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Diario El Argentinojueves 25 de abril de 2024
Policiales

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Conclusiones de las Jornadas del Fuero de Familia

Conclusiones de las Jornadas del Fuero de Familia

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El presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Emilio Castrillon y el vocal del STJ, Martín Carbonell, recibieron ayer a la presidenta de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos, Gabriela López Arango; y a la secretaria general adjunta de la Asociación Judicial de Entre Ríos (AJER), Mabel Pedrero, oportunidad en la que se dialogó sobre las conclusiones de las Jornadas del Fuero de Familia, realizadas en Victoria el 1° de noviembre pasado.

La continuidad con la implementación progresiva del principio de oralidad, en la medida de lo posible en su totalidad, en aquellos procesos que por su naturaleza así lo permitan, inclusive el dictado de sentencia en audiencia video-registrada, fue una de las conclusiones alcanzadas en ese encuentro y analizada en la reunión de ayer.

Sobre ese punto, Castrillon expresó que “es política del Poder Judicial entrerriano avanzar en el tema, ya que hasta el momento el sistema de oralidad ha dado resultados más que satisfactorios y se ha logrado dar respuestas más rápidas a las personas que concurren a los tribunales en busca de soluciones a sus problemas “.

Desde las organizaciones se indicó que durante las jornadas de Familia también se concluyó en la necesidad de contar con espacios habilitados institucionalmente por parte del STJ destinados a la reflexión y el diálogo para los trabajadores y trabajadores del Poder Judicial que se desempeñan en del fuero de Familia. Y la incorporación, como apoyo y contención de la magistratura y funcionariado, de un profesional especializado en psicología laboral que aborde distintas problemáticas y las consecuencias en la salud de los operadores judiciales.

Se informó a su vez a las autoridades del STJ, que otra de las conclusiones a las que se arribó en Victoria, es instar a la creación de al menos dos Cámaras con competencia específica en la materia de Familia y Niñez (una por costa) para cumplir con el principio de especialidad (Artículo 706° del CCCN) también en segunda instancia o, de lo contrario, crear cupos en todas las salas en la Civil y Comercial de las Cámaras de Apelaciones.

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