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Diario El Argentinoviernes 19 de abril de 2024
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Juicio por Jurados: el jueves se debatirá en la ciudad

Juicio por Jurados: el jueves se debatirá en la ciudad

El jueves que viene a partir de las 18:30 se realizará en el Colegio de Abogados (Rivadavia 526) una jornada de debate sobre el Juicio por Jurados que se implementará en la provincia a la brevedad.


El encuentro también será propicio para presentar el V Congreso Argentino de Justicia Constitucional que el año próximo se desarrollará con sede en Paraná y tendrá asistencia de juristas internacionales y nacionales, adelantó el juez del Tribunal de Juicios y Apelaciones de la jurisdicción, Arturo Exequiel Dumón.

La jornada de debate sobre el Juicio por Jurados tendrá tres temáticas a manera de incentivo para la reflexión:

1) Aspectos fundamentales de jurados constitucionales. Este tópico estará a cargo del doctor Matías Mariano Deane, quien es juez del Tribunal en lo Criminal N° 5 del Departamento Judicial de La Matanza (Provincia de Buenos Aires) y director del Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Juicios por Jurados de la Asociación Argentina de Justicia Constitucional.

2) El rol de la defensa en el Juicio por Jurados, a cargo de la doctora Gabriela Chaumeill, que es defensora oficial del Departamento Judicial de La Matanza (Provincia de Buenos Aires) y vice directora del Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Juicios por Jurados de la Asociación Argentina de Justicia Constitucional.

3) Aspectos centrales de la Ley Provincial N° 10.746 de Juicios por Jurados, que estará a cargo de actual senador provincial y futuro diputado provincial, Ángel Giano; y del diputado provincial Esteban Vítor.

La coordinación general de esta iniciativa está a cargo del doctor Elvio Osir Garzón, quien fue elegido por el Superior Tribunal de Justicia para coordinar la implementación del sistema de Juicios por Jurados en el ámbito del Poder Judicial; y por el juez Arturo Exequiel Dumón, en su carácter de director del Instituto de Derecho Federal, Provincial y Municipal de la Asociación Argentina de Justicia Constitucional y titular del Observatorio Permanente del Juicio por Jurados.

 

Características del jurado

 

Para ser integrante del jurado se requiere ser argentina o argentino, con dos años de ejercicio previo de la ciudadanía en caso de ser naturalizados/as; ser mayor de 18 años y hasta los 75 años de edad; saber leer, escribir, hablar y entender plenamente el idioma nacional; gozar de pleno ejercicio de los derechos políticos y tener un domicilio conocido y una residencia inmediata.

En tanto, la Ley Provincial N°10.746 subraya que no podrán desempeñar el cargo de miembros de jurados durante el tiempo que ejerzan sus funciones y hasta dos años posteriores quienes sean o hayan sido: funcionarios públicos, legisladores, magistrados y funcionarios del Poder Judicial, directivos de partidos políticos, profesores universitarios de disciplinas jurídicas, integrantes de las fuerzas armadas o de seguridad y miembros de los cultos religiosos.

El jurado es independiente y responsable por su veredicto. La regla del secreto de las deliberaciones y la forma inmotivada de su veredicto les aseguran a los jurados la más amplia libertad de discusión y de decisión, sin estar sujetos por ello a penalidad alguna.

Los juicios por jurados se realizarán en el ámbito de la jurisdicción donde se haya cometido el hecho. No obstante, en el caso de que un hecho provoque conmoción a una comunidad de tal modo que no pueda razonablemente obtenerse un jurado imparcial, el juez podrá disponer, sólo a pedido del acusado, en audiencia pública y mediante auto fundado, que el juicio se lleve a cabo en otra ciudad o bien, si ello fuera imposible por razones de infraestructura, en otra jurisdicción de la Provincia.

Es importante destacar que el Superior Tribunal de Justicia confeccionará cada año los listados de los ciudadanos que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, utilizando el padrón electoral vigente, discriminando por jurisdicción y por sexo. La notificación a la convocatoria deberá ser enviada como mínimo con cinco días de anticipación al juicio y deberá contener la transcripción de las normas relativas a los requisitos. Asimismo, la notificación deberá incluir una nota explicativa de la función del jurado y su carácter de carga pública.

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