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Diario El Argentinojueves 25 de abril de 2024
Policiales

El Ministerio Público Fiscal dio a conocer sus remuneraciones salariales

El Ministerio Público Fiscal dio a  conocer sus remuneraciones salariales

El procurador General de la provincia, titular del Ministerio Público Fiscal (MPF), Jorge Amílcar García, comunicó ayer la escala salarial vigente de enero a septiembre de 2019 de los fiscales.


En la página web del MPF, se publicitó también el detalle de las liquidaciones de haberes correspondiente a septiembre de 2019; y el listado de viáticos liquidados durante este año.

La decisión de publicar el salario de los funcionarios públicos que integran el Ministerio Público Fiscal, se enmarca en una polémica que ya tiene algunas semanas en la provincia. Quienes se pronunciaron en torno de esa discusión fue el presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Emilio Castrillon, que reveló querer cobrar “lo mismo que un síndico de Enersa (por la empresa Energía de Entre Ríos Sociedad Anónima) o el Fiscal de Estado”.

En el medio se resolvió una acción de amparo interpuesta por una ciudadana que reclamaba el derecho a la información para conocer los recibos de sueldo de 23 directivos de Enersa.

Esa acción de amparo fue rechazada por el camarista Hugo Perotti, invocando la “preservación de la intimidad de las personas porque se trata de datos personales”.

El procurador García adhirió a ese fundamento. El fallo se apeló y el Superior Tribunal de Justicia (STJ) terminó por revocar esa decisión de Perotti.

El máximo órgano judicial no tomó una decisión unánime. Pero, finalmente se ordenó a Enersa hacer públicos los salarios de los directivos.

Ahora la Procuración ordenó publicitar sus nóminas salariales y así, en la página oficial del organismo http://mpf.jusentrerios.gov.ar, en el apartado “Institucional” puede darse con los documentos oficiales en formato PDF.

A continuación, se dan a conocer el listado de interés para la jurisdicción Gualeguaychú e Islas del Ibicuy:

* Jorge Amílcar García

Haber Nominal: 547.955,06 pesos.

Asignación Familiar: 0,00 pesos.

Descuentos: -257.967,23 pesos.

Neto Percibido: 289.987,83 pesos.

* Lisandro Béhéran

Haber Nominal: 338.972,73 pesos.

Asignación Familiar: 938 pesos.

Descuentos: -70.764,43 pesos.

Neto Percibido: 269.146,30 pesos.

* Guillermo Humberto Biré

Haber Nominal: 382.178,78 pesos.

Asignación Familiar: 4.227 pesos.

Descuentos: -296.870,69 pesos.

Neto Percibido: 89.535,09 pesos.

* Martina Noemí Cedrés

Haber Nominal: 248.416,21 pesos.

Asignación Familiar: 3.523 pesos.

Descuentos: -54.143,10 pesos.

Neto Percibido: 197.796,11 pesos.

* Lucas Pascual

Haber Nominal: 219.752,80 pesos.

Asignación Familiar: 0,00 pesos.

Descuentos: -46.703,04 pesos.

Neto Percibido: 173.049,76 pesos.

* Martín Horacio Scattini

Haber Nominal: 300.010,34 pesos.

Asignación Familiar: 484 pesos.

Descuentos: -62.137,32 pesos.

Neto Percibido: 238.357,02 pesos.

* Natalia Denise Bartolo

Haber Nominal: 206.724,01 pesos.

Asignación Familiar: 938 pesos.

Descuentos: -42.619,58 pesos.

Neto Percibido: 165.042,43 pesos.

* Carolina Inés Costa

Haber Nominal: 259.881,61 pesos.

Asignación Familiar: 0,00 pesos.

Descuentos: -66.980,70 pesos.

Neto Percibido: 192.900,91 pesos.

* José María Leston

Haber Nominal: 239.631,09 pesos.

Asignación Familiar: 1.882 pesos.

Descuentos: -49.398,44 pesos.

Neto Percibido: 192.114,65 pesos.

* Lucrecia Leonor Lizzi

Haber Nominal: 254.818,98 pesos.

Asignación Familiar: 938 pesos.

Descuentos: -53.783,66 pesos.

Neto Percibido: 201.973,32 pesos.

* Pablo Miguel Obaid

Haber Nominal: 234.568,46 pesos.

Asignación Familiar: 0,00 pesos.

Descuentos: -66.228,38 pesos.

Neto Percibido: 168.340,08 pesos.

* Andrés Facundo Álvarez

Haber Nominal: 244.693,72 pesos.

Asignación Familiar: 469 pesos.

Descuentos: -80.610,67 pesos.

Neto Percibido: 164.552,05 pesos.

El Ministerio Público “es un órgano autónomo en sus funciones, siendo parte integrante del Poder Judicial. Se compone de dos ramas independientes entre sí, Ministerio Público Fiscal y Ministerio Público de la Defensa, presididas por el Procurador General y el Defensor General respectivamente, y se integra por los funcionarios y empleados que se establezcan, respecto a los cuales les compete el ejercicio de la superintendencia”, se lee en la página web.

Como misión tiene la de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público en todas las causas y asuntos que se le imponga. En el caso del Ministerio Público Fiscal, ejerce la acción penal pública y conduce la investigación, con arreglo a los principios de legalidad, objetividad, imparcialidad, especialidad, oportunidad, unidad de actuación y dependencia jerárquica.

Tiene, respecto a los funcionarios de sus Ministerios, la atribución de cubrir con carácter provisorio toda vacante atendiendo, si las hubiere, las nóminas del Consejo de la Magistratura y hasta que sea cubierta mediante el sistema previsto por la Constitución.

Funciones

Entre las funciones del Ministerio Público Fiscal, se encuentra la de “dar adecuadas respuestas de política criminal a la ciudadanía, para lo cual resulta vital el manejo de la información e investigación, como así también del flujo de casos que allí tramitan”, destaca en su divulgación.

“A los efectos de tener un manejo democrático y eficaz de la política criminal se ha estructurado un Consejo de Fiscales como órgano colegiado para adoptar las decisiones generales de persecución e investigación, dotando a cada jurisdicción de un Fiscal Regional que deberá procurar una adecuada gestión de los instrumentos de política criminal con que se cuentan”, se resaltó de acuerdo al Artículo 15° de la Ley N° 10.407. Además, de diseñar y ejecutar la persecución penal de la provincia, fijando prioridades y criterios de investigación.

También entre sus funciones se encuentra la de “ejercer la acción penal pública de conformidad con las normas legales vigentes, aplicando criterios de oportunidad y soluciones alternativas en los casos legalmente autorizados”.

* Promover la acción penal ante los tribunales competentes, preparando los casos que serán objeto de juicio y resolviendo los restantes según corresponda”.

* Dirigir a la policía de investigaciones y a cualquier organismo de seguridad en lo relativo a la investigación de todos los delitos de acción pública salvo los que dependan de instancia de parte”.

* Asesorar a la víctima del delito.

* Procurar la protección de denunciante, víctimas y testigos en coordinación con otras agencias del Estado.

* Intervenir en la etapa de ejecución de la pena, conforme lo establezca la legislación procesal respectiva.

* Promover la cooperación nacional e internacional ante la criminalidad organizada o investigaciones complejas.

En cuanto a las intervenciones en cuestiones no penales, detalla:

* Cuestiones contenciosos administrativas: Tienen competencia en esta materia un Procurador Adjunto y dos Fiscales de Coordinación con jurisdicción en Paraná y Concepción del Uruguay

* Procesos Constitucionales (Ley N° 8.369): Se interviene en acciones de amparo y acciones de inconstitucionalidad previstas en la ley.

* Procedimientos Civiles: Un Fiscal General y Fiscales de cada jurisdicción tienen competencia en materia civil en causas en que se encuentre en juego el interés público.

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