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Dos meses de prisión condicional por un robo registrado en agosto de 2019

Dos meses de prisión condicional por  un robo registrado en agosto de 2019

El miércoles pasado el vocal del Tribunal de Gualeguaychú, Mauricio Derudi, condenó a un hombre de 28 años, domiciliado en Pueblo General Belgrano y sin antecedentes, a la pena de dos meses de prisión de ejecución condicional, por el delito de robo simple.


A su vez, como la fiscal Lucrecia Lizzi y el defensor Juan Ignacio Lazzaneo, renunciaron a los plazos de impugnación, en consecuencia, la sentencia quedó firme.

El 7 de agosto de 2019, sin poder precisar horario exacto, pero entre las 17 y las 23:10, previo dañar a la altura de la cerradura la puerta de madera que da al fondo de una propiedad ubicada en las instalaciones del Club Hípico del Parque Unzué (frente al Velódromo), ingresó a la cocina del lugar y se apoderó ilegítimamente de una garrafa de 10 kilos, trece platos de cerámica y una pava eléctrica marca Philips.

Luego fue aprehendido por personal policial con parte del botín en su poder en calle Rivadavia, casi intersección con bulevar De León.

Además de los dos meses de prisión de ejecución condicional, recibió una serie de reglas de conductas por dos años, entre las que se encuentra la de someterse, de ser necesario, al tratamiento profesional que su problemática de consumo abusivo de sustancias demande, a cuyo fin deberá presentarse dentro de los quince días en el área de Salud Mental del Hospital Centenario, con el propósito de requerir entrevista con los profesionales de ese servicio, a fin de ser evaluado y diagnosticar si requiere de algún tipo de tratamiento en la actualidad; en su caso, deberá someterse al mismo hasta recibir el alta definitiva, acreditando trimestralmente su adhesión al mismo.

Por último, se aclaró que para que se tenga por “no pronunciada” esta condena, no deberá cometer delitos por cuatro años. Si comete un nuevo delito, cumplirá los dos meses de prisión de manera efectiva, más el tiempo que se fije por el nuevo hecho de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27° del Código Penal.

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