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Diario El Argentinoviernes 19 de abril de 2024
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Es necesario el traslado de la Unidad Penal N° 2

Es necesario el traslado de la Unidad Penal N° 2

Por Nahuel Maciel

EL ARGENTINO

 

La Unidad Penal N° 2 “General Francisco Ramírez” de Gualeguaychú necesita por sus condiciones imposibles de mejorar, ser cerrada y trasladada a otro espacio físico de la jurisdicción.

Se trata de un antiguo anhelo de la comunidad, pero también de una perspectiva compartida por varias gestiones de gobierno en las últimas décadas y que incluye a la actual.

Se trata de la Unidad Penal más antigua de Entre Ríos y en su momento considerada como de máxima seguridad. Por su estado actual en materia de infraestructura, las propias autoridades reconocen que es imposible establecer un plan de mantenimiento y refacción. Su deterioro tiene tal magnitud, que directamente hay que pensar en una nueva infraestructura y en ese contexto, trasladarla de su actual enclave.

Si a esta situación se le agrega la demanda creciente que se experimenta en la población carcelaria, especialmente a raíz de la implementación de la Ley de Narcomenudeo, entonces su cierre y traslado se torna aún más urgente, necesario e incluso prioritario.

No se trata de un marcado deterioro de su estructura edilicia, sino también de su obsoleto diseño que colisiona con los nuevos paradigmas en materia de seguridad y especialmente con la perspectiva de una resocialización de sus internos a través del trabajo y la educación.

Incluso su actual edificio no permite brindar una adecuada seguridad y custodia de las personas privadas de la libertad y siempre el hacinamiento y las condiciones inhumanas de detención son un verdadero obstáculo para desarrollar una adecuada condición física y mental de su población.

En los distintos Presupuestos Provinciales muchas veces se ha incluido la vocación política de asumir este cierre y traslado a partir de una nueva unidad penal en la jurisdicción. Los impedimentos financieros fueron en su momento la única razón por la demora de esta voluntad política expresada en la Ley de Leyes.

En la actualidad existe el mismo impedimento financiero. Pero, es indudable que la actual realidad no admite más demoras, debido al crecimiento de la población carcelaria; a la imposibilidad de continuar con una política de mantenimiento de su infraestructura que no admite más remodelaciones y que día a día se irá deteriorando aún más, mientras simultáneamente la población carcelaria irá en un incesante aumento. Se trata de un cóctel muy explosivo en materia de seguridad penitenciaria y todos los expertos en la materia advirtieron que, con el paso del tiempo, en un futuro inmediato, será aún más intenso a raíz de la aplicación de la ley de Narcomenudeo.

Nación y Provincia deberán articular un mecanismo de colaboración de aplicación urgente. Ya no alcanzará con manifestar la vocación política de hacerlo, sino que se requiere poner manos a la obra para cerrar esa antigua como vetusta fortaleza y construir una nueva que permita mejores condiciones de alojamiento y con ello mayores oportunidades para facilitar los procesos de tratamientos que permitan una real inserción social de los internos, de acuerdo a las medidas adoptadas por el juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, pero también que reflejen las disposiciones legales vigentes y especialmente lo que manda la Constitución Nacional, que en su Artículo 18° expresa: “(…) Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice”.


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