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Diario El Argentinojueves 25 de abril de 2024
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Corredores inmobiliarios rechazan modificaciones al código tributario

Corredores inmobiliarios rechazan  modificaciones al código tributario

El martes pasado, varios representantes del sector inmobiliario local se reunieron con los concejales de los tres bloques, para brindar su punto de vista en relación al proyecto de Ordenanza que recientemente elevó el Ejecutivo Municipal al HCD.  


 

Realizado por la Secretaría de Hábitat de la Municipalidad, propone modificar la ordenanza de loteos, con el fin de generar mayor accesibilidad a la tierra y promover la urbanización de amplios sectores que se encuentran ociosos dentro de la línea de promoción urbana.

 

La idea es que cada propietario que quiera lotear, el Ejecutivo tenga la potestad de poder solicitarle la donación del 18 por ciento de la superficie de la tierra a parcelar. El 6 por ciento irá a la generación de espacios públicos y el 12 por ciento con destino al Banco de Tierras municipal, con destino a viviendas sociales.

 

Los profesionales, luego de fijar su postura, solicitaron tener más participación en la planificación urbana, de manera de legar a metas consensuadas.

 

 
La nota enviada a Maradey

 

 
En tanto, el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos cuestionó en una nota enviada al presidente del HCD, Jorge Maradey, que fue firmada por treinta corredores de la ciudad, “la intención del Concejo Deliberante de Gualeguaychú de modificar el Código Tributario de la localidad, relativo a la Tasa General Inmobiliaria y por otra parte, la intención de crear un Banco de Tierras”, mediante un mecanismo al que consideraron que “se trataría de una confiscación de bienes, ilegal e inconstitucional”.

 

Respecto de las modificaciones que se pretenden realizar a la ordenanza tributaria , desde el Colegio recordaron que “la ley nacional 27429 a la que adhirió la provincia de Entre Ríos (ley provincial 10557), establece “promover la adecuación de las tasas municipales aplicables en las respectivas jurisdicciones de manera tal que se correspondan con la concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio, y sus importes guarden una razonable proporcionalidad con el costo de este último, para cumplir con lo establecido en la Constitución Nacional”.

 

En el extenso documento, los profesionales recuerdan “el artículo 15 de la ley 10027 –Orgánica de Municipios- dispone expresamente que “los tributos municipales respetarán los principios constitucionales y deberán armonizarse con el régimen impositivo del gobierno provincial y federal”.

 

También marcaron que “si el Municipio desea formar un Banco de Tierras con propiedades particulares, debe acudir a los métodos legales de expropiación establecidos en las normas legales vigentes”, y aclararon “nos parece correcto que en un loteo con fines de urbanización se exija -para su aprobación- la donación del seis por ciento para espacios públicos, pues ello responde al fin social de una propiedad privada establecido en el artículo 23 de la Constitución de Entre Ríos, pero la pretensión de que el propietario deba donar un 12 por ciento para formar un Banco de Tierras, no es lo mismo y es absolutamente ilegal e inconstitucional”.

 

“Un Banco de Tierras se debe hacer expropiando bienes, y no confiscando los mismos ya que nadie puede ser obligado a donarle al municipio un porcentaje de tierras para obtener la aprobación de un loteo, ya que eso es una actitud reñida y prohibida por el artículo 17 de la Constitución Nacional”.

 

Finalmente, la nota del Colegio de Corredores expresa “estamos de acuerdo en que la política de acceso a vivienda es un derecho constitucional de todos, pero cuando la constitución se refiere a “vivienda digna” está haciendo hincapié en las características propias de la vivienda y eso nada tiene que ver con la formación de un banco de tierras”. “Desde luego que la tierra es el lugar de comienzo de construcción de la vivienda, pero siempre se deben seguir los caminos legales y constitucionales y no mediante la extorsión publica al propietario que esta determinado a efectuar un loteo o que detenta el bien con otros fines”, advirtieron.

 


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