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Diario El Argentinojueves 25 de abril de 2024
Provinciales

Senado: impulsan un régimen de licencias para abogados

Senado: impulsan un régimen  de licencias para abogados

  En su última sesión, la Cámara de Senadores le dio media sanción a un proyecto de ley impulsado desde el Colegio de Abogados de Entre Ríos que establece un régimen de licencias para letrados y procuradores que ejerzan la representación o defensa en procesos radicados ante la justicia ordinaria de la provincia.


 

La iniciativa tuvo apoyo unánime, con despacho de comisión firmado por representantes de todos los bloques, y se trabajó con representantes de la entidad. Los abogados oportunamente expresaron la necesidad de contar con un régimen para trabajadores que, como tales, pueden sufrir “los avatares de la vida cotidiana que le pueden llegar a impedir cumplir con una tarea programada y deben ser atendidos”.

Al fundamentar la iniciativa, según se indicó en un parte de prensa, el senador Lucas Larrarte (PJ-San Salvador) explicó que se requiere una regulación específica para lograr un sistema que fortalezca el servicio de Justicia ya que, al impactar sobre los plazos, asegura con ello que no hay perjuicio para las partes cuando un abogado hace uso de este beneficio que se propone.

Por su parte el senador Raymundo Kisser (Cambiemos-Paraná) compartió con Larrarte los argumentos, y agregó: “Se beneficia con todo esto al cliente, porque si un imprevisto le impidiera al abogado hacer un trámite por cuestiones ajenas a él; con esto, ante un accidente o un hecho personal, no se perjudica al representado”.

El proyecto fue entregado a los legisladores en mayo del año pasado, después de que senadores visitaran la sede del Colegio de Abogados de Entre Ríos (CAER), y establece que los profesionales matriculados podrán hacer uso, en los juicios en que actúen, de una licencia sin expresión de causa, no superior a 15 días hábiles por año calendario. Se podrá hacer uso en forma continua o alternada. Si se opta por esta última modalidad, hay un máximo de tres períodos en el año.

Se puso como ejemplo “el caso de la abogada embarazada, ya que la ley actual no contempla su especial situación” y esto va por lo establecido por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que establece, expresamente, que “se debe conceder especial protección a las madres durante un período de tiempo razonable, antes y después del parto”.

La licencia debería ser solicitada al Colegio de su jurisdicción y se indican los pasos administrativos a seguir para tener el beneficio y se deja establecido que “el uso indebido o incorrecto de la licencia por el abogado o el procurador, será sancionado por el Tribunal de Disciplina o Ética del Colegio respectivo”.

Desde el Colegio de Abogados se tuvieron en cuenta los antecedentes de las provincias de Salta y Tucumán, como así también los alcances del Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional.


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