Prefectura Naval recordó las exigencias para la navegación
La Prefectura Naval Argentina es la autoridad encargada de aplicar el “Reglamento para la Habilitación y Registro del Personal Navegante correspondiente a Buques con Servicios Especiales”, de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 285/03. Esta norma indica que dichas embarcaciones están habilitadas para realizar actividades recreativas como guía de pesca, turismo aventura, ecoturismo y afines.
Para poder desarrollar las mencionadas tareas, la tripulación debe estar titulada en cursos como Piloto de Yate, Patrón Profesional de Yate Especial y Timonel Profesional de Yate Especial.
Asimismo, todas las embarcaciones deben estar inscriptas en el Registro Especial de Yates, tener habilitación comercial (provincial y municipal), cumplir los aspectos impositivos, laborales y previsionales, contar con los certificados de seguridad y las inspecciones técnicas requeridas.
En el caso de los guías de pesca, para estar habilitados deben formarse en cursos de primeros auxilios, técnicas de supervivencia y lucha contra incendios, además de seguridad personal y responsabilidades sociales que son dictados por Prefectura en forma gratuita.