Secciones
Diario El Argentino
Secciones
Diario El Argentinojueves 28 de marzo de 2024
Provinciales

--

Las escuelas deberán enseñar qué significa el Juicio por Jurados

Las escuelas deberán enseñar qué significa el Juicio por Jurados

-


El Poder Ejecutivo provincial promulgó la Ley N° 10.779, sancionada el 3 de diciembre pasado por la Legislatura entrerriana, por la que se crea el Programa “Ser Jurado”, que tendrá la función de “formar a la ciudadanía en general y a los alumnos de los últimos años del secundario en particular, sobre qué significa ser jurado y cuál es el rol que le compete a cada uno de ellos” en el sistema de Juicio por Jurados.                                                   Se trata de una iniciativa que presentó el entonces senador Ángel Giano -hoy presidente de la Cámara de Diputados-, con el objetivo de “contar con una capacitación específica para las personas que potencialmente pudieran ser llamadas a ocupar este rol ciudadano de ser jurados en dichos Tribunales. Es preciso promover un programa anual para la participación ciudadana en la administración de Justicia Penal, en los casos que la ley de Juicio por Jurado establece”.

Para ser integrante del jurado se requiere ser argentina o argentino, con dos años de ejercicio previo de la ciudadanía en caso de ser naturalizados/as; ser mayor de 18 años y hasta los 75 años de edad; saber leer, escribir, hablar y entender plenamente el idioma nacional; gozar de pleno ejercicio de los derechos políticos y tener un domicilio conocido y una residencia inmediata, consignó el portal Entre Ríos Ahora.

En tanto, la Ley Provincial N° 10.746 subraya que no podrán desempeñar el cargo de miembros de Jurados durante el tiempo que ejerzan sus funciones y hasta dos años posteriores quienes sean o hayan sido: funcionarios públicos, legisladores, magistrados y funcionario del Poder Judicial, directivos de partidos políticos, profesores universitarios de disciplinas jurídicas, integrantes de las Fuerzas Armadas o de Seguridad y miembros de los cultos religiosos.

El jurado es independiente y responsable por su veredicto. La regla del secreto de las deliberaciones y la forma inmotivada de su veredicto les aseguran a los jurados la más amplia libertad de discusión y de decisión, sin estar sujetos por ello a penalidad alguna.

Los Juicios por Jurados se realizarán en el ámbito de la jurisdicción donde se haya cometido el hecho. No obstante, en el caso de que un hecho provoque conmoción a una comunidad de tal modo que no pueda razonablemente obtenerse un jurado imparcial, el juez podrá disponer, sólo a pedido del acusado, en audiencia pública y mediante auto fundado, que el juicio se lleve a cabo en otra ciudad o bien, si ello fuera imposible por razones de infraestructura, en otra jurisdicción de la Provincia.

Para reforzar la implementación del Juicio por Jurados, la Legislatura sancionó una ley que impone al Consejo General de Educación (CGE) la tarea de enseñar en las escuelas de qué se trata esta nueva herramienta.

El programa, dice la nueva norma, “tendrá como objetivo central, consolidar el sistema de enjuiciamientos con la participación de jurados populares en la Provincia de Entre Ríos”. Respecto de sus objetivos, señala:

1) Conocer la experiencia de las personas que han intervenido como jurados populares en juicios penales.

2) Recibir con información elemental sobre los principales aspectos jurídicos que garanticen la participación ciudadana.

3) Debatir a nivel de los tres poderes del Estado la ampliación del juicio por jurados a todos los casos criminales.

4) Identificar los desafíos para las estructuras administrativas de la ampliación de competencia del juicio por jurados.

5) Establecer fortalezas y debilidades de la extensión de competencia del juicio por jurados desde la óptica de los actores judiciales.

6) Difundir los aspectos centrales de la participación de la ciudadanía en la justicia y la lógica de ejecución de un juicio por jurados.

La implementación de ese programa de formación de alumnos quedará a cargo del Ministerio de Gobierno, dice la ley. “El Consejo General de Educación implementará el presente Programa a través de sus contenidos curriculares en los diferentes niveles educativos”, señala, y agrega: “El Poder Legislativo y el Poder Judicial realizarán el programa en el marco y alcances de su competencia”.

    ComentariosDebés iniciar sesión para poder comentar