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Contratos truchos: tras el reclamo de abogados, el Procurador respaldó el accionar de los fiscales

Contratos truchos: tras el  reclamo  de abogados, el  Procurador respaldó  el   accionar de los fiscales

El Procurador General Jorge Amílcar García, respaldó el accionar de los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry. A través de la Resolución número 59, fechada el 8 de junio, García respondió al reclamo que hizo el defensor Emilio Fouces por la información que se publicó en la nota central de la última Revista Análisis,


cuando se difundió contenido de las testimoniales producidas en la Investigación Penal Preparatoria (IPP) de la causa conocida como los “contratos truchos de la Legislatura” y por la cual se investiga el desvío de más de dos mil millones de pesos entre 2008 y 2018, constituyendo una de las maniobras más perniciosas contra la administración pública entrerriana en toda su historia.

Los fiscales a cargo de la investigación, notificaron vía correo electrónico a la Procuración sobre el escrito de Fouces. El defensor pidió que se abra una investigación que busque determinar quién o quiénes filtraron las pruebas de la causa y señaló violación del derecho.

En ese marco, García resolvió “ratificar enfáticamente lo actuado por los señores fiscales intervinientes”. Asentó que los datos que contiene la IPP y que se corresponden con publicaciones periodísticas “no han salido del MPF”. Por lo tanto, “no existe ilícito alguno a investigar en dicho ámbito, con independencia de que no se hubiere dictado la reserva absoluta o parcial de las actuaciones”.

Agregó más adelante que “son harto conocidas las medidas de restricción y custodia en el ámbito fiscal para con los datos que se enhebran en las investigaciones, más allá de que las mismas se han hecho públicas en numerosas audiencias que las esforzadas defensas han instado ante los magistrados de Garantía, en esta causa como en otras conexas dentro de los llamados delitos de ‘corrupción’”.

Recordó en otro tramo que “las normas procesales prevén en varias de las normas citadas que la IPP no está al alcance de terceros extraños al proceso, y que por el contrario es público para las partes, las que al igual que los funcionarios deben guardar reserva, la que se transforma en secreto recién con los actos expresamente cubiertos por una resolución expresa de reserva”.

“Corresponde a los fiscales que hayan recordado a las partes que poseen la totalidad de la prueba el deber de cautela y reserva como marco de comunicación leal y a la prensa –interesada fundamentalmente en estos graves hechos previstos en las Convenciones Internacionales contra la Corrupción, amén de nuestra cláusula de ética- la preservación de la identidad o de cualquier dato que permita individualizar a quienes han de testimoniar en el debate”, marcó casi al final de la Resolución.

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