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Diario El Argentinojueves 25 de abril de 2024
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El Senado aprobó cambios al Código Procesal Penal

El Senado aprobó cambios  al Código Procesal Penal

  El Senado de la Nación aprobó este miércoles el proyecto de modificaciones al Código Procesal Penal de la Nación, y quedó aprobado el proyecto de régimen de subrogancias para la Justicia Nacional y Federal, que contaba con media sanción de Diputados.


 

Como miembro informante, el senador Pedro Guastavino destacó el amplio debate iniciado en 2014 de un nuevo Código Procesal Penal de la Nación, que concluyó con su aprobación y que –mediante DNU del Poder Ejecutivo- aún no ha sido implementado. En tanto, al referirse a uno de los puntos que generaron controversia, el senador Rodolfo Urtubey enumeró en el recinto los cambios introducidos a la iniciativa y especificó en ese sentido que se eliminan dos capítulos referidos a la vigilancia electrónica “con el objetivo de realizar un debate amplio sobre el tema en el ámbito de las comisiones”.

Al fundamentar la iniciativa, Guastavino destacó: “Durante los años 2016 y 2017 se fueron sancionando leyes de procedimiento, que iban siendo incorporadas al viejo Código, vigente hasta que se comenzara a implementar el nuevo, como por ejemplo la ley de flagrancia; la ley de ejecución de pena; la ley de unicameralidad y unipersonalidad; la ley de responsabilidad penal de personas jurídicas; la ley del arrepentido; la ley de técnicas especiales de investigación y la ley de víctimas, debatidas con amplitud en la Comisión de Justicia del Senado”.

En este sentido, el legislador entrerriano afirmó: “Si bien teníamos muchas de estas instituciones incorporadas al nuevo Código, la práctica parlamentaria y la especialidad de cada tema variaba en algunos aspectos y requerían un trabajo de armonización”. Dicha labor de armonización y ensamble estuvo a cargo de la Comisión Bicameral de Implementación del nuevo CPPN que en diciembre de 2017 presentó un informe, que deriva en el proyecto de ley de Rodolfo Urtubey y Guastavino, para avanzar en este sentido.    Al referirse a uno de los puntos que generaron controversia, el senador Urtubey enumeró en el recinto los cambios introducidos a la iniciativa y especificó en ese sentido que se eliminan dos capítulos referidos a la vigilancia electrónica “con el objetivo de realizar un debate amplio sobre el tema en el ámbito de las comisiones”. Con respecto al régimen de subrogancias, el Senado sancionó el proyecto que venía en revisión de la Cámara Baja. Guastavino, presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, explicó que “la subrogancia significa el reemplazo de un juez de tribunales inferiores a la Corte, que debido a una causa temporal no puede seguir en el ejercicio de su poder. La Ley 27.145 que rige esta clase de situaciones fue declarada por la Corte Suprema de Justicia como inconstitucional porque afectaba la independencia judicial. Entre otras cosas, establecía que los jueces subrogantes podían nombrarse por una mayoría inferior a la requerida para nombrar jueces titulares (mayoría absoluta en lugar de los dos tercios que exigía el texto original de la Ley 24.937).”   Por último, el fallo de la Corte Suprema, estableció  “hasta el dictado por parte del Congreso de una nueva ley, un procedimiento de designación de subrogantes por parte del Consejo de la Magistratura, sobre cuyos lineamientos se ha elaborado el texto que hoy tratamos”.

Entre otras cuestiones, la ley aprobada hoy dictamina que, “el juez subrogante será designado por la cámara respectiva, entre los jueces de igual competencia y jurisdicción, y sólo cuando el juez elegido no pueda cubrir el cargo, podrá ser elegido de la lista de conjueces elaborada por el Consejo de la Magistratura”, finalizó.


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