Secciones
Diario El Argentino
Secciones
Diario El Argentinomiércoles 24 de abril de 2024
Policiales

.

Desde la creación del RUAER se otorgaron más de 500 guardas con fines adoptivos

Desde la creación del RUAER se otorgaron  más de 500 guardas con fines adoptivos

El Defensor General de Entre Ríos, Maximiliano Benítez, resaltó el trabajo realizado desde el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAER), que logró que más de 500 niños, niñas, y o adolescentes obtuvieran guardas con fines adoptivos.


“Esto es de suma trascendencia porque todos esos niños o niñas que no tenían cuidados parentales y se encontraban en instituciones, hoy desarrollan su vida bajo los cuidados de una familia”, destacó.

Al momento de formular un balance del proyecto de trabajo iniciado en materia de adopción, el Defensor General expresó que si bien hay mucho por hacer se van cumpliendo los objetivos y las finalidades propuestas.

El RUAER fue creado por la Ley número 9.985 el 14 de septiembre de 2010; y en abril de 2011 comenzó a funcionar con el equipo completo. Previamente se había realizado un relevamiento de todos los legajos de aspirantes que existían en los Juzgados de Familia de Entre Ríos.

Benítez mencionó que “al ser analizados, algunos trámites tenían una antigüedad de diez años y pertenecían en su mayoría a personas que no residían en nuestra provincia. Principalmente eran familias oriundas de ciudad Autónoma de Buenos Aires, Córdoba y provincia de Buenos Aires, salían de tour por el país en busca de un niño o niña, generalmente de menos de un año o de corta edad, con excelente estado de salud y buen aspecto a fin de ahijarlo”. Toda esa realidad se debía al desorden imperante en torno a la adopción, destacó un comunicado elaborado por el Servicio de Información del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

Asimismo, el Defensor recordó que el viejo Código Civil de Vélez Sarsfield aún no había sido reformado y la antigua práctica de la entrega directa se encontraba vigente. Esta práctica consistía en que matrimonios o personas que no podían gestar “convenían” la entrega de un niño o niña con gestantes generalmente de extrema vulnerabilidad social, con quienes existía una gran asimetría cultural y económica. En consecuencia, se trataba a los niños y niñas como un objeto que se entregaba, regalaba, permutaba o vendía y no como un sujeto de derechos.

Esta práctica de la “entrega directa” permitía que quienes tenían mayor cantidad de relaciones, mayor disponibilidad de económica y de tiempo para viajar, gozaban de mayores posibilidades de acceder a un niño o niña para adopción. Son múltiples los ejemplos de parejas o personas que adoptaban varios niños en distintas oportunidades, mientras que otras pasaban años sin acceder a la posibilidad de ahijar a uno.

Otras de las cuestiones extremadamente negativas de esta práctica tan arraigada, era que impedía que el Estado evaluara las características y capacidades de quienes pretendían ahijar por adopción, favoreciéndose así no sólo a las tan temidas devoluciones, sino también a la posibilidad cierta de que niños terminen siendo víctimas de las personas que ejercían su guarda de hecho.

Benítez resaltó que con la finalidad de combatir estas cuestiones tan negativas y con la mira puesta en el paradigma del niño sujeto de derechos, en la Convención de los Derechos del Niño, en la Convención Americana de Derechos Humanos y en los fallos de la Corte Interamericana, es que se puso en marcha El Registro Único de la Provincia de Entre Ríos, que en el articulado de su ley de creación establece las siguientes finalidades:

1) Garantizar una inscripción única en su domicilio real en forma personal y gratuita.

2) Evitar la tramitación onerosa en la gestión de carpetas.

3) Posibilitar la evaluación de las capacidades parentales por técnicos especializados en la temática.

4) Minimizar las tan temidas devoluciones.

5) Transparentar el proceso fijando fecha y hora cierta de inscripción.

6) Elaborar archivos y legajos que posibiliten en el futuro al niño niña o adolescente conocer su origen.

7) En definitiva, crear un instrumento eficaz para que cada vez más niños, niñas y adolescentes desarrollen su vida en una familia, sin importar su edad, salud, aspecto, sexo, etcétera a través de una adopción responsable.

 

Finalmente, el Defensor General de la provincia afirmó que “la Ley 9985 y el equipo de trabajo que ella conformó han cumplido holgadamente con esos fines y hoy a poco más de ocho años de su vigencia plena, podemos mostrar a más de medio millar de niños entrerrianos desarrollando su vida en el seno de una familia a través de una adopción responsable. Es una política pública entrerriana mirada como ejemplo de transformación positiva por el resto de las provincias argentinas”.

    ComentariosDebés iniciar sesión para poder comentar