar luego del hecho y observó en inmediaciones del puente del arroyo El Cura, una enorme cantidad de sangre, como un charco. Y que cuando se realizó en días posteriores la prueba de luminol fueron positivas e incluso se detectaron otras manchas en dirección al sendero peatonal donde fue arrastrada la víctima.

 

En ese contexto, recordó que quien ultimó a la víctima se llevó su celular y la tarjeta de cobro de la Asignación Universal por Hijos. Así, destacó que a las 9:27 (aproximadamente dos horas más tarde de la data de la muerte), aparece Ortiz utilizando esa tarjeta de un cajero automático del Banco Galicia y extrayendo 900 pesos. Con respecto al celular de Villarruel, el fiscal hizo observar que el acusado exhibió un mensaje que supuestamente ella le había enviado desde su teléfono, en un horario donde Susana ya había perdido la vida, pero que Ortiz lo exhibía antes de que apareciera su cuerpo como una prueba de su coartada.

 

Tanto la tarjeta de cobro como el celular fueron encontrados en la vivienda de Maximiliano Villarruel, hermano de la víctima, ubicada en el asentamiento de calle Tropas, pero en la que también residía Ortiz luego de su separación de su esposa.

 

Como móvil de este crimen, Béhéran lo vinculó a la violencia de género y lo contextualizó en la separación que vivían ambos. Esta situación, donde Ortiz había sido expulsado del hogar por no aportar a la economía familiar y por apoderarse de bienes y valores para solventar su adicción a las drogas, provocó el desencadenante para cometer el femicidio.

 

Para el Ministerio Público Fiscal no hubo dudas de cómo ocurrieron los hechos y si bien reconoció que no hay pruebas directas, la pluralidad de indicios llevó a la unicidad de la responsabilidad de Ortiz para elegir momento y lugar para cometer su ataque. Así, solicitó la pena de prisión perpetua.
 
La absolución por el
beneficio de la duda
 

 

El doctor Martín Clappier fue el defensor oficial designado para asesorar a Ortiz en este juicio. Su labor fue tenaz, realizó una serie de planteos razonables que evidenciaron varios vicios de procedimientos realizados por la policía en el marco de la investigación, planteó otra hipótesis vinculada con las coordenadas del tiempo y en consecuencia solicitó al Tribunal la absolución por el beneficio de la duda, independientemente de anticipar el planteo de la reserva federal del caso.

 

Valiéndose de una planimetría de la Policía, ubicó en un panel un mapa que identifica al barrio Toto Irigoyen, la calle Irazusta, el puente sobre el Arroyo El Cura, la parada de colectivo de Irazusta y Tropas y el asentamiento de Tropas y Troisse.

 

Tomó como referencia la cámara de vigilancia del barrio, e hizo su línea del tiempo.

 

Así, demostró que a las 7:11 la pareja fue registrada por la cámara del barrio; que se tardan 27 minutos a pie hasta llegar al lugar donde se descubrieron las manchas de sangre en inmediaciones del puente sobre el Arroyo El Cura; y determinó que en todo caso a las 7:38 sería el horario por el cual tanto Susana como Ortiz cruzaron por ese lugar.

 

¿Cómo a las 7:27 ya se emitió un llamado telefónico a la Policía porque una mujer estaba pidiendo auxilio?, planteó la duda.

 

Desde el puente hasta la parada de colectivo se tardan once minutos a pie, aportó Clappier; y ubicó de acuerdo al relato de Ortiz que ambos llegaron a ese lugar a las 7:49. Y así contrastó lo dicho por otros testigos que estaban en dicha parada aseguraron que aproximadamente a las 7:15 habían escuchado los gritos y que luego abordaron el colectivo que había pasado a las 7:25.

 

Si bien la coordenada del tiempo establecida por el defensor oficial es relativa, porque toma como referencia la hora que marca la cámara del barrio Toto Irigoyen, fue un muy buen intento para desacreditar la perspectiva de la Fiscalía.

 

El defensor oficial también debilitó las actas de secuestros realizadas por la Policía, casi todas defectuosas y viciadas, según su parecer.

 

Otro dato que aportó el defensor es que la ropa que vestía Ortiz ese lunes 10 de julio fue secuestrada y que no presentó ningún vestigio de barro ni de sangre, a pesar que el agresor tuvo que arrastrar a la víctima entre 15 y 50 metros, distancia que nunca quedó fehacientemente establecida desde la vereda de calle Irazusta. No obstante, se trata de una indumentaria que al momento de ser secuestrada estaba siendo lavada por el propio Ortiz. Pero tampoco se tomaron recaudos para analizarla en profundidad. Lo mismo que reprochó por qué no se tomaron muestras de las huellas de pisadas en el lugar del hecho.

 

Luego de esta exposición, Clappier solicitó la absolución de su cliente por el beneficio de la duda y reiteró las diferencias de minutos entre quienes atestiguaron escuchar gritos, quien hizo el llamado a la Policía (que es un horario inobjetable y está registrado a las 7:27) y las cámaras del barrio que captó el paso de Susana y Ortiz a las 7:11 de ese lunes 10 de julio.

 

En la exposición del defensor oficial quedaron evidenciadas las deficiencias de la Policía al momento de confeccionar actas de los secuestros de elementos. “Las actas de secuestros deben ser fiel es y deben permitir reconstruir los hechos tal como pasaron y en este caso no lo permite”, criticó Clappier; quien reiteró el pedido de absolución por el beneficio de la duda.

 

 
Adelanto de veredicto. El Tribunal confirmó que el martes 21 de noviembre a las 11:30 dará a conocer el adelanto de su veredicto; y que siete días más tarde, el 28 de noviembre a las 11:30 se conocerá la lectura de los fundamentos de la sentencia. También el Tribunal acordó con la fiscalía que hasta entonces Ortiz permanezca bajo prisión preventiva por la expectativa de la pena, alojado en la Granja Penal N° 9 El Potrero.

 

 
Capacitación. En este juicio -y en muchos otros que se han ventilado en los Tribunales- la Policía es criticada porque no tiene la formación necesaria ni respeta protocolos de manera adecuada y que en muchos casos, esa deficiencia permite anular el propio procedimiento. La sensación que quedó en la Sala de Audiencia es que se necesita un curso urgente para la Policía en esta materia.

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